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Comisiones de Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Publicación en GP:
Anexo V.
8
de abril de 2010. |
Que reforma y adiciona
los artículos 63 y 64 de la Ley General de
Vida Silvestre.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en
la Cámara de Senadores por la Sen. Ludivina
Menchaca Castellanos (PVEM) el 13 de diciembre
de 2007.
Dictamen de Primera
Lectura con dispensa de trámites presentado el
9 de diciembre de 2008. Proyecto de decreto
aprobado por 88 votos y 1 abstención. Pasó a
la Cámara de Diputados para los efectos del
inciso a) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Minuta recibida en el
Cámara de Diputados el 9 de diciembre de 2008.
(LX Legislatura)
Dictamen de Primer
Lectura presentado el 6 de abril de 2010.
Propuesta:
Sustituir el término “utilidad pública” por el
de "interés público" en relación a la
conservación del hábitat natural de la vida
silvestre. Establecer el concepto de hábitats
críticos, asimismo se podrá considerar como
tal por acuerdo de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales a las áreas
específicas en las que se desarrollen procesos
biológicos y existan especies sensibles a
riesgos de contaminación físicos, químicos o
acústicos o a riesgos de colisiones con
vehículos terrestres o acuáticos. Incluir la
"mitigación de impactos" en hábitats críticos
como figura jurídica susceptible de acuerdo de
la Secretaría con los propietarios o legítimos
poseedores. |
a) En
votación económica se dispensó la
lectura.
b)
Aprobado en lo general y en lo
particular, en votación nominal por 356
votos, 3 en contra y 4 abstenciones.
c) Pasa
al Ejecutivo para sus efectos
constitucionales. |