Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 25, del 13 de Abril de 2010.

 

                4. ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

                           a) De la Junta de Coordinación Política.

No.

PROPOSICIÓN

TRÁMITE

1

Por el que se propone la modificación de los lineamientos para el servicio de los talleres gráficos y trabajos externos de impresión de la Cámara de Diputados.

 

Acuerdo:

PRIMERO.- Se modifican los artículos 28 y 29 de los Lineamientos para el Servicio de los Talleres Gráficos y Trabajos Externos de Impresión de la Cámara de Diputados, para quedar como siguen:

Artículo 28. El Consejo Editorial es la instancia técnica-académica que tiene entre otras atribuciones, la de establecer con imparcialidad los criterios y políticas editoriales que regirán a la Cámara.

Los legisladores integrantes tendrán voz y voto; los funcionarios de la Cámara únicamente contarán con voz. Cuando por causas de fuerza mayor asista un representante del titular, éste tendrá voz y voto.

Artículo 29. Las decisiones en el seno del Consejo Editorial se adoptarán por consenso.

En caso de no lograrse éste, el Consejo adoptará sus decisiones por mayoría absoluta, mediante el sistema de voto ponderado, según el cual cada uno de los votos representará tantos, como integrantes tenga su grupo parlamentario.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

a) Aprobados en sendas votaciones económicas.

b) Comuníquense.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

13 de abril de 2010.

2

Mediante el cual se propone la modificación del Acuerdo por el que este órgano de gobierno hace suyo el documento Políticas del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados, LX Legislatura signado por el Consejo Editorial, de fecha 27 de febrero de 2008.

 

Acuerdo:

PRIMERO.- Se modifica el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que hace suyo el documento Políticas del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados, LX Legislatura signado por el Consejo Editorial, de fecha 27 de febrero de 2008, para quedar como sigue:

Artículo 5. El Consejo Editorial de la Cámara de Diputados estará integrado de la siguiente forma:

...

El Secretario General de la Cámara de Diputados;

...

Artículo 8. Las diputadas o diputados integrantes del Consejo Editorial tendrán voz y voto; los funcionarios de la Cámara únicamente contarán con voz. Cuando por causas de fuerza mayor asista un representante del titular, éste tendrá voz y voto.

Artículo 11. La presidencia del Consejo Editorial constituye la vía para la recepción de solicitudes de edición. Las propuestas que de acuerdo con la normatividad vigente cumplan con los requisitos para la recepción de solicitudes, serán sometidas a dictamen por parte del Consejo Editorial.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

3

Mediante el cual se modifica el Acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se constituye el Consejo Editorial de la Cámara de Diputados en la LXI Legislatura, del 15 de octubre de 2009.

 

Acuerdo:

PRIMERO.- Se modifica el resolutivo cuarto del acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se constituye el Consejo Editorial de la Cámara de Diputados en la LXI Legislatura, para quedar como sigue:

Cuarto. El Consejo Editorial tomará sus decisiones por consenso. En caso de no lograrse éste, el Consejo adoptará sus decisiones por mayoría absoluta, mediante el sistema de voto ponderado, según el cual cada uno de los votos representará tantos como integrantes tenga su grupo parlamentario.

El quórum requerido será el de la presencia de la mitad más uno de los votos de los integrantes.

SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.

4

Por el que se convoca a celebrar reuniones de trabajo con los titulares de las secretarías de Educación Pública, de Salud, de Seguridad Pública, de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, de la Procuraduría General de la República, del Servicio de Administración Tributaria y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia en el seno del Grupo de Trabajo de Alto Nivel para Impulsar una Estrategia y un Programa Eficaz en Materia de Atención y Prevención de las Adicciones.

