Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1. OFICIO

2. SOLICITUD DE DIPUTADA

Para retirar iniciativa

 

3. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

4. ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

De la Junta de Coordinación Política

 

5. MINUTAS

 

Con proyecto de decreto

 


6. INICIATIVAS

7. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto

 


8. DICTÁMENES NEGATIVOS

 

a) De iniciativas

 

b)De minutas

 


9. PROPOSICIONES

10. AGENDA POLÍTICA

Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del
Segundo Año de Ejercicio

 

 Sesión 08

   

 

 

7. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

Con proyecto de decreto.

 

 

 

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisiones Unidas de Juventud y de Gobernación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma los artículos 3 Bis y 9, fracción XIV de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, y el artículo 73, primer párrafo de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José Luis Oliveros Usabiaga (PAN), el 24 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que el Instituto Mexicano de la Juventud deberá trabajar en colaboración con la Secretaría de Desarrollo Social en la definición e instrumentación de la política nacional de juventud. Añadir a las siguientes facultades indelegables que tiene la Junta Directiva el aprobar las normas y bases para la cancelación de adeudos a favor del Instituto y con su cargo a terceros, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, informando lo conducente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social.

Establecer que el Premio Nacional de la Juventud, se tramitará en la Secretaría de Desarrollo Social y el Consejo de Premiación, que presidirá el titular de dicho ramo incluirá a un representante de la Secretaría de Educación Pública.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)

2

Comisión de Transparencia y Anticorrupción.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Lourdes Eulalia Quiñones Canales (PRI), el 3 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Determinar que las responsabilidades resarcitorias son completarías y no excluyen la exigencia de otras responsabilidades. Evitar que los servidores públicos, particulares, personas físicas o morales, públicas o privadas, sancionados por resolución definitiva firme, a través del procedimiento resarcitorio sean contratadas, presten servicio o encargo a la Federación, en tanto no hayan solventado totalmente el monto a resarcir, de ser el caso, el contrato cesará de inmediato y se considerarán inhabilitados. Inhabilitar temporalmente para participar de manera directa o por interpósita persona en procedimientos de contratación o celebrar contratos a los licitantes o proveedores que omitan el pago de las sanciones resarcitorias firmes impuestas por la Auditoría Superior de la Federación, hasta que se efectúe el pago respectivo ante la Tesorería de la Federación en su totalidad.

3

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 07 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 14 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 03 de marzo de 2010. (LXI Legislatura) Dictamen de Primera Lectura presentado el 07 de abril de 2011. (LXI Legislatura) Dictamen a Discusión presentado el 12 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) Minuta recibida el 14 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

4

Comisión de Reforma Agraria.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma el artículo 115 de la Ley Agraria.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Ma. Concepción Ramírez Diez Gutiérrez (PAN) el 05 de junio de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer la prohibición de los latifundios en las superficies de tierras agrícolas, ganaderas o forestales que, siendo propiedad de un solo individuo, excedan los límites de la pequeña propiedad.

5

Comisión de Reforma Agraria.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma los artículos 12; 17, primer párrafo; y 18 fracción III de la Ley Agraria.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José Everardo Nava Gómez (PRI) el 02 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Señalar que son ejidatarios los hombres y las mujeres titulares de derechos ejidales en igualdad de condiciones.

Aclarar que en cuanto a los sucesores de derechos ejidales, pueden ser hijas también.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)

6

Comisión de Derechos Humanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura, y por el que se modifica su denominación para quedar como Ley Federal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Ricardo Monreal Ávila (PT) el 29 de marzo de 2011. (LXI Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Rubén Fernando Velázquez López y José Luis Máximo García Zalvidea (PRD) el 12 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión en la Cámara de Senadores presentado el 11 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida el 12 de abril de 2012. (LXI Legislatura)

Declaratoria de publicidad emitida el 12 de diciembre de 2012 (LXII Legislatura).

