Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Marco
Antonio García Ayala (PRI) el 8 de abril
de 2010. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 22
de septiembre de 2011. (LXI Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 22 de
septiembre de 2011. Proyecto de decreto
aprobado por 339 votos en pro, 16 en
contra y 5 abstenciones. Pasa a la
Cámara de Senadores para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida el 27 de septiembre de
2012. (LXI Legislatura)
Dictamen de primera lectura presentado
el 11 de abril de 2012. (LXI
Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 12 de
abril de 2012. Proyecto de decreto
aprobado por 69 en pro, 21 en contra y 1
abstención. Pasa a la Cámara de
Diputados para los efectos del Apartado
E) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos
Mexicanos. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Sancionar de 6 meses a 3 años de prisión
y de 50 a 200 días multa a quien
adultere o falsifique bebidas
alcohólicas; de 3 a 7 años de prisión y
de 250 a 500 días multa a quien altere
bebidas alcohólica; y de 5 a 9 años de
prisión y de 500 a 100 días multa cuando
se trate de bebidas alcohólicas
contaminadas. |