No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisión de Puntos Constitucionales
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma, los artículos 46, 76 y 105
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Ramiro
Hernández García (PRI) el 28 de abril de
2008. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Humberto
Andrade Quezada (PAN) el 19 de octubre
de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por los senadores José
González Morfín, Santiago Creel Miranda,
y Humberto Aguilar Coronado del (PAN);
Manlio Fabio Beltrones Rivera y
Melquíades Morales Flores del (PRI);
Carlos Navarrete Ruiz del (PRD); Arturo
Escobar y Vega del Partido (PVEM); Dante
Alfonso Delgado Rannauro del Partido (CONV);
y Ricardo Monreal Ávila del (PT); y como
integrantes de la Junta de Coordinación
Política el 24 de marzo de 2011. (LXI
Legislatura)
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Héctor Pérez
Plazola (PAN) el 12 de abril de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 14 de diciembre de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 15 de
diciembre de 2011.
Proyecto de decreto aprobado por 84
votos en pro y 3 en contra. Pasa a la
Cámara de Diputados para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida el 1 de febrero de 2012
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Derogar las facultades del Senado de la
República de autorizar mediante decreto
aprobado por el voto de las dos terceras
partes de los individuos presentes, los
convenios amistosos que sobre sus
respectivos límites celebren las
entidades federativas y de resolver de
manera definitiva los conflictos sobre
límites territoriales de las entidades
federativas que así lo soliciten,
mediante decreto aprobado por el voto de
las dos terceras partes de los
individuos presentes. Asimismo, eliminar
excepción de que la Suprema Corte de
Justicia de la Nación conozca en
controversia constitucional del
conflicto de límites territoriales entre
los Estados miembros de la Federación. |
Se cumple con la declaratoria de
publicidad (art. 87 RCD) |
2 |
Comisión de Derechos Humanos
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma el primer párrafo del
artículo 27 de la Ley de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Lucila
del Carmen Gallegos Camarena (PAN) el 29
de abril de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 11
de noviembre de 2011. (LXI Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 17 de
noviembre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por 263 votos en pro y 1
abstención. Pasa a la Cámara de
Senadores para los efectos del Apartado
A) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos. (LXI Legislatura).
Minuta recibida en la Cámara de
Senadores el 22 de noviembre de 2011. (LXI
Legislatura)
Propuesta:
Proveer a los menores de edad de la
posibilidad de presentar sus quejas o
reclamaciones vía electrónica o
telefónica para denunciar presuntas
violaciones a los derechos humanos ante
la Comisión Nacional de Derechos Humanos |
3 |
Que reforma y adiciona el artículo 13 de
la Ley Federal para prevenir y eliminar
la discriminación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Ariel
Gómez León (PRD) el 9 de febrero de
2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Incluir como medidas positivas y
compensatorias a favor de la igualdad de
oportunidades para las personas con
discapacidad, que deberán llevar a cabo
los órganos públicos y las autoridades
federales, en el ámbito de su
competencia, crear un sistema de becas
que fomente la educación en todos los
niveles y la capacitación para el empleo
y preferir, en igualdad de
circunstancias, a las personas que
tengan a su cargo algún discapacitado en
el otorgamiento de créditos u otros
beneficios. |
4 |
Comisión de Derechos Humanos
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma el artículo 29 y adiciona
una fracción VI al artículo 19 de la Ley
de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos.
Proceso Legislativo:
Primer Minuta
Iniciativa presentada por la Dip. Rosa
Adriana Díaz Lizama (PAN) el 18 de
noviembre de 2009. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 31
de marzo de 2011. (LXI Legislatura
Dictamen a discusión presentado el 26 de
abril de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad 388 votos. Pasa
a la Cámara de Senadores para los
efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida en
la Cámara de Senadores el 27 de abril de
2011.
(LXI
Legislatura)
Segunda Minuta
Iniciativa presentada por la Dip. Alba
Leonila Méndez Herrera (PAN) el 10 de
marzo de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 27
de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 18 de
octubre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad de 348 votos.
Pasa a la Cámara de Senadores para los
efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida en
la Cámara de Senadores el 20 de octubre
de 2011.
(LXI
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 10 de abril de 2012. (LXI
Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 11 de
abril de 2012. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad de 81 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado E) del
artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida el
12 de abril de 2012.
(LXI
Legislatura)
Propuesta:
Facultar al Consejo Consultivo de la
CNDH para que opine sobre el presupuesto
para el ejercicio del año siguiente.
