Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 25, del 12 de Abril de 2012.

 

                6. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Carlos Flores Rico

(PRI)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Gobernación, para dictamen

Establecer que el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social tiene por objeto normar y coordinar la evaluación de las políticas y programas de desarrollo social que ejecuten las dependencias y entidades públicas, así como establecer los indicadores, lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza, garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad. Establecer las facultades y estructura del Consejo. Prever que el Consejo se reunirá con la periodicidad que señale su Estatuto Orgánico, debiendo celebrar cuando menos cuatro sesiones ordinarias por año, además de las extraordinarias que se consideren necesarias para la atención de los asuntos de su competencia. Establecer las facultades y obligaciones del Director General del Consejo.

2

De decreto, para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de “Ignacio Ramírez Calzada”, El Nigromante.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

15 de marzo de 2012.

Dips,

Omar Fayad Meneses (PRI) y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña (PT)*

Se turnó a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de “Ignacio Ramírez Calzada”, El Nigromante.

3

Que expide la Ley para el Impulso a favor del Desarrollo Pleno de las Mujeres Jefas de Familia.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Margarita Liborio Arrazola

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Desarrollo Social, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer en toda su dimensión el esfuerzo que realizan las mujeres en la condición de jefas de familia a través de la aplicación de estímulos tendientes a mejorar su desarrollo productivo, la ampliación de capacidades ya asimiladas y provocar el soporte de reconocimiento social de este sector con programas específicos e inequívocos. Se entenderá como madre jefa de familia aquellas mujeres que: sean mayores de 16 años, solteras, viudas, divorciadas sin que tengan algún tipo de beneficio tal como un subsidio derivado de un programa gubernamental, exceptuando el programa Oportunidades, o bien que sean responsables de administrar una pensión alimenticia destinada a los hijos; o que no cuenten con el apoyo de una pareja o concubino; o que demuestren que existen dependientes directos de ella. Las Jefas de familia contarán con programas integrales que incluirán apoyo psicológico, emocional, de mejora de la autoestima, al igual que acciones encaminadas a aprovechar sus talentos y capacidades individuales, fortaleciéndolas a través de acciones que favorezcan su beneficio, económico, social, cultural en aras de lograr un entorno familiar más adecuado.

Del total de presupuesto destinado al fomento y promoción de la equidad y género se destinara el equivalente a 10 por ciento del mismo. Crear un fideicomiso público a favor de las mujeres jefas de familia, el cual estará a cargo del Instituto Nacional de la Mujer mismo que será utilizado para otorgar premios y estímulos a aquellas mujeres que se encuentran desarrollando por sí mismas proyectos productivos que solucionan sus necesidades familiares ya detalladas, y aquellas que por condiciones de economía y sociedad encuentren dificultades para continuar su actividad productiva.

4

Que reforma el artículo 10 de la Ley Agraria.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Julio Saldaña Morán

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Reforma Agraria, para dictamen

Considerar en el reglamento interno de los ejidos, que los requisitos para admitir nuevos ejidatarios deberán contemplar la igualdad de condiciones y de acceso a oportunidades tanto para hombres como para mujeres.

5

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Héctor Hugo Hernández Rodríguez

(PRD)*

Se turnó a la Comisión de Justicia, para dictamen

Establecer que en la aplicación de sanciones por un delito cometido por un menor, se deberán tomar en cuenta las características del síndrome de atención dispersa con hiperactividad. Facultar al Consejo de Menores para tomar en cuenta la atención y el tratamiento oportuno, así como su debida medicación, en los casos que lo requieran por parte de los médicos con especialidad en neurología y las valoraciones psicológicas aplicadas al menor por parte de un especialista en el tratamiento de menores infractores que presenten el síndrome de atención dispersa con hiperactividad. Prever que cuando el menor compruebe tener el síndrome de atención dispersa con hiperactividad, con los estudios realizados por sus padres o familiares en instituciones, se solicitará a las autoridades se cotejen y homologuen dicho trastorno con especialistas de la Secretaria de Salud para beneficio del menor en atribuciones del Consejo de Menores. Incluir en el Comité Técnico Interdisciplinario a un médico con especialidad en neurología y a un psicólogo en el tratamiento de menores infractores con especialidad en psiquiatría.

6

Que adiciona el artículo 9 Bis a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Teresa Guadalupe Reyes Sahagún

(PT)*

Se turnó a la Comisión de Derechos Humanos, para dictamen

Incluir un catálogo de acciones de maltrato más comunes en la convivencia social, generadas por actitudes discriminatorias, como los diferentes tipos de acosos y de discriminación.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, y de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Jorge Arana Arana

(PRI)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

Incrementar los rangos de la penalidad y de las sanciones, a quienes realicen actividades ilícitas que atenten contra los recursos forestales que provengan de áreas naturales protegidas. 

