No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 49 de la Ley del Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Publicación en GP:
Anexo I.
28 de abril de 2015. |
Congreso del Estado
de Jalisco. |
Comisión de
Vivienda, para dictamen. |
Establecer que la autorización del Infonavit al deudor
para enajenar, permutar o gravar la vivienda, no podrá concederse sino
pasados tres años después de haber adquirido el crédito. |
2 |
Que reforma el artículo 16 de la Ley sobre el Escudo,
la Bandera y el Himno Nacionales.
Publicación en GP:
Anexo I.
28 de abril de 2015. |
Comisión de
Gobernación, para dictamen. |
Agregar a los edificios en los que la Bandera Nacional
será izada diariamente, la sede de los poderes de los estados y el
Distrito Federal, ayuntamientos y delegaciones, y en todo edificio
público que se encuentre dentro del territorio nacional. |
3 |
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dips.
Juan Pablo Adame
Alemán, Marcelo de Jesús Torres Cofiño y Homero Ricardo Niño de Rivera
Vela
(PAN)* |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Modificar el nombre de la Comisión Ordinaria de “Ciencia
y Tecnología” por el de “Ciencia, Tecnología e Innovación”. |
4 |
Que reforma el artículo 8 de la Ley del Impuesto
Especial sobre Producción y Servicios.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Marcelo de Jesús
Torres Cofiño
(PAN)* |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Incluir los productos lácteos y productos lácteos
combinados, en la lista de productos exentos del pago del impuesto. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra (PAN)* |
Comisión de
Gobernación, para dictamen. |
Generar convocatorias con más amplio alcance. Prever
mayor precisión en los sitios donde debe difundirse la convocatoria.
Establecer la posibilidad de que candidatos independientes de una misma
demarcación, puedan funcionar considerando como comunes, algunos de los
requisitos. Ampliar la información del candidato. Fiscalizar los gastos
de campaña por todos los entes facultados para ello. Informar al
ciudadano, cuáles fueron las inconsistencias u omisiones cometidas por
las cuales no le fue autoriza su candidatura independiente. Impugnar la
resolución. Considerar válidas las firmas de apoyo ciudadano, cuando una
misma persona presente más de una manifestación, tratándose de
candidaturas a diferentes para cargos de elección popular. |
6 |
Que reforma los artículos 51 y 54 de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra (PAN)* |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Incluir en los servicios que deberá proporcionar la
Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros, los servicios de
Informática que permita a los ciudadanos interactuar con la estructura
legislativa, así como establecer coordinación con la Coordinación de
Comunicación Social para lograr los objetivos de máxima publicidad. |
7 |
Que reforma los artículos 23 y 67 de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra (PAN)* |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Considerar como atribución de los presidentes de las
mesas directivas de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores,
realizar actividades relativas a la consulta popular en términos
previstos por la Constitución y la ley en la materia. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra (PAN)* |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Impulsar una cultura de representación y lograr una
conexión directa en prácticas de ampliación democrática permitiendo la
colaboración activa y constructiva de los ciudadanos mediante los medios
electrónicos al alcance de la Cámara de Diputados. Utilizar esos medios
electrónicos para transparentar la información de la Cámara de Diputados
y revelar en forma cotidiana la información necesaria para proteger la
institución y sus componentes de los conflictos de interés y violaciones
éticas, incluyendo la información relativa acerca de las interacciones
de los miembros con los grupos de interés y grupos de presión. |
9 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de iniciativa
ciudadana.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra (PAN)* |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, dictamen. |
Incluir el concepto de “Iniciativa ciudadana”. Detallar
el turno para efectos de opinión de otra comisión distinta a la cual fue
enviado el proyecto. Establecer el procedimiento para presentar
reservas. Prever el plazo para dictaminar. Establecer los trámites que
recibirán los proyectos de iniciativas de carácter ciudadano. |
10 |
Que reforma el artículo 34 de la Ley General de Cambio
Climático.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dips.