Asimismo, la CNDH deberá proporcionar
gratuitamente un intérprete que tenga
conocimiento de la lengua y cultura de
las personas que no hablen o entiendan
correctamente el idioma español; o de
las pertenecientes a los pueblos o
comunidades indígenas; o con
discapacidad auditiva. |
5 |
Comisión de Economía
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que adiciona un segundo párrafo al
artículo 41 de la Ley Federal de
Protección al Consumidor.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. David
Hernández Pérez (PRI), el 10 de abril
del 2012.
Propuesta:
Establecer que cuando se expendan al
público sustancias que representen
riesgos para la salud del consumidor y
su familia, por su acción corrosiva,
tóxica o reactiva, éstas deberán
expenderse en envases y empaques que
cumplan con las especificaciones
establecidas en las normas oficiales
mexicanas que al producto correspondan. |
6 |
Comisión de Población, Fronteras y
Asuntos Migratorios
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que adiciona un artículo 48 Bis a la Ley
de Migración.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. Lucila
del Carmen Gallegos Camarena (PAN) el 27
de marzo de 2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que no podrán salir del país
los mexicanos que dejen de cumplir con
las obligaciones que impone la
legislación civil en materia de
alimentos por un periodo mayor de
sesenta días, a solicitud de la
autoridad judicial competente, sin
perjuicio de las conductas consideradas
como delitos en las leyes penales
correspondientes. Tratándose de
extranjeros se estará al reglamento de
la ley o otros ordenamientos. |
7 |
Comisión de Salud
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que adiciona un artículo 342 Bis 3 a la
Ley General de Salud.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Adriana
Terrazas Porras (PRI) el 29 de marzo de
2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que el plasma residual
recuperado y el obtenido por
plasmaféresis será utilizado
exclusivamente para su fraccionamiento y
obtención de productos terapéuticos
hemoderivados, las instituciones y
bancos de sangre del sector salud y
bancos de sangre privados podrán
celebrar convenios con los laboratorios
farmacéuticos para el procesamiento del
plasma residual humano y obtención de
productos terapéuticos hemoderivados. |
8 |
Comisión de Salud
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma el artículo 216 de la Ley
General de Salud.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Heladio
Gerardo Verver y Vargas Ramírez (PRD) el
18 de enero de 2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que los alimentos o bebidas
que se pretendan expender o suministrar
al público en presentaciones que
sugieran al consumidor que se trate de
productos o substancias con
características o propiedades
terapéuticas, deberán en las etiquetas
de los empaques o envases incluir la
siguiente leyenda: “Este producto no
sirve para diagnosticar, tratar, curar o
prevenir ninguna enfermedad o
padecimiento, ni síntoma asociado con la
misma. No es un medicamento y por no
tener estudios clínicos se desconocen
los posibles efectos de su uso en la
salud humana”, escrita con letra
fácilmente legible y en colores
contrastantes. |
9 |
Que reforma el artículo 222 de la Ley
General de Salud, en materia de
medicamentos alopáticos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. Gloria
Trinidad Luna Ruiz (PAN) el 28 de
febrero de 2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Facultar a la Secretaría de Salud para
conceder autorización a los medicamentos
y las sustancias cuando cumplan con lo
establecido por la ley. Establecer que
para el otorgamiento de registro
sanitario de medicamentos alopáticos,
biotecnológicos y huérfanos se
verificará previamente el cumplimiento
de las buenas prácticas de fabricación
de los establecimientos involucrados en
la manufactura del fármaco y del
medicamento. Las verificaciones se
llevarán a cabo por la Secretaría de
Salud o sus terceros autorizados o, de
ser el caso, se dará reconocimiento al
certificado respectivo expedido por la
autoridad competente de aquellos países,
que mediante Acuerdos que se publiquen
en el Diario Oficial de la Federación,
sean determinados por la Secretaría de
Salud, en los que se deberán tomar en
cuenta los aspectos necesarios que
garanticen la seguridad, eficacia y
calidad exigida a dichos insumos para la
salud. |
10 |
Que reforma las fracciones I y III del
artículo 245 de la Ley General de Salud,
en materia de adicciones.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Ejecutivo
Federal, el 25 de enero de 2012. (LXI
Legislatura)
Propuesta:
Incluir en la clasificación de
substancias psicotrópicas, la mefedrona,
el canabinoide sintético K2, la
piperazina TFMPP y el midazolam, con el
objeto de permitir que las autoridades
sanitarias apliquen las medidas de
control y vigilancia respecto de su uso
terapéutico o, en su caso, procedan
contra el uso indebido de cada una de
ellas. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Salud, relativo a la regulación para la
apertura de establecimientos
residenciales y semiresidenciales
especializados en el tratamiento de las
adicciones.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. María
Cristina Díaz Salazar (PRI) el 29 de
marzo de 2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Considerar como materia de salubridad
general los servicios de atención y
rehabilitación de las adicciones.
