Datos
de la
LXII Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS


1.  OFICIOS

 

2.  SOLICITUDES DE DIPUTADOS

 

Para retirar iniciativas

 

3.  CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

 

4.  COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

 

5.  ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política

 

6.  INICIATIVAS

 

7.  DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

a) Con proyecto de decreto

 

b) De características de moneda conmemorativa

 

8.  DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de decreto

 

b) De características de moneda conmemorativa

 

9.  PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

 

10. PROPOSICIONES

 

11. EFEMÉRIDES

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Segundo Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 06

 

 

               

            

     7.       DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

                  a) Con proyecto de decreto.

              

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo II.

21 de febrero de 2013

 

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de bancos de sangre.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Miguel Antonio Osuna Millán (PAN)el 29 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Facultar a los gobiernos de las entidades federativas y autoridades locales para ejercer el control sanitario en lo referente a la disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras o troncales. Facultar a la Secretaria de Salud para regular la disposición de órganos, tejidos, células y cadáveres de seres humanos, éstos últimos con fines de enseñanza y de investigación; así como para llevar a cabo la supervisión del control sanitario realizado por las autoridades sanitarias de las entidades federativas. Definir los conceptos de “Sangre” y “Transfusión”. Prever que los establecimientos de salud dedicados a los servicios de sangre requerirán de licencia sanitaria, misma que tendrá una vigencia de 5 años prorrogables por plazos iguales. Establecer los establecimientos que estarán a cargo de la disposición de sangre, componentes sanguíneos y células progenitoras o troncales.

 

Se cumple con la declaratoria de publicidad (art. 87 RCD)

 

2

 

que reforma las fracciones I y III del artículo 245 de la Ley General de Salud. (sustancias psicotrópicas)

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 25 de enero de 2012. (LXI Legislatura)

 

Propuesta:

Incluir en la clasificación de substancias psicotrópicas, la mefedrona, el canabinoide sintético K2, la piperazina TFMPP y el midazolam, con el objeto de permitir que las autoridades sanitarias apliquen las medidas de control y vigilancia respecto de su uso terapéutico o, en su caso, procedan contra el uso indebido de cada una de ellas.

 

3

Comisión de Turismo

 

Publicación en GP:

Anexo II.

21 de febrero de 2013

 

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 41 de la Ley General de Turismo.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. Lizbeth García Coronado (PRD) el 21 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 06 de marzo de 2012. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 17 de abril de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 268 votos, 11 en contra y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 19 de abril de 2012. (LXI Legislatura) Dictamen de Primera Lectura presentado el 19 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura) Dictamen a discusión presentado el 20 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 74 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 21 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que se integrará al patrimonio del Consejo de Promoción Turística de México el porcentaje referido al derecho por la autorización de la condición de estancia a visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, establecido en la Ley Federal de Derechos. Este porcentaje se destinará para la promoción turística del país.

 

4

Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentaria

 

Publicación en GP:

Anexo II.

21 de febrero de 2013

 

Que reforma el Decreto por el que se crea la medalla al mérito cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, y reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913.”

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. Heriberto Manuel Galindo Quiñones (PRI) el 27 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri y Legisladores de 1913” se otorgue en cada año de ejercicio de la Legislatura, en sesión solemne a aquel ciudadano o ciudadana que se haya distinguido relevantemente, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos. Se establecen las características del anverso y reverso de la medalla. Establecer que a la persona que resulte galardonada se le otorgará una suma de dinero junto con la Medalla, que será equivalente a tres veces la dieta mensual de un diputado. La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados definirá si el otorgamiento de la Medalla se realizará en sesión solemne en el Salón del Pleno del Palacio Legislativo. Facultar al Presidente de la Mesa Directiva para girar invitación a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los órganos constitucionales autónomos, para que asistan a la sesión en que se otorgue la medalla. En el primer año de ejercicio, la Medalla se entregará a más tardar en el mes de diciembre del año de ejercicio, y para el segundo y tercer año de la legislatura se entregará en el mes de octubre. Se definen los plazos para la recepción de candidaturas. Establecer que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias deberá publicar un folleto o un libro sobre la sesión solemne, ya sea mediante edición de la Cámara o coedición con otra casa editorial.

 

Se cumple con la declaratoria de publicidad (art. 87 RCD)

 

Se sometió a discusión de inmediato

 

 

 

Regresar