Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 38, del 14 de Diciembre de 2010.

 

                5. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Defensa Nacional

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

14 de diciembre de 2010.

Que reforma el artículo 27 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) a nombre propio y de los Sens. Fernando Castro Trenti, Jorge Mendoza Garza y Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI) y del Dip. Adolfo Mota Hernandez (PRI) el 05 de agosto de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 08 de diciembre de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 78 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 10 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 02 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Redefinir los rangos en virtud de los cuales se concede a los militares que pasan a situación de retiro, el ascenso al grado inmediato para la realización del cálculo del beneficio económico correspondiente.

 

Intervenciones:

Para hablar en contra:

Dip. Jaime Cárdenas Gracia (PT)

Dip. Gerardo Fernández Noroña (PT)

Dip. Mario Di Costanzo Armenta (PT)

 

Para hablar en pro:

Dip. Miguel Álvarez Santamaría (PRI)

Dip. Bernardo Margarito Téllez Juárez (PAN)

Dip. Juan Enrique Ibarra Pedroza (PT)

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 370 votos, 2 en contra y 3 abstenciones.

 c) Pasa al Ejecutivo  para los efectos constitucionales.

2

Comisión de Defensa Nacional

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

14 de diciembre de 2010.

Que adiciona una fracción XII al artículo 2 de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Martha Angélica Tagle Martínez (Convergencia) el 26 de abril de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de abril de 2008.

Dictamen a discusión presentado el 30 de abril de 2008. Proyecto de decreto aprobado por 338 votos. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 7 de mayo de 2008.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 de marzo de 2009.

Dictamen a discusión presentado el 19 de marzo de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 96 votos. Se devolvió a la Cámara de Diputados  para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida en Cámara de Diputados el 24 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 2 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

Propuesta:

Establecer el concepto de militar, el cual se entenderá como las mujeres y los hombres que legalmente pertenecen al Ejército y Fuerza Aérea, con un grado de la escala jerárquica y estarán sujetos a las mismas obligaciones y derechos.

 

Intervenciones:

Para hablar en pro:

Dip. Lorena Corona Valdés (PVEM)

Dip. Adriana Fuentes Cortés (PAN)

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 387 votos y 2 abstenciones.

 c) Se devuelve a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

3

Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

14 de diciembre de 2010.

Que reforma y adiciona el artículo 180 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y reforma la fracción I del artículo 8o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Manuel Velasco Coello (PVEM) en el Senado de la República el 26 de abril de 2007. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 5 de diciembre de 2007. (LX Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 11 de diciembre de 2007. Aprobado por 89 votos en pro, 2 en contra y 8 abstenciones. Se turnó a la Cámara de Diputados, para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

Minuta recibida el 12 de diciembre de 2007. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 07 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer la figura del interés legítimo para efectos de interponer los medios de impugnación en contra de actos de las autoridades administrativas, como aquél que tienen las personas físicas o morales de las comunidades posiblemente afectadas por obras o actividades que originen o puedan originar un daño al medio ambiente, los recursos naturales, la vida silvestre o la salud pública y sus alcances.

 

Intervenciones:

Por la Comisión:

Dip. Alejandro Carabias Icaza

 

Para hablar en pro:

Dip. Araceli Vázquez Camacho (PRD)

Dip. Humberto Benítez Treviño (PRI)

Dip. Jaime Cárdenas Gracia (PT)

Dip. Agustín Torres Ibarrola (PAN)

Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT)

 

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 376 votos y 4 abstenciones.

 c) Pasa al Ejecutivo  para los efectos constitucionales.

4

Comisión de Desarrollo Rural

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

14 de diciembre de 2010.

Que reforma los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 25 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) el 13 de julio de 2007. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 09 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que los miembros permanentes de los Consejos Municipales deberán estar debidamente acreditados en los términos de la normatividad aplicable, para poder pertenecer a dicho Consejo.

a) En votación económica se dispensó la lectura.

b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 370 votos.

 c) Pasa a la Cámara de Senadores  para los efectos constitucionales.

 

Regresar