Datos
de la
LXII Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

1.   COMUNICACIÓN DE LA
MESA DIRECTIVA

Con modificación de turno
de iniciativa


2.   COMUNICACIÓN

Del grupo parlamentario de Nueva Alianza

3.   OFICIOS

4.   SOLICITUD DE DIPUTADO

Para retirar iniciativa

5.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

6.   MOVIMIENTO DE
C. DIPUTADO

De solicitud de licencia

7.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

8.   PERMISOS CONSTITUCIONALES

Para prestar servicios

9.   ACUERDOS DE ORGANO DE GOBIERNO

De la junta de Coordinación Política

10.   MINUTAS

Con proyecto de decreto

11.   MINUTAS CON DISPENSA DE TRÁMITES

 

De permiso constitucional. Para aceptar y usar condecoración.

12.   INICIATIVAS

13.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE LOS DICTAMENES

 

a) Con proyecto de ley


b) Con proyecto de decreto

 

14.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de ley

 

b) Con proyecto de decreto

 

15.   DICTÁMENES NEGATIVOS

 

De iniciativas

 

16.   PROPOSICIONES

 

17.   EFEMERIDE


          III. CITA A
       PRÓXIMA SESIÓN

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 09

   

 

 

          12.         INICIATIVAS

                                                          

 

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma y adiciona los artículos 73, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

28 de febrero de 2013.

Congreso del Estado de Chihuahua*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que las legislaturas locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal podrán instituir organismos que a través de la celebración de sorteos, obtengan recursos para apoyar las funciones sociales.  Considerar que la facultad del Congreso de la Unión para legislar en materia de juegos y sorteos, se realizará sin perjuicio de la atribución que para la creación de organismos que celebren sorteos, puedan instituir los congresos locales y la Asamblea del Distrito Federal.

2

Que reforma el inciso a) y deroga los incisos b) al g) de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

28 de febrero de 2013.

Congreso del Estado de Chihuahua*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Considerar, como prerrogativa del ciudadano, presentar demandas de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin necesidad de que acredite interés jurídico o agravio personal y directo.

3

Que reforma los artículos 6, 23, 51 Bis 1 y 58 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Maria del Rocio Corona Nakamura

(PRI)*

Comisión de Salud, para dictamen

Incorporar la perspectiva de género en la programación y planificación de los servicios médicos y de salud. Considerar dentro de los objetivos del sistema nacional de salud, proporcionar servicios de salud a toda la población sin discriminación alguna, incorporando el enfoque de género y el acceso en igualdad de condiciones y oportunidades entre mujeres y hombres bajo un esquema de universalidad, eficiencia, confidencialidad, privacidad y solidaridad, así como brindar servicios de asistencia social a las mujeres en condición de vulnerabilidad y discapacitados. Considerar como servicio básico de salud el referente a la salud sexual y reproductiva, asimismo, establecer que los usuarios tendrán derecho a recibir información y orientación en la materia.  Se establece la facultad de la comunidad de participar en los servicios de salud de los sectores público, social y privado, en la  incorporación de la transversalidad del enfoque integral de la igualdad de género, para erradicar todas las inequidades que se presenten en la atención a la salud.

4

De Decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda “Sentimientos de la Nación” .

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Manuel Añorve Baños

(PRI)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, la leyenda “Sentimientos de la Nación”

5

Que expide la Ley General para el Control de la Cannabis, la Atención a las Adicciones y la Rehabilitación; y reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Fernando Belaunzarán Méndez

(PRD)*

 

Suscrita por el Dip. Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)

Comisiones Unidas de Salud, de Justicia, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de los productos derivados de la Cannabis. Facultar a la Secretaría de Salud, para prevenir el consumo de productos derivados de la Cannabis; alertar a la población de los efectos físicos y psicológicos de la Cannabis; llevar a cabo el Control sanitario del proceso productivo de los derivados de la Cannabis; establecer los lineamientos generales para la certificación de las licencias sanitarias para la producción y autoproducción de la Cannabis; y prever los lineamientos generales para el consumo de la Cannabis, entre otras. Crear el Programa Nacional de Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación a los consumidores de la Cannabis y otras sustancias legales e ilegales. Prever que todo establecimiento que procese, distribuya o venda productos derivados de la Cannabis, requerirá licencia sanitaria de acuerdo con los requisitos que establezca la Secretaría de Salud. Establecer las obligaciones de los productores de Cannabis. Prever que no se penalizará la portación de Cannabis sativa, híbrida, índica y americana o marihuana, su resina y preparados para consumo personal. Establecer que el Ministerio Público no ejercerá acción penal en contra de quien cultive, produzca, procese, almacene o comercialice productos derivados de la Cannabis cuando se acredite contar con la licencia Sanitaria expedida por la Secretaría de Salud. Establecer que las autoridades de seguridad pública, procuración e impartición de justicia, así como de ejecución de sanciones de las entidades