Juan Pablo Adame
Alemán y Homero Ricardo Niño de Rivera Vela
(PAN)* |
Comisión de Cambio
Climático, para dictamen. |
Establecer que para la inversión en la reducción de
emisiones contaminantes en el sector transporte, se deberá considerar el
porcentaje de población que utiliza medios de transportes públicos en
comparación a la que utiliza automóvil particular, manteniendo en
calidad de preferente la inversión en infraestructura que aumente la
movilidad pública y privada no contaminante. |
11 |
Que reforma los artículos 2o., 3o., 30 y 31 de la Ley
Federal de Turismo.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Gabriela Medrano
Galindo
(PVEM)* |
Comisión de
Turismo, para dictamen. |
Incluir la actividad turística sustentable, entendida
como el turismo que responde a las necesidades de los turistas y de las
regiones anfitrionas presentes. |
12 |
Que reforma el artículo 123 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo V.
10 de febrero de 2015. |
Dip.
Claudia Elizabeth
Bojórquez Javier
(PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Denominar a los salarios mínimos que deberán disfrutar
los trabajadores, “salario mínimo nacional”, que deberá regir en todo el
país. |
13 |
Que reforma el artículo 52 de la
Ley de Aviación Civil.
Publicación en GP:
Anexo VI.
03 de febrero de 2015. |
Dip.
Claudia Elizabeth
Bojórquez Javier
(PRD)* |
Comisión de
Transportes, para dictamen. |
Indemnizar a los usuarios afectados en el servicio de
aviación civil en caso de que la empresa tenga la responsabilidad, con
una cuota establecida por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. |
14 |
Que reforma el artículo 1o. de la
Ley Agraria.
Publicación en GP:
Anexo VI.
03 de febrero de 2015. |
Dip.
José Antonio León
Mendívil
(PRD)* |
Comisión de Reforma
Agraria, para dictamen. |
Establecer que los derechos y garantías sociales agrarias
que establece la Ley se aplicarán, en todo momento, de conformidad con
los principios consagrados en el artículo 1o. constitucional, por lo que
todas las autoridades deberán observarlos en el ámbito de sus
respectivas competencias. |
15 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VI.
03 de febrero de 2015. |
Dip.
Fernando
Belaunzarán Méndez
(PRD)* |
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen. |
Precisar que la ley determinará los mecanismos para
conformar las listas regionales para la elección de diputados y
senadores por el principio de representación proporcional. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las
Leyes Federal del Trabajo; Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del
Artículo 123 Constitucional; y General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo VI.
05 de febrero de 2015. |
Dip.
María del Socorro
Ceseñas Chapa
(PRD)* |
Comisiones Unidas
de Trabajo y Previsión Social, y de Salud, para dictamen. |
En la Ley General del Trabajo:
Establecer reglas genéricas para regular y proteger a los enfermeros y
enfermeras como trabajadores especiales, con derecho a
profesionalización, salario mínimo, jornada apropiada, descansos y
alimentación adecuados, retribución por prácticas de riesgo, estabilidad
laboral , señalar sus obligaciones especiales.
En la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del
Artículo 123 Constitucional: Asentar que los y las enfermeras, y los
trabajadores sociales y terapeutas rehabilitadores físicos, se regirán
de conformidad con el capítulo XV Bis de la Ley Federal del Trabajo de
aplicación supletoria.
En la Ley General de Salud:
Señalar que los prestadores de servicios de salud, de los sectores
público, social y privado, están obligados, a reconocer la
profesionalización de las y los trabajadores de enfermería, trabajo
social y terapeutas rehabilitadores, debiendo crear los puestos o plazas
necesarias y llevar a cabo la retabulación salarial correspondiente.
Determinar que no se podrá excluir a ningún trabajador o grupo de
trabajadores de estos beneficios, por lo que bastará que el trabajador
obtenga conforme a derecho el título y cédula profesional respectivos,
prescribir que cualquier disposición en contrario será nula de pleno
derecho y estatuir que los prestadores de servicios de salud deberán
apoyar la profesionalización de las y los trabajadores. |
17 |
Que reforma el artículo 23 de la Ley para regular las
Sociedades de Información Crediticia
Publicación en GP:
Anexo V.
