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Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio |
Sesión
27,
del 26 de Abril de 2011. |
10.
DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES
a) Con proyecto de decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisión de Educación Pública y
Servicios Educativos
Publicación en GP:
Anexo II.
26 de abril de 2011. |
que adiciona una fracción XIV,
recorriéndose las subsecuentes al
artículo 33 de la Ley General de
Educación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Dip.
Marcela Guerra Castillo (PRI), a nombre
de los diputados priistas neoloneses, el
22 de diciembre de 2009. (LXI
Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Congreso del
Estado de Nuevo León el 14 de julio de
2010. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Incluir como actividad de las
autoridades educativas el proporcionar
un paquete de útiles escolares a los
alumnos de educación básica que se
encuentren en las zonas de atención
prioritaria definidas en la Ley General
de Desarrollo Social. |
Se
cumple con la declaratoria (art. 87 RCD) |
2 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley General de
Educación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge
Antonio Kahwagi Macari (NA) el 11 de
febrero de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada por el Dip.
Gerardo del Mazo Morales (NA) el 08 de
abril de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa suscrita por la Dip. Caritina
Saénz Vargas (PVEM) el 14 de septiembre
de 2010. (LXI Legislatura)
Iniciativa presentada por la Dip. María
Joann Novoa Mossberger (PAN) el 30 de
septiembre de 2010. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Incluir como criterio de la educación
que el Estado y sus organismos
descentralizados impartan el aprecio por
la dignidad de la persona y la cultura
de la paz. Añadir como atribución de las
autoridades educativas federal y locales
el promover mecanismos de prevención,
detección y atención de casos de
violencia y abuso escolar. Los
educadores deberán informar de casos de
violencia a la autoridad competente con
el fin de lograr relaciones armónicas,
de respeto e igualdad. |
3 |
Que reforma los artículos 6, 27 y 75 de
la Ley General de Educación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. José
Trinidad Padilla López (PRI) el 05 de
abril de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que está prohibido y será
sancionado condicionar los servicios
educativos de carácter público al pago
de cuotas, donativos o dádivas en dinero
o en especie. Las aportaciones de
particulares destinadas a dicha
educación tendrán carácter voluntario.
Facultar a la Federación, las entidades
federativas y los municipios, para
establecer los mecanismos necesarios
para proveer a todos los planteles
públicos de educación preescolar,
primaria y secundaria, de recursos
destinados a cubrir el gasto corriente
de cada ciclo escolar. |
4 |
Comisión de Juventud y Deporte
Publicación en GP:
Anexo II.
26 de abril de 2011. |
Que reforma el artículo 8 de la Ley
General de Cultura Física y Deporte.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Sen. Javier
Orozco Gómez (PVEM) el 14 de octubre de
2008. (LX Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura presentado
el 24 de marzo de 2010. (LXI
Legislatura)
Dictamen a discusión presentado el 25 de
marzo de 2010. Proyecto de decreto
aprobado por 72 votos. Se turnó a la
Cámara de Diputados para los efectos del
Apartado A) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)
Minuta recibida el 06 de abril de 2010.
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que en la Planeación
Nacional, se incorpore la política de
cultura física y deporte, para ello, se
pretende que la CONADE, en coordinación
con la SEP, integrará el Programa
Nacional de Cultura Física y Deporte con
base en un diagnóstico nacional, estatal
y municipal especificando los objetivos,
prioridades, alcances y limites de
desarrollo del sector; así como el deber
de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal con
relación a la cultura física y el
deporte. |
5 |
Comisiones Unidas de Defensa Nacional y
de Marina
Publicación en GP:
Anexo II.
26 de abril de 2011. |
Que reforma la fracción I del artículo
31 y adiciona un artículo 31 Bis, a la
Ley de Ascensos y Recompensas del
Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos; y
adiciona un artículo 44 Bis a la Ley de
Ascensos de la Armada de México.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Ejecutivo
Federal, en la Cámara de Senadores el 1
de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura con dispensa
de segunda presentado el 25 de marzo de
2010. (LXI Legislatura)
Proyecto de decreto aprobado por 70
votos. Se turnó a la Cámara de Diputados
para los efectos del inciso a) del
artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI
Legislatura)
Minuta recibida el 06 de abril de 2010.
(LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer el ascenso post mortem a los
militares que pierdan la vida durante el
servicio activo, a consecuencia de actos
excepcionalmente meritorios, conducta o
entrega total al cumplimiento del deber;
a través de un procedimiento que
iniciará con la recopilación de los
elementos que acrediten el cumplimiento
de alguna de las circunstancias citadas,
por parte de la Comisión de Evaluación
de la Promoción Superior o del Consejo
del Almirantazgo y concluirá con la
resolución definitiva por parte del
Presidente de la República. La
Secretarías de Defensa Nacional y de
Marina respectivamente, deberá remitir
al Senado de la República, un informe
que contenga las consideraciones y
valoraciones para el otorgamiento de
este tipo de ascensos, dentro de los
tres meses siguientes al mismo. |
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