 

 

 

 

federativas, conocerán y resolverán de los delitos o ejecutarán las sanciones y medidas de seguridad en contra de quienes vendan, comercien, distribuyan donen o regalen productos o derivados de la cannabis a personas menores de edad.

 

 

 

6

Que reforma el artículo 28 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

 Manuel Añorve Baños

(PRI)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Denominar al salón de sesiones como “Sentimientos de la Nación”.

7

Que reforma el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Fernando Bribiesca Sahagún

(NA)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que en aras de garantizar el acceso a la información, el Estado deberá proporcionar progresivamente servicio de Internet en los espacios públicos.

8

De Decreto, para que se acuñe una moneda conmemorativa del Bicentenario de los “Sentimientos de la Nación” .

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Manuel Añorve Baños

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Acuñar una moneda conmemorativa del Bicentenario de los “Sentimientos de la Nación”

9

Que reforma el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

19 de febrero de 2013.

Dip.

José Isidro Moreno Árcega

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión del Distrito Federal, para opinión

Crear la figura del Consejo Delegacional en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, los cuales serán elegidos de forma libre y directa, aplicándose los principios de mayoría relativa y de representación proporcional con dominante mayoritaria, los jefes delegacionales y consejeros, por ningún motivo podrán ser reelectos para el periodo inmediato.  Prever que se fijarán los criterios para efectuar la división territorial del Distrito Federal, la competencia de los consejeros delegacionales correspondientes, la forma de integrarlos, su funcionamiento, así como las relaciones de dichos órganos con el Jefe del Gobierno del Distrito Federal.

10

Que reforma los artículos 14, 17 Bis y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Roberto López Rosado

(PRD)

Comisión de Gobernación, para dictamen

Establecer que para el caso de los servidores públicos que estén al frente de unidades administrativas con el rango de subsecretaría o dirección general o equivalente, responsables de atender los asuntos en materia indígena, así como sus direcciones, subdirecciones, y jefaturas de departamento o equivalentes, además de los requisitos que establezca el reglamento respectivo y el Sistema Nacional del Servicio Profesional de Carrera, deberán ser de origen indígena.

 

Establecer que las cuentas públicas de las entidades federativas y municipios se presentarán a los órganos de fiscalización local, durante el primer trimestre del año siguiente al ejercicio del que se trate y los cuales presentarán un informe de resultados a las legislaturas locales. Facultar al Consejo Nacional de Armonización Contable para establecer normas y formatos para homogenizar la integración de la información mínima de las cuentas públicas y la presentación de los informes de resultados. La información será pública y deberá difundirse. Implementar el Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta

 

 

 

 

 

 

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

19 de febrero de 2013.

 

 

 

Dip.

Damián Zepeda Vidales

(PAN)

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y Transparencia y Anticorrupción, para dictamen y a la Comisión de Desarrollo Municipal, para opinión

Pública, que esté a cargo de los órganos de fiscalización locales, en el que se consideren los apartados de gestión financiera, política recaudatoria, política del gasto, administración de fondos federales, cumplimiento de metas, monto cuantificable de las observaciones relevantes y de las solventadas, y pendientes de años anteriores. Establecer que el Consejo elaborará y difundirá un informe final nacional dirigido a la ciudadanía en donde se concentre la información con los resultados de la aplicación del Sistema por parte de cada órgano fiscalizador local.  Crear el Fondo de Aportaciones para el Estímulo del Buen Gobierno de Entidades Federativas, Municipios y Órganos Político-Administrativos de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, mismo que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación y se distribuirá tomando como base los resultados aprobatorios de la aplicación del Sistema de Evaluación de Indicadores de Gestión Gubernamental de la Cuenta Pública. Se establece que el Fondo se distribuirá en un 60 por ciento entre las entidades federativas y un 40 por ciento entre los municipios y órganos político- administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y los recursos serán utilizados para la inversión en infraestructura física, así como la adquisición de bienes para el equipamiento de las obras existentes, los relacionados con conectividad y acceso a la información en planteles educativos.