10 de febrero de 2015. |
Dip.
Guillermo Sánchez
Torres
(PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Disminuir de 72 a 36 meses, el tiempo que deben guardar
los historiales crediticios las sociedades de información crediticia,
para el caso de personas que paguen sus adeudos. |
18 |
Que reforma el artículo 151 de la
Ley del Seguro Social.
Publicación en GP:
Anexo VII
17 de febrero de 2015. |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra
(PAN)*
|
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de
Seguridad Social, para dictamen. |
Establecer que todo aquel asegurado que cumpla con los
requisitos necesarios para hacerse acreedor a una pensión, no se vea
obligado por el marco jurídico y desde luego por la propia autoridad a
reingresar al régimen obligatorio para conservar sus derechos, sino que
baste únicamente con que solicite su pensión y que una vez satisfechos
todos los requisitos necesarios, como las semanas de cotización y la
edad, entre otros; ésta se trámite de inmediato. |
19 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del
Código de Comercio.
Publicación en GP:
Anexo VII
17 de febrero de 2015. |
Dip.
Alejandro Sánchez
Camacho
(PRD)* |
Comisión de Economía, para dictamen. |
Considerar como acto de comercio, a las empresas de mutuo
interés con garantía prendaria. Adicionar un capítulo denominado “De los
Préstamos de Mutuo Interés con Garantía Prendaria” por el cual se regula
dicha acto de comercio. |
20 |
Que deroga los artículos 215-A a 215-D del Código
Penal Federal; y expide la Ley General para la Prevención,
Búsqueda, Investigación y Sanción de Desaparición Forzada de Personas.
Publicación en GP:
Anexo III.
19 de febrero de 2015. |
Dip.
Alejandro Carbajal
González
(PRD)* |
Comisión de
Justicia, para dictamen, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para
opinión. |
Suprimir del Código Penal Federal el delito de
#desaparición forzada de personas”. Crear el ordenamiento jurídico “Ley
General para La Prevención, Búsqueda, Investigación y Sanción de
Desaparición Forzada de Personas” con el objeto de prevenir la
desaparición forzada de personas en el Estado mexicano y sancionar a los
autores, cómplices y encubridores. Constituir el Registro Nacional de
Personas Desparecidas de forma Forzada y de Identificación Genética de
Restos Humanos, en el que se incluirán los datos de identificación de
las personas desaparecidas en el territorio nacional, así como los datos
de inhumación y exhumación de cadáveres de personas no identificadas. |
21 |
Que reforma los artículos 119 a 121 y 163 de la Ley
General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Publicación en GP:
Anexo IV.
24 de febrero de 2015 |
Dip.
Delfina Elizabeth
Guzmán Díaz
(PRD)* |
Comisión de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen |
Establecer plazo de 8 días hábiles para que la Comisión
Nacional Forestal difunda las medidas de prevención y manejo de plagas y
enfermedades. |
22 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV.
24 de febrero de 2015 |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra
(PAN)* |
Comisión
Gobernación, para dictamen. |
Establecer que esta Ley es coadyuvante del Plan Nacional
de Desarrollo y de determinado programas secundarios. Reemplazar a los
Comités Técnicos de Profesionalización y Selección por la Agencia de
Reclutamiento del Servicio Profesional de Carrera. Establecer que el
ingreso al Servicio Profesional de Carrera será a través de concursos de
oposición para ocupar las plazas del primer nivel. |
23 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Orgánica del Congreso General de los
Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
24 de febrero de 2015 |
Dip.
Carlos Fernando
Angulo Parra
(PAN)*
y suscrita por
integrantes de diversos Grupos Parlamentarios. |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Incrementar el personal con que deben contar las
Comisiones Ordinarias para el desempeño de sus tareas. |
24 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos.
