Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 34, del 7 de Diciembre de 2010.

 

                5. MINUTAS

                           a) Con proyecto de decreto.

No.

MINUTA

CONTENIDO

TURNO

1

Que reforma el inciso i) de la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José Luis Blanco Pajón (PRI) el 26 de marzo de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de abril de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 15 de abril de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 313 votos. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

Minuta recibida el 16 el abril de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 02 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos y 1 abstención. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Decreto:

PRIMERO.- Se declara sin materia la minuta Proyecto de Decerto por el que se reforma el inciso i de la fracción III, del Artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

SEGUNDO.- Remítase el expediente a la Cámara de Diputados, para efectos de los establecidos por el inciso D del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos.

Comisión de Pesca

2

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Orsoe Morales Vázquez (PRD) el 19 de noviembre de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de diciembre de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 17 de febrero de 2009. Proyecto de decreto aprobado por 329 votos. Se turnó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

Minuta recibida el 17 de febrero de 2009. (LX Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 30 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 88 votos y 2 en contra. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado D del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Primero.- Se declara sin materia la Minuta Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

SEGUNDO.- Remítase el expediente a la Cámara de Diputados, para efectos de los establecidos por el inciso D del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos.

3

Que adiciona un nuevo inciso b) a la fracción III del artículo 24 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Maro López Valdez (PRI) el 25 de septiembre de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 02 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 67 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Establecer que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, y en lo que corresponda, con los gobiernos de las entidades federativas, realizará las acciones necesarias para fomentar y promover el desarrollo de la pesca y la acuacultura, en todas sus modalidades y niveles de inversión, y para tal efecto entre otras actividades, tendrá la de coadyuvar en la formulación y ejecución de programas que generen empleos temporales, para pescadores que se vean afectados por el establecimiento de algún periodo o zona de veda.

4

Que reforma la fracción VII y adiciona la fracción VIII del artículo 6 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Sen. Margarita Villaescusa Rojo el 14 de julio de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 02 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 67 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Establecer que la Secretaría de Energía deberá elaborar y publicar el Atlas Nacional de Zonas Factibles para Desarrollar Proyectos Generadores de Energías Renovables.

Comisión de Energía

5

Que adiciona la fracción VII al artículo 24 de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Francisco Herrera León el 22 de abril de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 02 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Establecer que la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, consolide en el Presupuesto de Egresos de la Federación las provisiones de recursos del sector público tendientes entre otras acciones, la relativa a promover que en los inmuebles de las dependencias y organismos de la Administración Pública Federal se utilice energía renovable, de acuerdo con las características geográficas, posibilidades técnicas y viabilidad económica en cada una de ellos.

6

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 9 de la Ley de Energía para el Campo.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI), el 16 de julio de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 02 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 66 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Establecer que en la asignación de la cuota energética se privilegie el aspecto público, para que los sujetos obligados cuenten con las herramientas y elementos suficientes para la conservación de la información en la ejecución de esos recursos, sus programas y resultados, fomentando una cultura de transparencia y de la información.

7

Que reforma la fracción I del artículo 3 de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Sen. Francisco Herrera León el 21 de septiembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 02 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 67 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Incluir dentro del objeto del Instituto Mexicano de la Juventud el definir e instrumentar una política nacional de juventud, que permita a los jóvenes desarrollarse dentro de un ambiente de bienestar familiar y social, e incorporarse plenamente al desarrollo del país.

Comisión de Juventud y Deporte

8

Que adiciona un párrafo tercero al artículo Vigésimo Quinto Transitorio de la Ley del Seguros Social.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

7 de diciembre de 2010

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Avelino Méndez Rangel (PRD), a nombre propio y del Dip. Francisco Hernández Juárez (PRD), el 04 de agosto de 2010. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Torres Piña (PRD) el 11 de agosto de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 07 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 12 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 354 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 14 de octubre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 30 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 02 de diciembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 73 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Propuesta:

Establecer que será quince veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, el límite superior de las cuantías de las pensiones de aquellos asegurados inscritos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta ley, así como de sus beneficiarios, que, al cumplirse los supuestos legales o el siniestro respectivo para el disfrute de cualquiera de las pensiones, opten por acogerse a los beneficios de la ley que se deroga. Sin embargo, las comisiones dictaminadoras consideran sustituir lo referente a los “límites superiores a las pensiones” por “límites superiores de salario de cotización”, en razón de que lo primero es incorrecto toda vez que la Ley del Seguro Social no establece límites superiores a las cuantías de las pensiones, sino hace referencia a los límites de los salarios base de cotización, que a su vez, son base para determinar las cuantías de las prestaciones en dinero, en este caso, las pensiones de invalidez, cesantía y vejez.

Comisión de Seguridad Social

 

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