12

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

14 de febrero de 2013.

Dip.

Zuleyma Huidobro González

(MC)*

Comisión de Justicia, para dictamen

Eliminar del Código Civil Federal la figura de “adopción simple” y “parentesco civil”.

13

Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

26 de febrero de 2013.

Dip.

Judit Magdalena Guerrero López

(PVEM)*

Comisión de Desarrollo Social, para dictamen

Establecer que la política nacional de desarrollo social mencione los mecanismos de coordinación inter institucional y entre niveles de gobierno a través de los cuales se pretenda trabajar.

14

Que reforma el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Ma. del Carmen Martínez Santillán

(PT)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Eliminar la figura del “arraigo” y la definición de “delincuencia organizada” del marco constitucional.

15

Que reforma los artículos 429 del Código Civil Federal y 61 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Sonia Rincón Chanona

(NA)*

Comisiones Unidas de Justicia, y de Cultura y Cinematografía, para dictamen y a la Comisión de Derechos de la Niñez, para opinión

Código Civil Federal: Establecer que en caso de que los padres, tutor o representante legal, sean considerados conforme a la ley administradores de los bienes económicos producto del trabajo del menor, éstos tendrán la obligación de crear un fondo de ahorro o fideicomiso a beneficio del menor para que en su mayoría de edad pueda hacer uso de él.

Ley Federal del Derecho de Autor: Establecer que en los contratos de representación escénica en los que el titular sea un menor de edad, se especifiquen las condiciones para que el cobro de regalías se administre correctamente; destinando un porcentaje al pago de gastos administrativos; y el porcentaje restante se administre bajo un fondo de ahorro o fideicomiso donde el menor pueda hacer uso de sus ganancias, a la mayoría de edad.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

26 de febrero de 2013.

Dip.

Abel Guerra Garza

(PRI)*

Comisiones Unidas de Transportes, y de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen

Considerar como causal de revocación de concesiones y permisos, evadir o incumplir con sus obligaciones fiscales.  Facultar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para fijar las tarifas de los servicios que presten los concesionarios y permisionarios. Las tarifas serán fijadas una vez que la SCT reciba las opiniones de la Comisión Federal de Competencia, concesionarios o permisionarios y de los usuarios del servicio, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Establecer que las contraprestaciones por concepto de servicios a las comunidades aisladas, no podrán ser superiores al 70% de las tarifas existentes para dicho servicio. Facultar a la Auditoría Superior de la Federación, para verificar el buen estado y funcionamiento de las vías generales de comunicación ferroviaria.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

12 de febrero de 2013.

Dip.

Gabriel Gómez Michel

(PRI)*

Comisiones Unidas de Seguridad Social, y de Defensa Nacional, para dictamen

Establecer el derecho para disfrutar de la pensión de orfandad, al huérfano que presente algún tipo de discapacidad física, mental, intelectual o sensorial, hasta en tanto no desaparezca.

18

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

12 de febrero de 2013.

Dip.

Salvador Arellano Guzmán

(PRI)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Establecer que los ayuntamientos, en el proceso de aprobación de los presupuestos de egresos, con base en sus ingresos disponibles, podrán reservar un porcentaje de los mismos para que sean destinados a la aplicación de presupuestos participativos que atiendan las prioridades colectivas de la ciudadanía.

19

Que reforma los artículos 2, 4, 14 y 20 de la Ley Orgánica de la Sociedad Hipotecaria Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

12 de febrero de 2013.

Dip.

Mirna Esmeralda Hernández Morales

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Facultar a la Sociedad Hipotecaria Federal para otorgar créditos para la vivienda de familias en pobreza patrimonial atendiendo las condiciones de vulnerabilidad de estos grupos sociales así como sus posibilidades de pago crediticio flexible. Facultar al Consejo Directivo de la Sociedad Hipotecaria Federal para aprobar el plan de trabajo de largo plazo y anual dirigido a la adquisición de vivienda para familias en condición de pobreza patrimonial; así como para impulsar los criterios para el otorgamiento de dichas viviendas. Integrar al Consejo Directivo de la Sociedad Hipotecaria Federal al secretario de Desarrollo Social.

20

Que reforma el artículo 84 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

19 de diciembre de 2012.

Dips.

Mirna Esmeralda Hernández Morales y Dulce María Muñiz Martínez

(PRI)*

Comisión de Seguridad Social, para dictamen

Incluir al padre y la madre del asegurado o pensionado en el seguro de enfermedades, independientemente de su residencia.