Publicación en GP:
Anexo V
03 de marzo de 2015. |
Dip.
Roxana Luna
Porquillo
(PRD)* |
Comisión de
Derechos Humanos, para dictamen. |
Considerar el uso de lenguaje de género. |
25 |
Que reforma el artículo 102 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo V
03 de marzo de 2015. |
Dip.
Roxana Luna
Porquillo
(PRD)* |
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen. |
Considerar el uso del lenguaje de género. |
26 |
Que reforma el artículo 2o. de la
Ley de Vivienda.
Publicación en GP:
Anexo V
03 de marzo de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisión de
Vivienda, para dictamen. |
Establecer dentro de las condiciones para considerar una
vivienda como digna, que mida cuando menos de 36 metros cuadrados de
construcción. |
27 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
24 de marzo de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisión de
Justicia, para dictamen. |
Establecer como una conducta punible, sancionable con
prisión de tres a cinco años de prisión, sin perjuicio de las penas
correspondientes a los delitos que en su caso sean cometidos con el
comercio, distribución, exposición, circulación, oferta, manipulación,
regalo o publicación de documentos, escritos, grabaciones, filmes,
fotografías, imágenes, objetos o contenidos de índole sexual a través de
algún dispositivo digital, red social, internet, teléfono, computadora,
dispositivo electrónico o de cualquier otra tecnología de la información
y la comunicación, sin el consentimiento de su autor quien los origina o
de la persona cuya imagen se reproduzca que y con la finalidad de
difamar, ridiculizar, someter, subyugar, humillar, excluir, extorsionar
o agredir. Asentar como una conducta ilegal sancionable con prisión de
tres a cinco años de prisión, sin perjuicio de las penas
correspondientes a los delitos en su caso sean cometidos el contactar
con un menor de quince años y proponerle concertar un encuentro a través
de algún dispositivo digital, red social, Internet, teléfono,
computadora, dispositivo electrónico o de cualquier otra tecnología de
la información y la comunicación, con el fin de cometer cualquiera de
los delitos de hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación,
siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al
acercamiento físico. Señalar el incremento de la pena hasta en una
mitad, cuando el acercamiento se obtenga mediante la coacción, la
intimidación o el engaño. |
28 |
Que reforma el artículo 243 del Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV.
26 de marzo de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisión de
Justicia, para dictamen. |
Incrementar hasta en un cincuenta por ciento, la sanción
correspondiente al delito de falsificación tratándose de un título o
cédula profesional. |
29 |
Que reforma el artículo 36 del Código Civil Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV.
26 de marzo de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisión de
Justicia, para dictamen. |
Establecer que las inscripciones que
se hagan en actas de nacimiento, reconocimiento de hijos, adopción,
matrimonio, divorcio administrativo y muerte de los mexicanos y
extranjeros residentes en los perímetros de las Delegaciones del
Distrito Federal, se harán mecanográficamente, por triplicado y serán
asentadas en idioma español. Señalar que en los casos de personas que
pertenezcan a pueblos indígenas nacionales, las actas deberán extenderse
cuando medie petición expresa de parte, en la lengua indígena de la que
sea hablante el solicitante, preservando en todo momento los nombres,
apellidos ancestrales y tradicionales, conforme a sus sistemas
normativos y que no contravengan las disposiciones legales ni las buenas
costumbres. Indicar que para efectos del párrafo anterior, el Registro
Civil deberá auxiliarse del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para
la traducción de la lengua de que se trate. Asentar que el Registro
Civil además deberá expedir sin costo alguno, la primera acta en la
lengua indígena según sea el caso, siempre y cuando exista petición
expresa de parte interesada, debiendo dejar constancia legal para la
expedición de las subsecuentes actas. |
30 |
Que reforma el artículo 123 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
26 de marzo de 2015. |
Dip.
Roberto Cabrera
Solís y Roxana Luna Porquillo
(PRD)* |
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen. |
Incrementar el descanso pre y post parto de las
trabajadores al servicio del capital privado de seis a siete semanas.
