Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.   COMUNICACIONES

 

De CC. Senadoras

 

2.   OFICIOS

 

a) De la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

 

b) De la Secretaría de Economía

 

c) Del Servicio de Administración Tributaria

 

d) Del Instituto Federal de Telecomunicaciones

 

e) De la Comisión Federal de Competencia Económica

 

f) De la Comisión de Administración de la Cámara De Senadores

 

3.   OFICIO CON ACUERDO

 

4.   MOVIMIENTO DE C. SENADOR

 

De solicitud de licencia

 

5.   INICIATIVAS

 

6.   PROYECTO DE DECRETO A DISCUSIÓN

 

7.   PROPOSICIONES

 

8.   AGENDA POLÍTICA

 

9.   EFEMÉRIDE

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

COMISIÓN PERMANENTE - SEGUNDO RECESO DEL

SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

 Sesión 13

   

 

 

6.     PROYECTO DE DECRETO A DISCUSIÓN

No.

PROYECTO DE DECRETO

TRÁMITE

1

Decreto por el que la Comisión Permanente convoca a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a celebrar un periodo de sesiones extraordinarias.

 

Proceso:

Oficio de la Junta de Coordinación Política Cámara de Diputados recibido el 23 de julio de 2014. (LXII Legislatura)

 

Decreto:

ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 67 y 78, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, que funciona durante el Receso del Segundo Año del Ejercicio de la LXII Legislatura, convoca a la Cámara de Diputados a celebre un Periodo de Sesiones Extraordinarias.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las Sesiones Extraordinarias a que se refiere el presente decreto se realizarán a partir del lunes 28 de julio de 2014, la apertura de las mismas se efectuará a las 11:00 horas del mismo día.

ARTÍCULO TERCERO.- Durante las Sesiones Extraordinarias la Cámara de Diputados se ocupará de los siguientes asuntos.

1. Dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Hidrocarburos y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Inversión Extranjera, Ley Minera y Ley de Asociaciones Público Privadas.

2. Dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Industria Eléctrica y la Ley de Energía Geotérmica, y se adiciona y reformar diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

3. Dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Petróleos Mexicanos y la Ley de Comisión Federal de Electricidad y se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Entidades Paraestatales, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relaciones con las Mismas.

4. Dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Órganos Reguladores, coordinados en materia energética, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y se expide la Ley de Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

5. Dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos de la Ley de Coordinación Fiscal.

6. Dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que expide el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.

7. Dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y de la Ley General de Deuda Pública.

8. Acuerdo de los órganos de gobierno.

ARTÍCULO CUARTO.- Los proyectos de decreto a que se refiere el artículo tercero del presente decreto, están sujetos al procedimiento y previsiones del artículo 72 constitucional. Por lo que en el caso de que sean devueltos por la Cámara de Senadores, la Mesa Directiva dictará de inmediato los turnos correspondientes para su trámite legislativo a fin de que se desahoguen durante las Sesiones Extraordinarias.

ARTÍCULO QUINTO.- El presidente de la Cámara de Diputados convocará a las sesiones en las fechas que sean necesarias y en el recinto que defina para tal efecto, a fin de atender a los asuntos previstos en los artículos segundo y tercero del presente decreto.

ARTÍCULO SEXTO.- La Cámara de Diputados realizará correspondiente clausura de las Sesiones Extraordinarias, una vez que tenga conocimiento de lo resuelto de los proyectos de decreto, motivo de esta convocatoria, en términos de lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- Conforme a lo dispuesto en el artículo VI del presente decreto, la declaratoria de clausura podrá realizarse mediante notificación del presidente de la Mesa Directiva a las y los diputados federales.

ARTÍCULO OCTAVO.- De conformidad con el artículo 72, inciso J) párrafo último de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publíquese el presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

 

Intervenciones:

 

Para hablar en contra:

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Para hablar en pro:

Dip. Juan Pablo Adame Alemán (PAN)

Dip. Lilia Aguilar Gil (PT)

Dip. Leobardo Alcalá Padilla (PRI)

 

Sen. Silvia Guadalupe Garza Galván (PAN)

 

Sen. Jorge Luis Lavalle Maury (PAN)

 

Sen. Héctor Larios Córdova (PAN)

 

Sen. David Penchyna Grub (PRI)

 

 

Para fijar su posición:

Dip. Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)

Para rectificación de hechos:

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Dip. Fernando Zárate Salgado (PRD)

Sen. Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (PRD)

Dip. Alliet Mariana Bautista Bravo (PRD)

 

Sen. Dolores Padierna Luna (PRD)

 

a)  En votación económica se autorizó someterlo a discusión.

b)  Aprobado en lo general y lo particular por 25 votos en pro, 3 en contra y 6 abstenciones.

c)  El Presidente realizó la convocatoria respectiva.

d)  Comuníquese a la a la Cámara de Diputados.

e)  Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

 

 

 

 

Nota: A petición de la Dip. Alliet Mariana Bautista Bravo (PRD), la Presidencia de la Mesa Directiva solicitó guardar un minuto de silencio en memoria del niño José Luis Tehuatle Tamayo, quien lamentablemente falleciera por los hechos acaecidos el 18 de julio de 2014 en el Estado de Puebla.

 

 

    Regresar