 

Acuerdo:

PRIMERO.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión convoca a participar en reuniones de trabajo a los titulares de las secretarías de Educación Pública, de Salud, de Seguridad Pública, de Gobernación, de Hacienda y Crédito Público, de la Procuraduría General de la República, del Servicio de Administración Tributaria y del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

SEGUNDO.- Las reuniones de trabajo se desarrollarán en el seno del Grupo de Trabajo de Alto Nivel para Impulsar una Estrategia y un Programa Eficaz en Materia de Atención y Prevención de las Adicciones, en las fechas y lugares que este grupo determine.

a) Aprobados en sendas votaciones económicas.

b) Comuníquense.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

13 de abril de 2010.

5

Por el que se establece el formato para la comparecencia del secretario de Hacienda y Crédito Público, ante el pleno de esta soberanía.

 

Acuerdo:

PRIMERO.- El presente Acuerdo establece la agenda de temas que serán analizados y el formato al que se sujetará la comparecencia, ante el Pleno de esta soberanía, del titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Ernesto Javier Cordero Arroyo, en términos de lo dispuesto por el artículo 93, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual tendrá lugar el miércoles 14 de abril a partir de las 11:00 horas.

SEGUNDO.- Los temas que serán analizados en la comparecencia serán los siguientes:

1. Regímenes especiales.

2. Programa Nacional de Reducción al Gasto Público establecido en el artículo 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2010.

3. Subejercicios del Ejercicio Fiscal de 2009.

4. Evolución económica en el periodo 2009-2010.

5. Programa de Rescate de las Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES) y de las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOMES), causa y montos para realizarlo.

6. Uso de fideicomisos públicos y mandatos.

TERCERO.- El formato al que se sujetará la comparecencia antes referida será el siguiente:

Al inicio de la comparecencia el Presidente de la Cámara hará saber, de viva voz, al servidor público compareciente, que para todos los efectos que correspondan, a partir de ese momento, se encuentra bajo protesta de decir verdad, de conformidad con la obligación establecida en el párrafo segundo del artículo 93 constitucional, procediendo en este caso a la toma de protesta correspondiente.

Acto seguido habrá una intervención inicial por parte del funcionario compareciente y los grupos parlamentarios, hasta por siete minutos, en el siguiente orden:

Secretario de Hacienda y Crédito Público; Grupo Parlamentario del PRI, Grupo Parlamentario del PAN, Grupo Parlamentario del PRD, Grupo Parlamentario del PVEM, Grupo Parlamentario del PT, Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, Grupo Parlamentario de Convergencia.

Posteriormente se abrirán tres rondas de preguntas en las que los grupos parlamentarios en orden decreciente podrán exponer sus cuestionamientos:

Primera ronda: Grupo Parlamentario del PRI, Grupo Parlamentario del PAN, Grupo Parlamentario del PRD, Grupo Parlamentario del PVEM, Grupo Parlamentario del PT, Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, Grupo Parlamentario de Convergencia.

Segunda ronda: Grupo Parlamentario del PRI, Grupo Parlamentario del PAN, Grupo Parlamentario del PRD, Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, Grupo Parlamentario de Convergencia.

Tercera ronda: Grupo Parlamentario del PRD, Grupo Parlamentario del PAN, Grupo Parlamentario del PRI.

CUARTO.- Las intervenciones en las tres rondas referidas anteriormente se desarrollarán de la forma siguiente:

En las primeras dos rondas: pregunta de cada Grupo Parlamentario, hasta por cuatro minutos. Respuesta del funcionario compareciente, hasta por cuatro minutos. Réplica del grupo parlamentario, hasta por dos minutos.

En la tercera ronda: pregunta de cada grupo parlamentario, hasta por cinco minutos. Respuesta del funcionario compareciente, hasta por cinco minutos. Réplica del grupo parlamentario, hasta por dos minutos.

QUINTO.- Durante la comparecencia, materia del presente Acuerdo, sólo tendrán lugar las intervenciones descritas y sólo podrá conceder el uso de la palabra, adicionalmente, por alusiones personales.

SEXTO.- Corresponderá a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados velar por el cumplimiento del presente Acuerdo.

 

Regresar