Establecer una licencia por paternidad a los hombres que por
consanguinidad o adopción demuestren legalmente su paternidad,
consistente en 10 días posteriores a la adopción o al parto, debiendo
percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que
hubieren adquirido por la relación de trabajo. |
31 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley del Seguro Social.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
07 de abril de 2015. |
Dip.
Abraham Correa
Acevedo
(PRD)*
Suscrita por
integrantes de diversos grupos parlamentarios. |
Comisiones Unidas
de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social, para dictamen. |
Crear un sistema de estancias temporales para adultos
mayores como prestación y beneficio para los trabajadores
derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social, que brinde a
cuidado y atención a los padres adultos mayores mientras los familiares
se encuentren laborando. |
32 |
Que reforma el artículo 33 de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
07 de abril de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Atribuir a las autoridades educativas en el ámbito de sus
respectivas competencias, para impulsar programas que incentiven la
inclusión en todos los niveles del sistema educativo nacional, la
accesibilidad en las instalaciones educativas y la disposición de
materiales para brindar una educación de calidad a personas con
discapacidad. |
33 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio, y del Código Federal de Procedimientos
Civiles.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
07 de abril de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisiones Unidas
de Economía, y de Justicia, para dictamen. |
Incluir dentro de los circunstancias para la caducidad de
la instancia en materia mercantil, la promoción que da impulso al
procedimiento, entendida como aquella que hagan valer las partes para
continuar con las diversas etapas procesales de los juicios y que
busquen obtener la sentencia definitiva, y no así las que únicamente
sean resoluciones de mero trámite. |
34 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley Federal del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo VI.
14 de abril de 2015. |
Dip.
Delfina Elizabeth
Guzmán Díaz
(PRD)* |
Comisión de Trabajo
y Previsión Social, para dictamen. |
Prever la clasificación de las y los trabajadores
domésticos. Establecer que la trabajadora y el trabajador del planta,
una vez cumplida su jornada laboral legal, podrán disfrutar de las horas
restantes de cada día, de acuerdo con sus intereses. Prever las
prohibiciones de los patrones, respecto de las y los trabajadores
domésticos. |
35 |
De Decreto, para el rescate de los restos mortales de 63
trabajadores fallecidos en la mina Pasta de Conchos por la explosión
ocurrida el 19 de febrero de 2006.
Publicación en GP:
Anexo VIII.
07 de abril de 2015. |
Dip.
Eduardo Enrique
Domínguez Maganda
(PRD)* |
Comisión de
Protección Civil, para dictamen. |
Rescatar los restos mortales de 63 trabajadores
fallecidos en la mina Pasta de Conchos por la explosión ocurrida el 19
de febrero de 2006. |
36 |
Que reforma el artículo 42 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal.
Publicación en GP:
Anexo VI.
09 de abril de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)*
|
Comisión del
Distrito Federal, para dictamen. |
Facultar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
para legislar en materia de movilidad. |
37 |
Que expide la Ley sobre el Uso
Legítimo de la Fuerza por los Servidores Públicos Encargados de hacer
cumplir la Ley del Estado Mexicano.
Publicación en GP:
Anexo VIII
16 de abril de 2015. |
Dip.
Lizbeth Eugenia
Rosas Montero
(PRD)* |
Comisión de
Gobernación, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de
establecer las directrices que deberán aplicar todos los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley, ya sean nombrados o elegidos, que
ejercen funciones de policía, especialmente las facultades de arresto o
detención. |
38 |
Que reforma el artículo 7º de la
Ley General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo VIII
16 de abril de 2015. |
Dip.
Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisión de
Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Prever que la educación que imparta
el Estado promueva una cultura de no discriminación. |
39 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de abril de 2015. |
Dip.
Julisa Mejía
Guardado
(PRD)* |
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen. |
Otorgar y regular como derecho del ciudadano, votar en la
revocación de mandato de los representantes electos por voto directo.