8

Que reforma el artículo 15 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Gastón Luken Garza

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Seguridad Social, para dictamen

Propone que las cuotas obrero-patronales que son destinadas al Fondo de Reserva General Financiera y Actuarial, se destinen a un fondo perfectamente identificado (fondo especial para trabajadores de obra) a fin de que no se mezcle con otros recursos y que su principal objeto sea el de beneficiar a los trabajadores de obra.

9

Que reforma los artículos 47 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Rodolfina Gatica Garzón

(PRD)*

Se turnó a la Comisión de la Función Pública, para dictamen

Considerar como obligación de los servidores públicos abstenerse de realizar, por sí o por interpósita persona, una actividad profesional o de asesoramiento permanente o accidental, bajo la dependencia o al servicio de entidades privadas o de particulares, en asunto en que deba intervenir o haya intervenido por razón de su cargo, o en los que se tramiten, informen o resuelvan en la oficina en que estuviere destinado o del que dependa.

10

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Miguel Ángel García Granados

(PRI)*

Se turnó a la Comisión de Justicia, para dictamen

Facultar a los jueces federales en materia de procedimientos penales especializados en delincuencia organizada, para conocer de los delitos que establece la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Prever la actuación del Ministerio Público de la Federación en la acreditación de policías infiltrados o encubiertos. Establecer que de los recursos que correspondan a la Procuraduría General de la República deberá destinarse un 30% al programa de protección de testigos en materia de delincuencia organizada. Considerar el uso de videoconferencias para el desahogo de pruebas testimoniales.

11

Que reforma los artículos 211, 212 y 345 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Liev Vladimir Ramos Cárdenas

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Gobernación, para dictamen

Establecer que se negará el registro a candidaturas a cargos de elección popular a aquellas personas que realicen actividades de proselitismo o de propaganda por cualquier medio antes de la fecha de inicio de las precampañas con la finalidad de posicionarse u obtener ventaja respecto de otros competidores para ser seleccionado como candidato o electo a un puesto de elección popular. Esta infracción se actualizará aun cuando dichos actos produzcan el riesgo de ventaja sobre otros competidores incluso en los casos en que no se puedan vincular con algún proceso electoral en específico. Prever que se entiende por propaganda el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que difunden las personas con el propósito de dar a conocer sus propuestas, su imagen o para intentar posicionarse en el electorado.

12

Que reforma los artículos 2 y 6 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Emiliano Velázquez Esquivel

(PRD)*

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Incrementar el porcentaje del Fondo General de Participaciones del 20% al 40% de la recaudación federal participable que obtenga la Federación en un ejercicio.

13

Que expide la Ley que Crea el Sistema Nacional de Capacitación Técnica y Profesional para el Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Francisco Alberto Jiménez Merino

(PRI)*

Se turnó a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de implementar el Sistema Nacional de Capacitación Técnica y Profesional para el Trabajo (SINACATPT), como organismo público descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios adscrito a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a la Secretaría de Educación Pública (SEP), con atribuciones de competencia nacional para operar mediante unidades de representación institucional en las entidades, municipios, con el objeto de proporcionar la capacitación profesional no formal, intensiva y continua, de la mano de obra y de los mandos medios que participan en las actividades productivas, artesanales, industriales, comerciales y de servicios. Establecer que el SINACATPT promoverá, y orientará su trabajo al fomento y desarrollo de habilidades y destrezas que permitan un eficiente desempeño de trabajos concretos en los diferentes sectores de la actividad económica. Prever que el SINACATPT contará con un Director Ejecutivo y Subdirecciones de Unidades técnicas especializadas en capacitación Industrial, Agroalimentaria, Ambiental, Tecnológica, Artesanal y de Servicios. Establecer la estructura del Órgano de Gobierno del SINACATPT.

14

Que reforma el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Dip.

Liev Vladimir Ramos Cárdenas

(PAN)*

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Reducir el número de votos de los ministros de la SCJN para declarar inválidas las normas impugnadas pasándose de una votación calificada a una mayoría simple. Reducir el porcentaje para poder interponer las acciones de inconstitucionalidad de 33% a 25% del total de los integrantes de las Cámaras del Congreso de la Unión, de los Congresos de las entidades federativas y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

15

Que reforma los artículos 16, 20 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

12 de abril de 2012.

Establecer la función de investigación de delitos a cargo de la Policía Federal y la conducción jurídica a cargo del Ministerio Público.

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas publicados en Gaceta Parlamentaria: Anexo XI, 12 de abril de 2012.

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