Datos
de la
LXII Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS


1.  OFICIOS

 

2.  SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

Para retirar iniciativas

 

3.  CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

 

4.  COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

5.  ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política

 

6.  INICIATIVAS

 

7.  DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

a) Con proyecto de decreto

 

b) De características de moneda conmemorativa

 

8.  DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de decreto

 

b) De características de moneda conmemorativa

 

9.  PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

 

10. PROPOSICIONES

 

11. EFEMÉRIDES

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 06

 

 

 

               

 

                    

        8.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                  a) Con proyecto de decreto.

      

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentaria

 

Publicación en GP:

Anexo II.

21 de febrero de 2013

 

Que reforma el Decreto por el que se crea la medalla al mérito cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, y reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913.”

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Heriberto Manuel Galindo Quiñones (PRI) el 27 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 21 de febrero de 2013. (LXII Legisatura)

 

Propuesta:

Establecer que la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913” se otorgue en cada año de ejercicio de la Legislatura, en sesión solemne a aquel ciudadano o ciudadana que se haya distinguido relevantemente, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos. Se establecen las características del anverso y reverso de la medalla. Establecer que a la persona que resulte galardonada se le otorgará una suma de dinero junto con la Medalla, que será equivalente a tres veces la dieta mensual de un diputado. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados definirá si el otorgamiento de la Medalla se realizará en sesión solemne en el Salón del Pleno del Palacio Legislativo. Facultar al Presidente de la Mesa Directiva para girar invitación a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los órganos constitucionales autónomos, para que asistan a la sesión en que se otorgue la medalla. En el primer año de ejercicio, la Medalla se entregará a más tardar en el mes de diciembre del año de ejercicio, y para el segundo y tercer año de la legislatura se entregará en el mes de octubre. Se definen los plazos para la recepción de candidaturas. Establecer que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias deberá publicar un folleto o un libro sobre la sesión solemne, ya sea mediante edición de la Cámara o coedición con otra casa editorial.

 

Intervenciones:

Para fundamentar:

Dip. María del Rocío Corona Nakamura

 

 

 

 

Para fijar postura:

 

Dip. Marcos Rosendo Medina Filigrana (PRD)

Dip. Heriberto Manuel Galindo Quiñones (PRI)

Dip. Alberto Díaz Trujillo (PAN)

 

 

a)     En votación económica se autorizó someter a discusión.

b)    Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 430 votos.

c)     Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.  

2

Comisión de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de febrero de 2013.

 

Que reforma el artículo 391 y deroga los artículos del 402 al 410 del Código Civil Federal.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora María Serrano Serrano (PAN) el 11 de noviembre de 2008. (LX Legislatura)

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Senadora Carmen Guadalupe Fonz Sáenz (PRI) el 09 de febrero de 2010. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 28 de abril de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 29 de abril de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 71 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 19 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Modificar los términos “el marido y la mujer”, por “Los cónyuges o concubinos”. Derogar los artículos 402 al 410, que se refieren a la adopción simple.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Karina Labastida Sotelo

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Lucila Garfias Gutiérrez (NA)

Dip. Lilia Aguilar Gil (PT)

Dip. José Francisco Coronato Rodríguez (MC)

Dip. María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (PVEM)

Dip. Alfa Eliana González Magallanes (PRD)

Dip. Andrés de la Rosa Anaya (PAN)

Dip. Luis Armando Córdova Díaz (PRI)

 

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 422 votos.

b)    Pasa al Ejecutivo para los efectos constitucionales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Comisión de Justicia

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de febrero de 2013.

 

Que adiciona un último párrafo al artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Lucila del Carmen Gallegos Camarena (PAN) el 01 de agosto de 2012. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 19 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que en el desempeño de sus atribuciones el Consejo de la Judicatura Federal deberá incorporar la perspectiva de género, además de velar por que los órganos a su cargo así lo realicen.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Maria del Rocio Corona Nakamura

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Dora María Guadalupe Talamante Lemas (NA)

Dip. Nelly del Carmen Vargas Pérez (MC)

Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PVEM)

Dip. Margarita Elena Tapia Fonllem (PRD)

Dip. Marcelo de Jesús Torres Cofiño (PAN)

Dip. Mirna Esmeralda Hernández Morales (PRI)

 

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 421 votos.

b)    Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

4

Comisión de Competitividad

 

Publicación en GP:

Anexo III.

21 de febrero de 2013.

 

Que adiciona diversas disposiciones a los artículos 4 y 12 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Miguel Ángel García Granados (PRI) el 01 de Agosto de 2012. (LXI Legislatura)

Iniciativa suscrita por la Dip. Esther Quintana Salinas (PAN) el 20 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 19 de febrero de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Considerar como objetivos de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, prever el acceso al financiamiento para las micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) conformadas por mujeres con el propósito de contribuir a su inclusión en el mercado laboral y ampliar sus posibilidades y potencial de participación en el sector formal de la economía; y establecer la vinculación de las microempresarias con los centros de comercialización de productos, para facilitar el acceso de sus productos al mercado. Tendrá como responsabilidad acordar con las entidades federativas, el Distrito Federal y con los municipios, la celebración de convenios para incentivar fiscalmente a aquellas empresas que utilicen como proveedores a las micro, pequeñas y medianas empresas.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Adolfo Orive Bellinger

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Rubén Benjamín Félix Hays (NA)

Dip. Martha Beatriz Córdova Bernal (MC)

Dip. David Pérez Tejada Padilla (PVEM)

Dip. Domitilo Posadas Hernández (PRD)

Dip. José Ángel González Serna (PAN)

Dip. Francisca Elena Corrales Corrales (PRI)

 

a)     Aprobado el proyecto de decreto en lo general y en lo particular por 402 votos.

b)    Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

 

 

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