Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 25, del 12 de Abril de 2012.

 

                8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                           c) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Medio

Ambiente y Recursos Naturales

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

12 de abril de 2012.

Que expide la Ley General de Cambio Climático.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 15 de noviembre de 2007. (LX Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Jorge Legorreta Ordorica (PVEM) el 11 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Silvano Aureoles Conejo (PRD) el 23 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Alberto Cárdenas Jiménez (PAN), a nombre propio y de diversos senadores de su Grupo Parlamentario, el 25 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (PT) el 8 de junio de 2011. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 24 de agosto de 2011. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Francisco Labastida Ochoa (PRI), a nombre propio y de legisladores de diversos Grupos Parlamentarios, el 11 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de Noviembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 6 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos en pro, 5 votos en contra y 5 abstenciones. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 8 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 11 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Crear un ordenamiento jurídico general en materia de cambio climático, definiendo la concurrencia de facultades de los tres órdenes de gobierno en la materia; reducir la vulnerabilidad de los sistemas humanos y naturales ante los efectos de este fenómeno; regular las acciones en materia de adaptación y mitigación de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero; fomentar la educación, investigación, desarrollo y transferencia de tecnología e innovación y difusión en la materia; promover la transición hacia una economía competitiva, sustentable y bajas emisiones de carbono. Crea el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático como un organismo público

descentralizado de la administración pública federal y será en encargado de coordinar y realizar estudios y proyectos de investigación científica o tecnológica para la protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico.

 

Intervenciones:

Por la Comisión:

Dip. Ninfa Clara Salinas Sada

 

Para fijar postura:

Dip. Laura Arizmendi Campos (MC)

Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)

Dip. Alejandro del Mazo Maza (PVEM)

Dip. María Araceli Vázquez Camacho (PRD)

Dip. Francisco Javier Orduño Valdez (PAN)

Dip. Francisco Alejandro Moreno Merino (PRI)

 

Para hablar en contra:

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Nicolás Carlos Bellizia Aboaf (PRI)

Dip. Augusta Valentina Díaz de Rivera Hernández (PAN)

Dip. María Dina Soto Herrera (PRD)

Dip. Marcela Vieyra Alamilla (PRI)

Dip. Alejandro Carabias Icaza (PVEM)

 

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 280 votos a favor, 10 en contra y 1 abstención.

b) Devuélvase a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2

Comisión de Hacienda y Crédito Público

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de abril de 2012.

Que reforma el artículo 3 del Decreto que autorizó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del Gobierno de México, el texto del Convenio sobre el Fondo Monetario Internacional.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, enviada por el Ejecutivo Federal, el 15 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 15 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 1 de marzo de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos en pro, 10 en contra y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 6 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Modificar el Decreto que autorizó al Ejecutivo Federal a firmar, en representación del Gobierno de México, el texto del Convenio Sobre el Fondo Monetario Internacional, aprobado en Bretton Woods, E.U.A., publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1945, para que el Banco de México efectúe la aportación de los Estados Unidos Mexicanos al Fondo Monetario

Internacional, hasta por la cantidad equivalente a ocho mil novecientos doce millones, setecientos mil derechos especiales de giro.

Asimismo, autorizar al Ejecutivo Federal para que:

1. ‐ Por conducto del Banco de México, en representación de los Estados Unidos Mexicanos, actualice las aportaciones al Fondo Monetario Internacional por una cantidad de cinco mil doscientos ochenta y siete millones de derechos especiales de giro.

2.‐ En representación del Gobierno de México, acepte la enmienda al Convenio Constitutivo sobre el Fondo Monetario Internacional. Ambas aprobadas por su Junta de Gobernadores conforme a la Resolución 66‐2 del 15 de diciembre de 2010.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Dip. Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

 

a) En votación económica se aprobó someter a discusión el dictamen.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 221 votos a favor, 33 en contra y 16 abstenciones.

c) Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

3

Que reforma los artículos 2 y 3 de la Ley que Establece Bases para la Ejecución en México, por el poder Ejecutivo Federal, del Convenio Consultivo del Banco Interamericano de Desarrollo.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores, enviada por el Ejecutivo Federal, el 18 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de febrero de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 1 de marzo de 2012.

Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 73 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 6 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Autorizar al Gobierno Federal, para que por conducto del Banco de México:

1.‐ Efectúe la suscripción adicional de 401,052 acciones del Banco Interamericano de Desarrollo, hasta por el equivalente a 4, 838, 063, 683 dólares de los Estados Unidos de América.

2.‐ Efectúe aportaciones adicionales hasta por un equivalente de 17,434,076 dólares de los Estados Unidos de América, para cubrir la cuota de la contribución de los Estados Unidos Mexicanos al fondo de Operaciones Especiales a que se refiere el Artículo IV del Convenio Constitutivo de dicho Organismo.

Asimismo, facultar al Ejecutivo Federal para aceptar las enmiendas al Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo, que sean consecuencia de lo arriba señalado.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

Dip. José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

 

a) En votación económica se aprobó someter a discusión el dictamen.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 208 votos a favor, 47 en contra y 7 abstenciones.

c) Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

4

Comisión de Radio,

Televisión y Cinematografía

 

Publicación en GP:

Anexo III.

12 de abril de 2012.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Armando Ríos Piter (PRD) el 22 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 11 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

 

Decreto:

Facultar a la Secretaría de Gobernación para vigilar que las transmisiones de radio y televisión dirigidas a la población infantil promuevan la cultura de la no violencia, el respeto por los derechos humanos, la igualdad y la no discriminación. Facultar a la Secretaría de Educación Pública para elaborar y difundir programas de carácter educativo y recreativo para la población infantil cuya base sea el respeto por los derechos humanos y la cultura de la no violencia. Establecer que los solicitantes de permisos para estaciones indígenas deberán presentar una constancia de pueblo o comunidad indígena expedida

para efectos de la solicitud de mérito por la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Prever que en materia electoral, así como lo relativo al cumplimiento de los tiempos que correspondan al Estado diariamente, en los casos de las estaciones que operen bajo la figura de red o cadena, se considerará cumplida la obligación de los concesionarios y permisionarios de dichas estaciones al transmitir las pautas, programación o propaganda que las autoridades correspondientes entreguen a la estación que haya sido designada como estación de origen.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT)

 

a) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 244 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones.

b) Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

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