Facultar al Ejecutivo Federal, por
conducto de la Secretaría de Salud para
regular los servicios de atención y
rehabilitación de las adicciones. Prever
que los establecimientos dedicados a
brindar servicios residenciales de
atención y rehabilitación de las
adicciones requerirán autorización
sanitaria, misma que se otorgará por las
autoridades sanitarias de los gobiernos
de las entidades federativas conforme a
lo que establezcan las disposiciones que
para tal efecto emita la Secretaría de
Salud. El control sanitario de este tipo
de establecimientos corresponderá a los
gobiernos de las entidades federativas. |
12 |
Que adiciona un artículo 225 Bis a la
Ley General de Salud, en materia de
prescripción de medicamentos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Carlos
Alberto Ezeta Salcedo (PVEM) el 8 de
marzo de 2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Obligar al emisor de receta de anotar el
nombre genérico en el caso de
prescripción de medicamentos genéricos.
La venta del medicamento deberá
ajustarse a la elección del paciente. |
13 |
Que adiciona un segundo párrafo al
artículo 46 de la Ley General de Salud,
en materia de mejoras a las Unidades
Medicas del Sector Público.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. Rosalina
Mazari Espín (PRI) el 21 de febrero de
2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Permitir a las unidades de atención
médica del sector público recibir de los
particulares donativos o apoyos
económicos o en especie, conforme a las
disposiciones relativas. |
14 |
Comisión de Transportes
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de Aeropuertos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Fernando Castro
Trenti (PRI) el 28 de octubre de 2010.
(LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 13 de diciembre de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 14 de
diciembre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad de 78 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida el 1 de febrero de 2012.
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Incluir dentro de las atribuciones de la
Secretaría de Comunicaciones y
Transportes el vigilar que los
concesionarios y permisionarios de
aeródromos de servicio al público y los
de servicio general, presten los
servicios aeroportuarios y
complementarios de conformidad con las
leyes aplicables. Así como impulsar el
desarrollo de los prestadores de
servicios en igualdad de condiciones, la
aplicación de alternativas para
solucionar problemas relacionados con
dicho sector y para que las tarifas por
la prestación de dicho servicio, sean
más accesibles para los usuarios.
Resolver aspectos incorrectamente
regulados o no previstos, que dan pauta
a que exista gran discrecionalidad por
parte de la autoridad, situación que
inhibe la inversión en dicho sector,
para ello se crean en la ley, medios que
estimulen la competencia, la oferta
aeroportuaria, el impulso del desarrollo
de los prestadores de servicios en
igualdad de condiciones, la aplicación
de alternativas para solucionar
problemas relacionados con dicho sector
y para que las tarifas por la prestación
de dicho servicio, sean más accesibles
para los usuarios. |
15 |
Comisión de Educación Pública y
Servicios Educativos
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma el artículo 45 de la Ley
General de Educación, en materia de
apoyos económicos para jóvenes que
cursan formación para el trabajo.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. Lorena
Corona Valdés (PVEM) el 11 de enero de
2012. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Facultar a las autoridades educativas,
en el ámbito de su competencia, para
poner en marcha programas de apoyo
económico para favorecer el acceso y la
permanencia de los jóvenes interesados
en la formación para el trabajo. |
16 |
Comisión de Educación Pública y
Servicios Educativos
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Educación, en materia de educación
inclusiva.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip. Paz
Gutiérrez Cortina (PAN) el 29 de abril
de 2011. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada por la Dip. María
de Jesús Aguirre Maldonado (PRI) el 4 de
noviembre de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada por la Dip. Nely
Edith Miranda Herrera (PRI) el 24 de
marzo de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Otorgar el derecho a las personas con
discapacidad al acceso y permanencia en
el sistema educativo nacional en todos
sus niveles y modalidades, sin
discriminación, con equidad y en
igualdad de oportunidades. Incluir como
fines de la educación que imparta el
Estado, sus organismos descentralizados
y los particulares con autorización,
fomentar la educación inclusiva y la
valoración de la diversidad como una
condición de enriquecimiento social y
cultural. Incluir como obligación de la
autoridad educativa Federal, materiales
educativos en formatos accesibles para
las personas con discapacidad. Reformar
y fortalecer el actual funcionamiento de
la modalidad de educación especial.