Adicionar como voluntad del pueblo mexicano constituirse en una
República participativa y deliberativa. Facultar al INE para organizar
la consulta de revocación de mandato y al Congreso de la Unión para
legislar sobre revocación de mandato. Establecer que las constituciones
de los estados deberán considerar la revocación de mandato. |
40 |
Que reforma los artículos 64 y 65 del Reglamento de la
Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo VII.
21 de abril de 2015. |
Dip.
Graciela Saldaña
Fraire
(PRD)* |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Establecer que la Mesa Directiva de la Cámara de
Diputados podrá incluir en el orden del día de la sesión, proyectos de
ley o decreto u otros asuntos que considere prioritarios una vez
publicado el orden del día en la Gaceta y antes del inicio de la sesión.
Señalar que durante el desarrollo de la misma también podrá hacerlo,
previa aprobación del pleno. Asentar que durante el desarrollo de la
sesión se podrán agregar en el orden del día otros asuntos a solicitud
de los grupos parlamentarios, si el pleno lo aprueba por mayoría de
votos de los asistentes. Indicar que previamente al desahogo del asunto
de que se trata, los documentos relativos se distribuirán entre los
diputados en la misma sesión. Estatuir que el orden del día, sólo se
podrá modificar a propuesta de la Mesa Directiva y la Junta y que la
solicitud será expuesta por el presidente. Acto seguido, la secretaría
consultará, en votación económica a la Asamblea, si es de aprobarse. |
41 |
Que reforma la fracción I del
artículo 326 de la Ley de Concursos Mercantiles y se reforma el
artículo 247 Bis del Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo VII
23 de abril de 2015. |
Dip. Karen Quiroga
Anguiano
(PRD)* |
Comisión de
Justicia, para dictamen. |
En la Ley de Concursos Mercantiles:
Incluir dentro de los requisitos para ser registrado como visitador,
conciliador o síndico, el de ser licenciado en derecho, en
administración, en contabilidad o cualquier otra licenciatura o grado
similar a dichas materias
En el Código Penal Federal:
Establecer que se impondrán de cinco a doce años de prisión y de
trescientos a quinientos días multa al que examinado por la autoridad
judicial como testigo, perito, visitador, conciliador o síndico faltare
a la verdad sobre el hecho que se trata de averiguar, o aspectos,
cantidades, calidades u otras circunstancias que sean relevantes para
establecer el sentido de una opinión o dictamen, ya sea afirmando,
negando u ocultando maliciosamente la existencia de algún dato que pueda
servir de prueba de la verdad o falsedad del hecho principal, o que
aumente o disminuya su gravedad, o que sirva para establecer la
naturaleza o particularidades de orden técnico o científico que importen
para que la autoridad pronuncie resolución sobre materia cuestionada en
el asunto donde el testimonio o la opinión pericial se viertan. |
42 |
Que reforma diversos preceptos de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley
Federal del Trabajo, la Ley Agraria, la Ley del Seguro
Social y la Ley General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo VII
23 de abril de 2015.
|
Dip. Gloria
Bautista Cuevas
(PRD)*
|
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión
Social, para opinión.
|
En la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos: Establecer que el Estado deberá tomar las
acciones para el puntual y debido respeto de los derechos de los
jornaleros, en general de los trabajadores rurales y sus familias, en
materia laboral, seguridad social, salud, vivienda, educación y sus
demás derechos humanos y que tomará las acciones específicas necesarias
para que sus derechos sean factibles en relación con los jornaleros, en
general respecto a los trabajadores rurales y sus familias,
transformando temas como duración de la jornada de trabajo, obligaciones
de los patrones, descansos semanales y obligatorios, vacaciones, prima
vacacional, prima dominical, aguinaldo, reparto de utilidades, pago de
tiempo extra, seguridad e higiene y la creación del Consejo Nacional
para la tutela de los Derechos de los Jornaleros y en General los
Trabajadores Rurales y sus Familias.
