Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.   COMUNICACIÓN

 

De C. Senador.

 

2.   OFICIOS

 

a) De la Secretaría de Relaciones Exteriores.

 

b) Del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia.

 

c) De la Secretaría de Economía.

 

d) De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

 

e) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 

f) Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

g) Del Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

h) Del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

 

i) Del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

 

3.   MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

 

a) De reincorporación.

 

b) De solicitud de licencia.

 

4.   INICIATIVAS

 

5.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con puntos de acuerdo.

 

6.   DICTÁMENES NEGATIVOS.

 

De proposiciones con puntos de acuerdo.

 

7.   PROPOSICIONES

 

8.   EXCITATIVAS

 

a) Para dictaminar iniciativa.

 

b) Para dictaminar proposiciones con puntos de acuerdo.

 

9.   EFEMÉRIDES

 

10. AGENDA POLÍTICA

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Comisión Permanente Del Segundo

Receso Del Tercer Año De Ejercicio

 

 

Sesión 14

   

 

 

 

4.    INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona una fracción X al artículo 3º de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Javier Filiberto Guevara González

(PRI)

 

A nombre propio y del Dip. Roberto Ruíz Moronatti

 (PRI)

Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados.

Incluir dentro de los principios a que se sujeta la política de desarrollo social el de subsidiariedad y definirlo como intervención del nivel de gobierno más cercano al destinatario de los programas de desarrollo social, bajo el supuesto de que es el criterio más funcional y racional para el ejercicio de la acción misma, siempre que se garantice que la intervención no representa un riesgo para las competencias de los demás niveles de gobierno.

2

Que reforma la fracción IX del apartado B del artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción VI del artículo 3 de la Ley de la Comisión Nacional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Esther Quintana Salinas

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Obligar a los tres órdenes de gobierno a consultar a los pueblos indígenas cada vez que inicien leyes o decretos que impacten significativamente sus condiciones de vida y su entorno.

3

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Fernando Belaunzarán Méndez

(PRD)

Comisión de Salud de la Cámara de Diputados.

Considerar como posibilidad a los enfermos en situación terminal, optar por el procedimiento de eutanasia cuando el sufrimiento sea insoportable. Adicionar el concepto de “eutanasia” entendido como el acto médico por medio del cual se pone fin a la vida de una persona debido a que padece alguna enfermedad terminal o condición patológica incurable. Adicionar derechos de los enfermos terminales.

4

Que reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Danner González Rodríguez

(MC)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Señalar que el Presidente de la República podrá disponer de las fuerzas armadas para preservar la seguridad nacional. Eliminar del texto constitucional “para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”, en relación al uso del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

5

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación, en materia de educación normal.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

María Sanjuana Cerda Franco

(NA)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados.

Otorgar, a la educación normal y a la formación de maestros, mediante la reforma y adición a la Ley General de Educación, el reconocimiento jurídico y las bases normativas para dotar a dichas instituciones de la organización administrativa y el soporte académico necesario como Instituciones de Educación Superior.

6

Que reforma el artículo 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales en materia de perspectiva de Género.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Sen.

Diva Hadamira Gastélum Bajo

(PRI)*

Comisiones Unidas de Justicia, y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores.

Observar los protocolos especializados con perspectiva de género para los delitos que impliquen violencia contra las mujeres.

7

Que reforma el artículo 5° de la Ley Agraria.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Sen.

Ángel Benjamín Robles Montoya

(PRD)*

Comisiones Unidas de Reforma Agraria, y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores.

Incorporar el principio del desarrollo rural sustentable para fomentar el cuidado y conservación de los recursos naturales y promover su aprovechamiento racional y sostenido; propiciar el mejoramiento de las condiciones de producción promoviendo o participando en obras de infraestructura e inversiones para aprovechar el potencial y aptitud de las tierras en beneficio de los pobladores y trabajadores del campo.

8

Que adiciona un artículo 68 bis y se modifica la fracción IV del artículo 148, ambos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Antonio Cuéllar Steffan

(PVEM)*

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados.

Prohibir a los distribuidores y comercializadores de videojuegos, vender o poner a disposición de niños, niñas y adolescentes aquellos juegos clasificados para adultos, o con contenido que promueva la violencia o afecte el desarrollo integral de niñas, niños o adolescentes; se les impondrá multa de hasta mil quinientos días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

9

Que adiciona el Capítulo III Bis al Título Séptimo de la Ley General de Salud, en materia de cirugía bariátrica.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Sens.

María Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Hilda Esthela Flores Escalera, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Juana Leticia Herrera Ale, Itzel Sarahí Ríos de la Mora (PRI) y María Elena Barrera Tapia (PVEM)*

Comisiones Unidas de Salud, y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores.

Adicionar un capítulo denominado Atención a la Obesidad así como establecer un programa integral y específico para fortalecer el tratamiento de la obesidad mórbida a través de la cirugía bariátrica.

10

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, y deroga un artículo de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII Bis del Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Miguel Alonso Raya

(PRD)*

Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados.

Eliminar la prohibición de constituir más de un sindicato en cada dependencia pública. Eliminar el Sindicato de Trabajadores al Servicio del Estado como federación única, reconocida por ley para que los sindicatos de trabajadores públicos se coaliguen. Establecer las facultades de los sindicatos en materia de democracia, transparencia y rendición de cuentas.

11

Que reforma los artículos 13 y 14 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Antonio Cuéllar Steffan

(PVEM)*

 

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

Establecer la posibilidad de que las demandas tramitadas en la vía ordinaria puedan ser sustanciadas y resueltas en el mismo plazo que en la vía sumaria, siempre y cuando la presentación de la demanda se realice dentro de los primeros quince días y así lo solicite el promovente.

12

Que expide la Ley General sobre los Derechos y Obligaciones en materia de Pensión Alimenticia.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Martha Lucía Mícher Camarena (PRD)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de establecer y regular los derechos de las personas beneficiarias de la pensión alimenticia. Establecer y regular al derecho de recibir y las obligaciones de las personas de dar prestación alimentaria derivada de las relaciones por parentesco consanguíneo, afinidad y civil. Prever los criterios generales que deberán observarse en los procedimientos para aplicar e interpretar las normas en materia de pensión alimenticia. Implementar una Base de Datos Nacional de Personas Obligadas a proporcionar la Pensión Alimenticia. La Federación y las Entidades Federativas, en el ámbito de su competencia, deberán expedir las disposiciones legales y tomarán las medidas administrativas necesarias para dar cumplimiento a esta Ley.

13

Que adiciona y reforma los artículos 132 y 170 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dips.

Roxana Luna Porquillo y Graciela Saldaña Fraire

(PRD)*

Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados.

Obligar al patrón a otorgar licencia de diez días para los hombres que por consanguinidad o adopción demuestren legalmente su paternidad, posteriores a la adopción o al parto, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. Incrementar el descanso de seis a siete semanas posteriores al parto.

14

Que adiciona un párrafo décimo tercero al artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

8 de julio de 2015.

Dip.

Luis Armando Córdova Díaz (PRI)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Establecer que toda persona tiene derecho a la protección y a la de su entorno ante hechos provocados por fenómenos naturales o antropogénicos, a través de la gestión integral de riesgos y el fomento de la capacidad de adaptación, auxilio y restablecimiento en la población.

 

* Sin intervención en Tribuna.

 

 

 

 

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