No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General
del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Dip.
Juan Pablo Adame Alemán
(PAN)
A nombre del
Dip. José Luis Oliveros Usabiaga
(PAN) |
Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. |
Ampliar el plazo de cuatro a diez días para la
presentación de los medios de impugnación, con excepción al juicio de
revisión constitucional electoral. |
2 |
Que adiciona los artículos 32 Bis y 32 Ter a la Ley
Federal del Trabajo, un artículo 6° a la Ley Reglamentaria del artículo
5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el
Distrito Federal y el artículo 45 a la Ley para la Protección de
Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Sen.
Dolores Padierna Luna
(PRD) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de
Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores. |
Establecer que los contratos y las relaciones de trabajo
entre los periodistas y los medios de comunicación deberán contener
explícitamente el contenido y alcance de la cláusula de conciencia
periodística; facultar a los periodistas para invocar la cláusula de
conciencia periodística para solicitar que el patrón modifique, revoque
o cambie la práctica que generó que el periodista hiciera uso de ella y
eximir de responsabilidad contractual y laboral al periodista que la
use, en la terminación de la relación con su medio de comunicación.
Establecer que se privilegiará el ejercicio de los derechos que mayor
beneficio impriman a la sociedad en caso de conflicto de intereses entre
una empresa de comunicación y el ejercicio de los derechos de libertad
de expresión y de información de los periodistas. Promover el
reconocimiento de la cláusula de conciencia periodística como medida de
prevención efectiva que salvaguarde la integridad intelectual de los
periodistas y su independencia editorial. |
3 |
Que adiciona los artículos 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50,
51, 52, 53 y 58 y un capítulo V "De las Zonas de Monumentos
Arqueológicos" de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos,
Artísticos e Históricos.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Sen.
Luis Armando Melgar Bravo (PVEM)* |
Comisiones Unidas de Cultura, y de Estudios Legislativos,
Primera, de la Cámara de Senadores. |
Restringir las
construcciones alrededor de las zonas arqueológicas, mediante la
creación de un perímetro alrededor de las superficies que buscan ser
consideradas de protección.
|
4 |
Que adiciona el artículo 9º bis y se reforma la
fracción XI del artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas
Adultas Mayores, en materia de garantía de los derechos a la vida y a la
integridad en asilos, albergues o centros de cuidado y atención
similares.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Sen.
Marco Antonio Blásquez Salinas
(PT)* |
Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de
Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores. |
Garantizar la seguridad de las personas adultas mayores
en asilos, albergues o estancias poniéndolas a salvo de ataques por
parte del personal que les tiene bajo su cuidado y establecer visitas de
inspección al menos cada tres meses. |
5 |
Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley
General de Educación.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Dip.
Enrique Cárdenas del Avellano
(PRI) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de
la Cámara de Diputados. |
Establecer dentro de las atribuciones concurrentes de las
autoridades educativas federal y locales el proporcionar por cada ciclo
escolar un paquete de útiles escolares gratuitos, determinados a partir
de la lista oficial de materiales y útiles escolares aprobada y
publicada anualmente por la autoridad competente a los educandos
inscritos en las escuelas públicas del país, en los niveles de
preescolar, primaria y secundaria. Asentar que para esos efectos se
considerará a los alumnos inscritos en el nivel preescolar, los centros
de desarrollo infantil y estancias infantiles dependientes de los
gobiernos locales; así como los alumnos de educación especial inscritos
en los centros de atención múltiple, las unidades de servicios de apoyo
a la escuela regular y los centros de recursos, información e innovación
para la integración educativa. |
6 |
Que adiciona diversos artículos de la Ley General de Turismo.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Dip.
Gloria Bautista Cuevas
(PRD) |
Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados. |
Adicionar un capítulo a la Ley denominado “De las rutas
patrimoniales interculturales”, con el objeto de promover y difundir el
valor histórico de aspectos culturales, ambientales y comunitarios de
espacios destinados al conocimiento, investigación, esparcimiento,
disfrute y fomento turístico, en el cual las poblaciones y comunidades
anfitrionas sean las principales beneficiadas. |
7 |
Que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General
de Asentamientos Humanos.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Dip.
María Sanjuana Cerda Franco
(NA)* |
Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial de
la Cámara de Diputados. |
Incluir la participación ciudadana en la vigilancia del
cumplimento de los instrumentos, leyes y normas que regulan la ocupación
del territorio urbano mediante la denuncia. |
8 |
Que reforma el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Dip.
Graciela Saldaña Fraire
(PRD)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias de la Cámara de Diputados. |
Considerar como materia de proposiciones con punto de
acuerdo, las solicitudes de información a una dependencia gubernamental. |
9 |
Que adiciona el artículo 53 a la Ley Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
30 de junio de 2015. |
Sen.
Ángel Benjamín Robles Montoya
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de
Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores. |
Adicionar como objeto de responsabilidad administrativa y
penal, el retraso en la entrega de los recursos correspondientes a las
aportaciones federales por parte de las dependencias y las entidades de
la administración pública federal a los estados, los municipios y el
Distrito Federal, siempre que dicho retraso no sea por causas ajenas a
los servidores públicos correspondientes. |