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Segundo
Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio |
Sesión
31,
del 27 de Abril de 2012. |
10.
DICTÁMENES A
DISCUSIÓN
b)
Con proyecto de decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Anexo IV.
27 de abril de 2012. |
Que adiciona y
deroga diversas disposiciones de los
Códigos Penal Federal y Federal de
Procedimientos Penales, en materia de
responsabilidad de las personas morales.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Josué
Cirino Valdés Huezo (PRI) el 6 de
septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 19
de abril de 2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Regular la responsabilidad penal de las
personas morales, cuando por cuenta o a
nombre de las mismas, por sus agentes,
representantes legales, administradores,
socios o accionistas, se cometan
delitos. No serán penalmente
responsables las personas morales de
naturaleza pública o cuyo fin no sea
lucrativo; la responsabilidad penal de
las personas morales no excluye la de
las personas físicas por los actos o
hechos delictuosos realizados por cuenta
o a nombre de aquéllas; la
transformación regular de una persona
moral en otra forma jurídica o cuando se
lleve a cabo la fusión o absorción de
una persona moral, no
será obstáculo para la aplicación de las
consecuencias jurídicas accesorias a la
nueva persona moral creada. Se podrán
imponer como sanciones a las personas
morales, suspensión de tres a cinco
meses, prohibición de realizar
determinadas operaciones o licitaciones,
remoción, decomiso, multa, publicación
de sentencia o disolución, además de
doscientos a cien mil veces días multa.
El Ministerio Público ejercitará acción
penal en contra de las personas morales
cuando aparezca de la averiguación
previa que se han acreditado el cuerpo
del delito y la probable responsabilidad
penal a la que se refiere el artículo 13
Bis del Código Penal Federal.
Intervenciones:
Por la Comisión: |
Dip. Víctor Humberto Benítez
Treviño |
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Para fijar postura: |
Dip.
Pedro Vázquez González (PT) |
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Para hablar en pro: |
Dip. Jaime Fernando Cárdenas
Gracia (PT) |
Dip. Mario Di Costanzo Armenta
(PT) |
Dip. Israel Madrigal Ceja (PRD) |
Dip. Nancy González Ulloa (PAN) |
Para presentar
modificaciones:
|
|
Dip. Óscar Martín Arce Paniagua
(PAN) |
Artículos 13 Bis, 13 Ter, 17
Bis, 24 Bis y 50 Ter del Código
Penal Federal. |
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a) Aprobado en lo general y lo
particular los artículos no impugnados
en votación nominal por 295
votos en pro y 1 abstención.
b) En votación económica se
aceptaron las reservas presentadas.
c) Aprobado en lo particular los
artículos reservados con las
modificaciones aceptadas en votación
nominal por 274 votos en pro, 11 en
contra y 6 abstenciones.
d) Se devuelve a la Cámara de
Senadores para los efectos de la
fracción E del artículo 72 de la CPEUM. |
2 |
Comisiones Unidas de Derechos Humanos y
Función Pública
Publicación en GP:
Anexo II.
27 de abril de 2012. |
Que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones
de la Ley de la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos y adiciona el artículo
8 de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores
Públicos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Alfonso Elías
Serrano (PRI) el 29 de marzo de 2011. (LXI
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Renán Cleominio
Zoreda Novelo (PRI) el 24 de noviembre
de 2011. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 15 de diciembre de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 1 de
febrero de 2012. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad de 80 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura
Minuta recibida el 7 de febrero de 2012.