Establecer como infracciones de quienes
prestan servicios educativos, negar la
inscripción, aislar, segregar o
discriminar a las personas con
discapacidad, u omitir llevar a cabo los
ajustes razonables que sean necesarios
para garantizar su inclusión. Incluir a
las organizaciones de la sociedad civil
legalmente constituidas que tengan como
objeto prestar servicios educativos de
nivel preescolar sin fines de lucro a
impartir educación en términos de ley,
las autoridades competentes podrán
otorgar apoyo para la formación y
actualización del personal, en el marco
de lo establecido en la Ley Federal de
Fomento a las Actividades Realizadas por
Organizaciones de la Sociedad Civil. LaS
autorizaciones y reconocimientos de
validez oficial de estudios las podrán
otorgar las asociaciones civiles,
instituciones de asistencia privada u
otras formas de asociación no lucrativa,
así mismo serán objeto de infracción al
negar la inscripción, aislar, segregar o
discriminar a las personas con
discapacidad u omitir llevar a cabo los
ajustes razonables para garantizar su
inclusión. |
17 |
Comisión de Economía
Publicación en GP:
Anexo II.
24 de abril de 2012. |
Que reforma los artículos 65 Bis y 128;
y se adicionan los artículos 65 Bis1, 65
Bis 2, 65 Bis 3, 65 Bis 4, 65 Bis 5, 65
Bis 6 y 65 Bis 7 de la Ley Federal de
Protección al Consumidor.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por la Dip. Susana
Hurtado Vallejo (PRI) el 28 de abril de
2011. (LXI Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Daniel
Gabriel Ávila Ruíz (PAN) el 29 de abril
de 2011. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 22
de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 18 de
octubre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por 328 votos en pro, 10 en
contra y 1 abstención. Pasa a la Cámara
de Senadores para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida el 20 de octubre de
2011. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 27 de marzo de 2012. (LXI
Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 28 de
marzo de 2012. Proyecto de decreto
aprobado por 86 votos. Pasa a la Cámara
de Diputados para los efectos del
Apartado E) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida el 28 de marzo de 2012.
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Explicitar que serán Casas de Empeño los
proveedores personas morales e
instituciones no reguladas por leyes y
autoridades financieras que en forma
habitual o profesional realicen u
oferten al público contrataciones u
operaciones de mutuo con interés y
garantía prendaria, independientemente
de la forma en que estén constituidas y
el destino que le den a sus recursos.
Facultar a la Procuraduría Federal del
Consumidor para establecer un registro
público en el que se deberán inscribir
las Casas de Empeño y los formatos de
los contratos de adhesión que celebren
con sus clientes; asimismo, prever los
requisitos que deberán cumplir las Casas
de Empeño para obtener su inscripción en
el registro público. Incluir a las Casas
de Cambio como sujetas de las sanciones
establecidas por la ley, así como
aumentar el monto de las mismas.
Establecer, para que los proveedores no
regulados por leyes financieras puedan
realizar en forma habitual o profesional
contrataciones u operaciones de mutuo
con interés y garantía prendaria,
deberán obtener la autorización
intransmisible y el registro de la
Secretaría de Economía, para cada uno de
los establecimientos o sucursales. Para
tal efecto la Secretaría de Economía
elaborará el Registro Nacional de Casas
de Empeño y el número de autorización y
registro deberá mantenerse en un lugar
visible en cada uno de los
establecimientos. |
18 |
Que adiciona una fracción XI al artículo
1 de la Ley Federal de Protección al
Consumidor.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de
Senadores por el Senador Luis Walton
Aburto (MC) el 14 de septiembre de 2011.
(LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 13 de diciembre de 2011. (LXI
Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 14 de
diciembre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por unanimidad de 72 votos.
Pasa a la Cámara de Diputados para los
efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida el 1 de febrero de 2012.
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer la libertad de constituir
grupos u otras organizaciones de
consumidores sin contravenir las
disposiciones de esta ley, que sean
garantes de los derechos del consumidor. |