Dictamen a discusión presentado el 13 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 443 votos. Se devolvió a la Cámara de senadores para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 18 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 23 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 24 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 86 votos. Se devuelve a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 15 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir en el objeto de la Ley la erradicación de la tortura. Cambiar el nombre a la Ley para quedar como sigue: “Ley Federal para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Tortura”. Establecer qué se entenderá como tortura. Indicar que la Comisión Nacional de Derechos Humanos, podrá realizar las visitas y supervisiones que considere pertinentes a fin de denunciar y evitar los actos de tortura en el sistema penitenciario y de readaptación social del país, así como en los órganos dependientes del Ejecutivo Federal encargados de la procuración de justicia. Propone que la presunta comisión de los delitos previstos en la Ley, se investigue y persigan de oficio.

7

Comisión de Derechos Humanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma y adiciona el artículo 17 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Pablo Escudero Morales (PVEM) el 31 de octubre de 2012. (LXII Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Pablo Escudero Morales (PVEM) el 27 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Pablo Escudero Morales (PVEM) el 04 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 29 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 30 de abril de 2013. Proyecto de decreto aprobado por 92 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Minuta recibida el 03 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que no se podrán llevar a cabo más de dos nombramientos por el principio de renovación anual en el caso de los Consejeros integrantes del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En caso de falta absoluta de cualquier integrante del Consejo Consultivo, el Presidente de la Comisión Nacional notificará inmediatamente a la Cámara de Senadores o, en su caso, a la Comisión Permanente. Establecer que un candidato podrá acudir al segundo o ulteriores procedimientos de selección y designación siempre que haya cubierto los requisitos en aquel en que participo y manifestado por escrito su deseo e interés de volver a participar.

8

Comisión de Seguridad Pública.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma los artículos 3 y 10 de la Ley de la Policía Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila (MC) el 19 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Adicionar como principio rector en el ejercicio de las funciones y acciones que en materia de prevención y combate de los delitos que compete a la Policía Federal, a los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano.

Adicionar como atribución del Comisionado General de la Policía Federal el celebrar convenios para la formación y actualización permanente en materia de derechos humanos y su aplicación en las tareas policiales para sus integrantes.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)

9

Comisión de Cambio Climático.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Yesenia Nolasco Ramírez (PRD) el 18 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por los Dips. Ramón Antonio Sampayo Ortiz y Sergio Augusto Chan Lugo (PAN) el 29 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

Iniciativa suscrita por el Dip. Rodrigo Chávez Contreras (MC) el 26 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir en el concepto de mitigación que utiliza el ordenamiento jurídico, la aplicación de políticas y acciones de intervención antropogénica destinadas a reducir las emisiones de las fuentes, o mejorar los sumideros de gases y compuestos de efecto invernadero; y en el concepto de vulnerabilidad, el grado de susceptibilidad o incapacidad de los sistemas naturales, humanos y productivos para soportar los efectos adversos del cambio climático. Se propone que la transversalidad y la direccionalidad de las políticas públicas sean principios en la formulación de la política nacional de cambio climático. Establecer que la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático rendirá a mas tardar en el mes de agosto de cada año, un informe público anual detallado de la acciones que se llevaran a cabo con los recursos del Fondo para el Cambio Climático.

10

Comisión de Cambio Climático.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Rosa Elba Pérez Hernández (PVEM) el 03 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incorporar a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en la Junta de Gobierno, en la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, y como integrante del Comité del Fondo para el Cambio Climático.

11

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que dispone la obligación de los editores de hacer el Depósito Legal Digitalizado de sus publicaciones.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Heriberto Manuel Galindo Quiñones, (PRI) el 21 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer la obligación de los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales de entregar ejemplares en versión digital e impresa de cada publicación de las ediciones y producciones de sus obras a la Biblioteca Nacional, a la Hemeroteca Nacional, al Sistema de Bibliotecas del H. Congreso de la Unión y a la Biblioteca del Congreso de las entidades federativas en las que tengan sus sedes las casas editoras, acompañados de una relación en formato digital con los datos para su catalogación, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de edición o producción, con excepción de las publicaciones periodísticas que deberán ser entregadas, tan pronto sean puestas en circulación. Determinar una multa equivalente a diez veces el precio de venta al público de los materiales no entregados en caso de incumplimiento de la obligación y para las obras de distribución gratuita por la cantidad no menor de diez no mayor de veinte días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.

12

Comisión de Igualdad de Género.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma el artículo 11 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por los Dips. Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila (MC) el 14 de agosto de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Considerar como violencia laboral, exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, o ascenso en el empleo; y despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.