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Integrar a las disposiciones de la Ley
la observancia de los principios de
universalidad, interdependencia,
indivisibilidad y progresividad,
invocados para la defensa y promoción de
los derechos humanos. Facultar a la CNDH
para investigar hechos que constituyan
violaciones graves de derechos humanos,
cuando así lo juzgue conveniente o lo
pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de
las Cámaras del Congreso de la Unión, el
Gobernador de un Estado, el Jefe de
Gobierno del Distrito Federal o las
legislaturas de las entidades
federativas. Establecer que todo
servidor público tendrá como
obligaciones, las de responder las
recomendaciones que les presente la
institución a la que legalmente le
competa la vigilancia y defensa de los
derechos humanos, y en el supuesto de
que se decida no aceptar o no cumplir
las recomendaciones, deberá hacer
pública su negativa, fundándola y
motivándola en términos de lo dispuesto
por el Apartado B, del artículo 102 de
la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y por el artículo 46 la
Ley de la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos; Atender los llamados
de la Cámara de Senadores o en sus
recesos de la Comisión Permanente, a
comparecer ante dichos órganos
legislativos, a efecto de que expliquen
el motivo de su negativa a aceptar o
cumplir las recomendaciones de la
institución a la que legalmente le
competa la vigilancia y defensa de los
derechos humanos, en términos del
Apartado B, del artículo 102 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; y abstenerse de
incurrir en la reiteración de las
conductas que hayan sido materia de una
recomendación previa emitida por la
institución a la que legalmente le
competa la vigilancia y defensa de los
derechos humanos, que no haya sido
aceptada o cumplida.
Intervenciones:
Por la Comisión: |
Dip. Pablo Escudero Morales |
|
Para hablar en contra: |
Dip. Jaime Fernando Cárdenas
Gracia (PT) |
|
a) Aprobado en lo general y lo
particular en votación nominal
por 292 votos en pro, 7 en contra y 5
abstenciones.
b) Pasa al Ejecutivo para sus efectos
constitucionales. |
3 |
Comisión de Seguridad Social
Publicación en GP:
Anexo IV.
27 de abril de 2012. |
Que reforma y
adiciona diversas disposiciones de las
Leyes del Seguro Social, y del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado. (Uniones
Civiles)
Proceso Legislativo:
Iniciativa de la Dip. Enoé Margarita
Uranga Muñoz (PRD) y suscrita por el Dip.
Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI), el 9
de marzo de 2010. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 21 de octubre de 2010. (LXI
Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 9 de
noviembre de 2010. Proyecto de decreto
aprobado por 232 votos, 58 en contra y
17 abstenciones. Pasa a la Cámara de
Senadores para los efectos del Apartado
A) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
(LXI Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de
Senadores el 11 de noviembre de 2010. (LXI
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 26 de octubre de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 3 de
noviembre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad de 82 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado E) del artículo 72
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (LXI
Legislatura)
Incitativa suscrita por la Dip. Enoé
Margarita Uranga Muñoz (PRD) a nombre
propio y del Dip. Rubén Ignacio Moreira
Valdez (PRI) el 9 de marzo de 2010. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida el 8 de noviembre de
2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 25
de abril de 2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer como beneficiarios y
derechohabientes de los seguros, las
prestaciones y los servicios que otorgan
el Instituto Mexicano del Seguro Social
y el Instituto de Seguridad y Servicios
Sociales de los Trabajadores del Estado,
respectivamente, a aquellas personas que
hayan suscrito una unión civil con un
asegurado, asegurada, pensionado o
pensionada, con el objeto de garantizar
el ejercicio de esos derechos.
Intervenciones:
Por la Comisión: |
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Dip. Enoé Margarita Uranga Muñoz |
Para presentar moción
suspensiva: |
Dip.
Ana Elia Paredes Arciga (PAN) |
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Para hablar en contra: |
Dip.
Martha Angélica Bernardino Rojas
(PRD) |
Dip.
Ana Elia Paredes Arciga (PAN) |
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Para hablar en contra de la
moción suspensiva: |
Dip.
Enoé Margarita Uranga Muñoz (PRD) |
Dip. Jaime Fernando Cárdenas
Gracia (PT) |
Dip. José Gerardo Fernández
Noroña (PT) |
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Para hablar en pro de la
moción suspensiva: |
Dip. David Hernández Pérez (PRI) |
Dip. Ana Elia Paredes Arciga
(PAN) |
Dip. José Gerardo de los Cobos
Silva (PAN) |
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a)
En votación nominal por se
admitió a discusión la moción suspensiva
por 142 votos a favor, 106 en contra y 5
abstenciones.
b)
En votación económica se
desecho la moción suspensiva.
(Pendiente de votación) |
Nota:
El Presidente de la Mesa Directiva levantó la
Sesión por falta de quórum, en términos del
artículo 46 del Reglamento.
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