21

Que reforma el artículo 934 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

7 de febrero de 2013.

Dip.

Leobardo Alcalá Padilla

(PRI)*

Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

Especificar que cuando la Junta de Conciliación y Arbitraje declare que una huelga es ilícita, en razón de que la mayoría de los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o las propiedades, sólo se darán por terminadas las relaciones de trabajo de las personas a quienes se compruebe que hayan ejecutado los actos violentos.

22

Que adiciona el artículo 420 del Código Penal Federal.

 

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

26 de febrero de 2013.

Dip.

Alfonso Inzunza Montoya

(PRI)*

 

Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario

Comisión de Justicia, para dictamen

Sancionar con pena de 1 a 9 años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa a quien ilícitamente de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con la especie acuática denominada camarón.

23

Que reforma el artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Sergio Torres Félix

(PRI)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Establecer que las comisiones que cobren las administradoras no podrán ser mayores al 1 por ciento, ni superiores al rendimiento neto obtenido por las cuentas individuales de los trabajadores.  Especificar que para promover un mayor rendimiento neto a favor de los trabajadores, las comisiones por administración de las cuentas individuales sólo podrán cobrarse como un porcentaje sobre el valor del rendimiento neto positivo generado por los activos administrados.

24

Que reforma el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dips.

Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja

(MC)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Considerar como facultad exclusiva del Senado, aprobar los acuerdos interinstitucionales que se suscriban entre cualquier dependencia u organismo descentralizado de la administración pública federal, estatal o municipal y uno o varios órganos gubernamentales extranjeros u organizaciones internacionales.

25

De Decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de “Manuel Gómez Morín” .

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Fernando Rodríguez Doval

(PAN)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen

Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de “Manuel Gómez Morín”

26

Que reforma el artículo 156 y deroga el artículo 158 del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Alfa Eliana González Magallanes

(PRD)*

Comisión de Justicia, para dictamen

Especificar en el impedimento para celebrar el contrato de matrimonio relacionado con la impotencia incurable para la cópula y las enfermedades crónicas e incurables, que sean, además, contagiosas o hereditarias; que el mismo dejará de ser impedimento, cuando los contrayentes conozcan la existencia de cualquiera de estas circunstancias y manifiesten su voluntad para realizar el matrimonio. Eliminar la prohibición que se establece en la Ley respecto a que la mujer no puede contraer un nuevo matrimonio sino hasta pasados trescientos días después de la disolución del anterior.

27

Que reforma los artículos 3 Bis y 51 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dips.

Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja

(MC)*

Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

Incluir el concepto de “Acoso Laboral o Mobbing”, como una forma de violencia psicológica constituida por acciones negativas reiteradas y sostenidas de hostigamiento ejercidas sobre un trabajador por parte de un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato que perduran por un tiempo determinado y atentan contra la dignidad; ataque sistemático reiterado contra la autoestima de una persona en el trabajo para hacerla sentir excluida, maltratada o subvalorada, alterando su derecho al trabajo. Considerar como causal de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador, el acoso laboral por parte del patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes.

28

Que reforma los artículos 162 y 485 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

José Angelino Caamal Mena

(NA)*

Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen

Establecer que todos los trabajadores independientemente de su tipo de contrato tienen derecho a una prima de antigüedad, así como disminuir de 15 a 5 el mínimo de años que el trabajador deberá laborar para recibir el pago de la prima de antigüedad cuando se separe voluntariamente de su empleo.

29

Que reforma los artículo 2 y 82 de la Ley General de Protección Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo VII.

28 de febrero de 2013.

Dip.

Andrés Eloy Martínez Rojas

(PRD)*

Comisión de Protección Civil, para dictamen

Incluir en la definición que se hace de “desastre”, al resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos provenientes del espacio exterior, que causen daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada. Considerar como “fenómeno astronómico” al agente perturbador que se genera por la constante actividad del espacio exterior y que al interactuar con la Tierra ocasiona fenómenos destructivos, poniendo en riesgo la vida humana, causando muerte o alteración al orden natural y social de la vida en la Tierra, como son las tormentas solares, erupciones solares, los meteoritos, meteoroides y bólidos. Establecer que el Gobierno Federal, las entidades federativas y el Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información astronómica de que se disponga a nivel nacional.

 

   * Sin intervención en Tribuna.

      Turnos de las iniciativas 16 a 29 publicados en el Anexo XIV de la Gaceta Parlamentaria del 28 de febrero de 2013.

 

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