1 |
Comisión de Marina
Publicación en GP:
Anexo IV.
22 de febrero de 2011. |
Que reforma los
incisos a y c de la fracción IV del artículo
328 de la Ley de Navegación y Comercio
Marítimos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por la Sen. Ludivina
Menchaca Castellanos (PVEM) el 9 de
diciembre de 2009.
Iniciativa suscrita por los Sens. Francisco
Herrera León y Adolfo Toledo Infanzón (PRI),
el 25 de febrero de 2010.
Dictamen de Primera Lectura presentado el 3
de noviembre de 2010.
Dictamen a discusión presentado el 4 de
noviembre de 2010. Proyecto de decreto
aprobado por 70 votos. Se turnó a la Cámara
de Diputados para los efectos del inciso a)
del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en la Cámara de Diputados el
11 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad el 15 de febrero
de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Faculta a la Secretaría a imponer una multa
de diez mil a cincuenta mil días de salario
mínimo vigente, tomando en consideración el
riesgo o daño causado, la reincidencia y el
posterior cumplimiento de la obligación, a
los propietarios de las embarcaciones o los
navieros por proceder al desguace en
contravención, sin permiso de la Secretaría.
Asimismo a la capitanía de puerto para
sancionar a prestadores de servicios
náuticos que operan de manera irregular y a
los que a su vez de manera ilegal
desmantelan embarcaciones, y posibilita que
la Capitanía de Puerto actué en contra de
prestadores de servicios náuticos que operan
de forma irregular, sin cumplir con los
estándares de calidad que ponen en peligro a
usuarios de los mismos.
Intervenciones:
Por la Comisión: |
Dip. Luis Antonio Martínez Armengol
(PRI) |
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Fijar postura: |
Dip. Carlos Martínez Martínez (PAN) |
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a) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 398 votos y 4
abstenciones.
b) Pasa
al Ejecutivo para los efectos
constitucionales. |
2 |
Comisión de Justicia
Publicación en GP:
Anexo IV.
22 de febrero de 2011. |
Que reforma
la
denominación del capítulo I del título
decimoquinto y el artículo 259 Bis del
Código Penal Federal.
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por el Dip. Eduardo
Ledesma Romo (PVEM) el 26 de mayo de 2010. (LXI
Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Eduardo
Ledesma Romo (PVEM) el 23 de noviembre de
2010. (LXI Legislatura)
Declaratoria de Publicidad el 17 de febrero
de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que el asedio será sancionado
cuando se realice con la amenaza de causar a
la víctima un mal relacionado con respecto a
la actividad que los vincule, sea laboral,
docente, doméstica o de cualquier otra
índole, con una sanción de 6 meses a 2 años
de prisión y de 120 a 200 días multa; cuando
se valga de su posición jerárquica será de 8
meses a 3 años de prisión y de 40 a 80 días
multa; y si fuese servidor público se le
destituirá de su cargo y se le inhabilitará
por el mismo término de la pena de prisión
impuesta. La pena se aumentara hasta en una
mitad cuando se cometa contra persona menor
de 18 años, no tenga la capacidad de
comprender el significado del hecho o que
por cualquier causa no pueda resistirlo.
Intervenciones:
Por la Comisión: |
Dip. Eduardo Ledesma Romo (PVEM) |
|
Fijar postura: |
Dip. Dolores de los Ángeles Nazares
Jerónimo (PRD) |
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) |
Dip. Ezequiel Rétiz Gutiérrez (PAN) |
Dip. Víctor Humberto Benítez Treviño
(PRI) |
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a) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 414 votos y 1
abstención.
b) Pasa
a la Cámara de Senadores para los
efectos constitucionales |
3 |
Comisión de Educación Pública y Servicios
Educativos
Publicación en GP:
Anexo IV.
22 de febrero de 2011. |
Que reforma el primer
párrafo del artículo 25 de la Ley General de
Educación.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Ma. de
Jesús Aguirre Maldonado (PRI) a nombre
propio y del Dip. Eduardo Alonso Bailey
Elizondo (PRI), el 4 de noviembre de 2009. (LXI
Legislatura)
Declaratoria de Publicidad el 17 de febrero
de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Establecer que el presupuesto destinado a
educación pública y servicios educativos, no
podrá ser menor en términos reales, al
asignado en el ejercicio fiscal anterior.
Intervenciones:
Fijar postura: |
Dip. Elsa María Martínez Peña (NA) |
Dip. Víctor Manuel Castro Cosío (PRD) |
Dip. Alejandro Bahena Flores (PAN) |
Dip. Ma. de Jesús Aguirre Maldonado
(PRI) |
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Hablar en pro: |
Dip. Jaime Arturo Vázquez Aguilar |
Dip. Onésimo Mariscales Delgadillo (PRI) |
Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT) |
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) |
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a) Aprobado
en lo general y en lo particular, en
votación nominal por 410 votos y 3
abstenciones.
b) Pasa
a la Cámara de Senadores para los
efectos constitucionales |
4 |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión
Social, y de Vivienda
Publicación en GP:
Anexo IV.
22 de febrero de 2011. |
Que reforma y adiciona
diversas disposiciones de la Ley del
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Rubén
Ignacio Moreira Valdez (PRI) A nombre propio
y de los Dips. Humberto Lepe Lepe, Francisco
Saracho Navarro y Melchor Sánchez de la
Fuente (PRI).
Iniciativa presentada por la Dip. Ana María
Ramírez Cerda (PVEM) el 4 de marzo de 2008.
(LX Legislatura)
Iniciativa presentada por el Dip. Miguel
Ángel Peña Sánchez (PRD) el 27 de marzo de
2007. (LX Legislatura)
Iniciativa presentada por el Dip. Ramón
Félix Pacheco Llanes (PRD) el 4 de marzo de
2008. (LX Legislatura)
Iniciativa suscrita por el Dip. Gerardo
Octavio Vargas Landeros (PRI) el 17 de
septiembre de 2008. (LX Legislatura)
Iniciativa presentada por el Dip. Pablo
Trejo Pérez (PRD) el 4 de noviembre de 2008.
(LX Legislatura)
Iniciativa presentada por el Dip. José
Antonio Almazán González (PRD) el 17 de
febrero de 2009. (LX Legislatura)
Declaratoria de Publicidad el 17 de febrero
de 2011. (LXI Legislatura)
Propuesta:
Incluir dentro de los objetivos del
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores el administrar los
recursos en beneficio de los trabajadores y
sus familias. Establecer que dicho Instituto
no podrá ceder a título gratuito u oneroso,
enajenar o transferir a particulares los
derechos derivados del cobro de los adeudos
del importe del crédito que el trabajador
hubiere recibido con cargo al Fondo Nacional
de la Vivienda.
Intervenciones:
Por las Comisiones: |
Dip. David Hernández Pérez (PRI) |
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Fijar postura: |
Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT) |
Dip. Pablo Escudero Morales (PVEM) |
Dip. Juan Pablo Escobar Martínez (PAN) |
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Hablar en pro: |
Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT) |
Dip. José Oscar Aguilar González (PRI) |
Presentar modificaciones: |
|
Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT) |
Artículo 41 |
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a)
Aprobado
en lo general y en lo particular los
artículos no reservados, en votación
nominal por 397 votos.
b) Se
desechó en votación
económica la propuesta de modificación
de la Dip. Castillo Juárez.
c) Aprobado
el Artículo 41 en los términos del dictamen,
en votación nominal por 333 votos, 14
en contra y 8 abstenciones.
d) Pasa
a la Cámara de Senadores para los
efectos constitucionales. |