Relativo a la vacante del Diputado del Grupo
Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Cámara de
Diputados de la LXII Legislatura.
Acuerdo:
PRIMERO.
En razón de que los ciudadanos Jesús Murillo Karam y José Alberto
Rodríguez Calderón, diputados federales propietario y suplente,
respectivamente, del Partido Revolucionario Institucional, electos en la
Quinta Circunscripción, Plurinominal, han solicitado licencia para
ejercer el cargo de diputado federal de la LXII Legislatura, se
considera vacante dicha fórmula, por lo que resulta necesario actuar
conforme a lo previsto en el artículo 63 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice lo siguiente:
“…la vacante de la Cámara de Diputados, electos por el
principio de representación proporcional, será cubierta por la fórmula
de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista
regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le
hubieren correspondido,…”
Así como, de conformidad con lo señalado en el artículo
23 numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales que a la letra dice lo siguiente:
“3. Las vacantes de miembros propietarios de la Cámara de
Diputados electos por el principio de representación proporcional
deberán ser cubiertas por los suplentes de la fórmula electa respectiva.
Si la vacante se presenta respecto de la fórmula completa, será cubierta
por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden
de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los
diputados que le hubieren correspondido.”
De igual forma el artículo 11 del Reglamento de Cámara de
Diputados establece:
1. Las vacantes de diputados o diputadas electos por el
principio de mayoría relativa o representación proporcional, se cubrirán
conforme a lo dispuesto en la Constitución, en sus artículos 63, primer
párrafo y 77, fracción IV.
SEGUNDO.
Dese cuenta al Instituto Nacional, a efecto de que dicho
órgano de gobierno informe a esta Soberanía de la fórmula de candidatos
que siga en el orden de la lista regional de la Quinta Circunscripción
Plurinominal del Partido Revolucionario Institucional, para efecto de
que los miembros de dicha fórmula puedan ser llamados a ocupar el cargo
de diputado federal de la LXII Legislatura.
TERCERO.
Notifíquese a los ciudadanos Jesús Murillo Karam y José
Alberto Rodríguez Calderón.
CUARTO.
Comuníquese a los Grupos Parlamentarios representados en
la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados. |