En la Ley Federal del Trabajo: Establecer y ajustar sus
disposiciones para que los trabajadores jornaleros y sus hijos tengan a
salvo sus derechos
En la Ley Agraria: Asentar que el
Ejecutivo federal deberá tomar las acciones para que se respeten los
derechos de los jornaleros, en general de los trabajadores rurales y sus
familias, en materia laboral, seguridad social, salud, vivienda,
educación y sus demás derechos humanos.
En la Ley del Seguro Social:
armonizar sus disposiciones con las de la Ley Federal del Trabajo, por
cuanto hace al periodo de 8 semanas requeridas a los jornaleros para ser
considerados trabajadores permanentes; dando además visibilidad en su
derecho a la incorporación al régimen obligatorio del IMSS.
En la Ley General de Educación: Las autoridades
educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que
permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación, en este sentido,
se establece que en la aplicación de estas medidas se deberá preferir a
las hijas e hijos de los jornaleros migrantes, conforme lo establecido
en la Ley Federal del Trabajo. |
43 |
Que expide la Ley del Expediente Clínico Universal con
Firma Electrónica.
Publicación en GP:
Anexo X.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Antonio Sansores
Sastré
(PRD)* |
Comisión de Salud,
para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para
opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de
establecer un expediente clínico electrónico con la finalidad de regular
el procesamiento, uso y control de la información clínica de los
pacientes relativa al ejercicio médico. Facultar a la Secretaría de
Salud para emitir las firmas electrónicas. Establecer infracciones
relacionadas con el expediente clínico electrónico universal. |
44 |
Que reforma el artículo 36 del Reglamento de la Cámara
de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo XI.
28 de abril de 2015. |
Dips.
Graciela Saldaña
Fraire
(PRD)* |
Comisión de
Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Establecer que las Sesiones Ordinarias de la Cámara de
Diputados podrán prorrogarse por un plazo máximo de 12 horas continuas
las veces que sean necesarias, teniendo intervalos de receso de 4 horas
como mínimo. |
45 |
Que reforma los artículos 8o. y 29 de la Ley de
Asociaciones Religiosas y Culto Público.
Publicación en GP:
Anexo XI.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Delfina Elizabeth
Guzmán Díaz
(PRD)* |
Comisión de
Gobernación, para dictamen. |
Establecer como un deber el respeto a la bandera, al
escudo nacional y al himno nacional. |
46 |
Que reforma los artículos 23 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y 1o. de la Ley
General de Asentamientos Humanos.
Publicación en GP:
Anexo XI.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Claudia Elena
Águila Torres
(PRD)* |
Comisiones Unidas
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Desarrollo Urbano y
Ordenamiento Territorial, para dictamen. |
Asegurar que las áreas territoriales que pudieran obtener
humedales, ríos, lagos, lagunas, manglares, esteros y demás cuerpos de
agua, debido a su natural crecimiento o decrecimiento de sus caudales en
sus cauces, laderas, barrancas y demás áreas adyacentes; se mantengan
libres de asentamientos humanos. |
47 |
Que reforma los artículos 123 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y 117 de la Ley Federal
del Trabajo.
Publicación en GP:
Anexo XI.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Ernesto Germán
Sánchez Jiménez
(PRD)* |
Comisión de Puntos
Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Trabajo y Previsión
Social, para opinión. |
Establecer que será ilegal la cesión de las utilidades en
favor del patrón o terceras personas, cualquiera que sea la denominación
o forma que le dé. |
48 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, de la Ley del Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Publicación en GP:
Anexo XI.
28 de abril de 2015. |
Dip.
Carlos Humberto
Aceves y del Olmo
(PRI)* |
Comisión de
Vivienda, para dictamen. |
Establecer el ejercicio de la acción por la vía civil
federal para desahogar los juicios hipotecarios que involucran a los
organismos nacionales de vivienda. Establecer que para el caso de impago
de créditos de viviendas deshabitadas, los organismos nacionales
encargados de financiar dichas viviendas se puedan constituir, a manera
de medida precautoria, como depositarios de las mismas durante el
juicio. |