No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el inciso a) del artículo 18 de la Ley sobre
el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Congreso del estado de Chihuahua |
Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados. |
Prever que
el 21 de junio deberá izarse la Bandera Nacional, en conmemoración del
Aniversario del Combate de El Carrizal, triunfo del Ejército Mexicano
sobre las fuerzas invasoras de los Estados Unidos de América en 1916. |
2 |
Que adiciona el artículo 620 de la Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Dip.
Alejandro Rangel Segovia
(PRI) |
Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de
Diputados. |
Establecer que
el personal jurídico de las Juntas Especiales que lleven a cabo
audiencias, sin ser Presidente o Auxiliar, será sancionado con
amonestación o suspensión del cargo hasta por 3 meses. |
3 |
Que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley
de Migración.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Diputadas
Lorenia Iveth Valles Sampedro, y Aleida Alavez Ruíz
(PRD) |
Comisión de Asuntos Migratorios de la Cámara de
Diputados. |
Adecuar el marco
jurídico vigente para incorporar la movilidad humana y la
interculturalidad. Cambiar en consecuencia la denominación de la Ley de
Migración por el de Ley de Migración, Movilidad Humana e
Interculturalidad. |
4 |
Que adicionan diversas disposiciones a la Ley General de
Protección Civil.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Dip.
Patricia Lugo Barriga
(PAN) |
Comisión de Protección Civil de la Cámara de Diputados |
Crear el
Sistema
Vulcanológico, como la institución técnica-científica adscrita al Centro
Nacional de Prevención de Desastres, encargado de procesar información
derivada de una red de vigilancia volcánica, así como de determinar la
peligrosidad de eventos en materia volcánica, en coordinación con el
Servicio Sismológico Nacional. |
5 |
Que reforma el artículo 52 y adiciona un artículo 52 Bis
a la Ley de Aviación Civil.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Dip.
Adriana Fuentes Téllez
(PRI)* |
Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados. |
Prohibir la
expedición de boletos en exceso a la capacidad disponible de la
aeronave. |
6 |
Que abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental y expide la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Senadores
Pablo Escudero Morales y María Cristina Díaz Salazar
(PRI)* |
Comisiones Unidas de Anticorrupción y Participación
Ciudadana, de Gobernación, y de Estudios Legislativos, Segunda, de la
Cámara de Senadores. |
Abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública. |
7 |
Que reforma la fracción XXIV del artículo 13 de la Ley de
Petróleos Mexicanos.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Dip.
María Sanjuana Cerda Franco
(NA)* |
Comisión de Energía de la Cámara de Diputados |
Facultar al
Consejo de Administración para
evaluar, modificar y
en su caso aprobar
a propuesta del Director, las alianzas y asociaciones en las que
participará Pemex. |
8 |
Que reforma el artículo 79 de la Ley de Amparo,
Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Dip.
Federico José González Luna Bueno
(PVEM)* |
Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. |
Adicionar que la autoridad que conozca del juicio de
amparo, deberá de cubrir la deficiencia de la queja en favor de las
personas que reclamen derechos en materia ambiental y de protección al
medio ambiente. |
9 |
Que se reforma el párrafo segundo de la fracción II del artículo 5 de
la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Dip.
Federico José González Luna Bueno
(PVEM)* |
Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. |
Establecer que cuando se trate de laudos arbitrales y de
actos dentro de tales procedimientos arbitrales, sólo procederá el
juicio de amparo contra la ejecución judicial del laudo. |
10 |
Que reforma el artículo 59 del Código Federal de
Procedimientos Civiles.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Considerar como medidas de apremio, la fractura de
cerraduras, arresto hasta por treinta y seis horas, y multa del 2% al 5%
de la suerte principal condenada en juicio, para el caso de que alguien
se oponga al cumplimiento de una ejecutoria firme. |
11 |
Que adiciona un párrafo tercero al artículo 1 de la Ley
Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Establecer que la responsabilidad patrimonial del Estado
no comprenderá la función materialmente jurisdiccional ejercida por los
órganos jurisdiccionales encargados de impartir justicia al tramitar y
resolver los asuntos sometidos a su conocimiento, salvo que se acredite
dolo o culpa inexcusable de la autoridad judicial. |
12 |
Que reforma el artículo 129 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los
artículos 103 y 107 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Considerar como perjuicios al interés social o que
contravienen disposiciones de orden público en caso de concederse la
suspensión del acto reclamado, cuando se produzca daño al medio
ambiente, se altere el equilibrio ecológico, se permita la contratación
pública con personas inhabilitadas o se impida o retrase la ejecución de
obras de públicas de infraestructura. |
13
|
Que reforma diversos artículos de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, por el que se crea el Tribunal Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
29 de julio de 2015. |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados |
Establecer el Tribunal Constitucional de los Estados
Unidos Mexicanos como un órgano encargado de la constitucionalidad que
funcionaría en Pleno y en Salas. Su competencia y atribuciones (resolver
en forma inatacable la revisión de la constitucionalidad y validez de
los decretos expedidos por el Ejecutivo Federal sobre restricción y
suspensión de derechos y garantías, así como la revocación de los mismos
en caso de violaciones graves a derechos humanos; la constitucionalidad
de las materias de las consultas populares; las controversias sobre
límites territoriales entre las entidades federativas; recibir la
protesta del Presidente de la República; resolver sobre consultas de
constitucionalidad que le planteen los Poderes de la Unión, los Poderes
de las Entidades Federativas y los órganos constitucionales autónomos;
sustanciar y decidir sobre los procesos
de controversia constitucional y acción de
inconstitucionalidad ; resolver amparos en revisión contra leyes en
materia tributaria, seguridad nacional, seguridad pública, fuerzas
armadas y sobre la conformidad de tratados internacionales con esta
Constitución; atraer cualquier asunto del ámbito federal o local y
resolver en forma definitiva e inatacable los mismos, siempre que la
atracción sea adoptada en forma unánime y sea necesario para fijar un
criterio de constitucionalidad de relevancia e interés general, y llamar
a cuentas a cualquier autoridad, con excepción del Ejecutivo Federal por
irregularidades graves y comprobadas que haya determinado la Auditoria
Superior de la Federación, procediendo en su caso a su destitución).
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