13

Comisión de Trabajo y Previsión Social.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 28 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B) del artículo 123 Constitucional, en materia de permiso de paternidad.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Esther Quintana Salinas (PAN), el 26 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Otorgar permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)

14

Que reforma el artículo 25 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. María Sanjuana Cerda Franco (NA) el 08 de octubre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, no podrá suspender, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que está obligado a prestar.

15

Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones y un capítulo a la Ley General de Asentamientos Humanos, para prevenir riesgos en los asentamientos humanos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Celia Isabel Gauna Ruiz de León (PRI), el 26 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer las normas básicas que garanticen la seguridad y protección civil, previniendo los riesgos naturales y antropogénicos derivados de los asentamientos humanos. La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano en coordinación con la Secretaría de Gobernación, estará encargada de conducir las políticas nacionales en materia de asentamientos humanos y desarrollo urbano, así como, apoyar en la formulación de los Atlas de Riesgo. Establecer la coordinación de los tres niveles de gobierno en el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población. Adicionar un capítulo denominado “Prevención de Riesgos en los Asentamientos Humanos”, que contenga las normas básicas, obligatorias y de carácter nacional, relacionadas con los procesos de ocupación del territorio en zonas sujetas a riesgos geológicos e hidrometeorológicos, a fin de prevenir riesgos a la población y evitar daños irreversibles en sus personas o sus bienes, así como para mitigar los impactos y costos económicos y sociales en los centros de población.

16

Comisión de Defensa Nacional.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 22 de octubre de 2013. (LXII Legislatura).

 

Propuesta:

Incluir en las causas de retiro al quedar incapacitado en actos fuera del servicio la acreditación con los certificados médicos militares o navales especialistas que designen las Secretarías de la Defensa Nacional o de Marina, suscritos cuando menos por dos médicos militares o navales especialistas en el padecimiento.

Adicionar a las enfermedades que causan retiro por incapacidad, el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida cuando implique la pérdida de la funcionalidad para el desempeño de los actos del servicio, eliminar los estados de inmunodeficiencia de cualquier etiología, con susceptibilidad a infecciones recurrentes y la lista de padecimientos que por producir trastornos funcionales de menos de 20% ameriten cambio de arma o servicio y adicionarla con modificaciones como un nuevo artículo incluyendo la infección por el virus de inmunodeficiencia humana cuyo control y tratamiento médico limite el desempeño de los actos del servicio. Ajustar el control y tratamiento médico, a las actividades específicas del militar, sin afectar al servicio y sin ningún tipo de discriminación en los casos médicamente posibles.

17

Comisión de Defensa Nacional.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

18 de febrero de 2014.

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Renán Cleominio Zoreda Novelo (PRI) el 24 de marzo de 2011. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 23 de abril de 2013. (LXII Legislatura)
Dictamen a Discusión presentado el 24 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida el 29 de abril de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Incrementar los días de multa a quienes: posean armas sin haber hecho la manifestación de las mismas a la Secretaría de la Defensa Nacional; Posean armas, cartuchos o municiones en lugar no autorizado; a quien se le recoja el arma y no lleve el interesado la licencia; al funcionario que no informe de inmediato a su superior, así como a las demás autoridades del aseguramiento de un arma; a quienes transmitan la propiedad de un arma sin el permiso correspondiente; para quienes que sin el permiso correspondiente porte un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea; al que sin permiso correspondiente hiciere acopio de armas; a quien sin el permiso correspondiente posea un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea. Asimismo, incrementa el plazo para exhibir la licencia de portación de armas.

Se cumple con la declaratoria

(Art. 87 RCD)

18

Que adiciona un artículo 83 Quintus a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Senador Arturo Zamora Jiménez el 25 de octubre del 2012. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 13 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 18 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 94 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida el 20 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Sancionar con prisión de uno a dos años y de cincuenta a cien días multa, al que posea de dos y hasta cinco cargadores para armas de fuego de uso exclusivos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea y de dos a cinco años y de cien a doscientos días multa, cuando se trate de más de cinco cargadores para armas de fuego de uso exclusivos del Ejército, Armada y Fuerza Aérea.

 

                                                      

 

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