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Comisión de Puntos Constitucionales
Publicación
en GP:
Anexo IV.
25 de marzo de 2010. |
Que adiciona un párrafo
tercero y se recorre el orden de los párrafos
subsecuentes del artículo 17 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en
la Cámara de Senadores por el Sen. Jesús
Murillo Karam (PRI) el 7 de febrero de 2008. (LX
Legislatura)
Dictamen de primera
lectura presentado el 8 de diciembre de 2009.
Dictamen a discusión
presentado el 10 de diciembre de 2009.
Proyecto de decreto aprobado por 100 votos. Se
turnó a la Cámara de Diputados para los
efectos del inciso a) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Minuta recibida el 15 de
diciembre de 2010.
Dictamen de Primera
Lectura presentado el 23 de Marzo de 2010.
Propuesta:
Establecer que el Congreso de la Unión
expedirá las leyes que regulen las acciones
colectivas. Tales leyes determinarán las
materias de aplicación, los procedimientos
judiciales y los mecanismos de reparación del
daño. Los jueces federales conocerán de forma
exclusiva sobre estos procedimientos y
mecanismos.
Intervenciones: |
Para fundamentar:
Dip. Juventino Víctor Castro y Castro (PRD) |
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Para fijar posición: |
Dip. Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (CONV) |
Dip. Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) |
Dip. Nazario Norberto Sánchez (PRD) |
Dip. Agustín Torres Ibarrola (PAN) |
Dip. Sergio Mancilla Zayas (PRI) |
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Para hablar a favor: |
Dip. Rosendo Marín Díaz (PRD) |
Dip. Reginaldo Rivera de la Torre (PRI) |
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a) En
votación económica se dispensó la
lectura.
b)
Aprobado en lo general y en lo
particular, en votación nominal por 319
votos y 1 abstención.
c) Pasa
las Legislaturas de los estados para sus
efectos constitucionales. |