Que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley
Federal del Trabajo, en materia de trabajo de menores.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Zárate Salgado
(PRD), a nombre de la Dip. Verónica Juárez Piña (PRD), el 11 de junio de
2014. (LXII Legislatura).
Iniciativa suscrita por el Dip. Omar Antonio Borboa
Becerra (PAN) el 11 de junio de 2014. (LXII Legislatura).
Iniciativa presentada por el Dip. Ricardo Fidel Pacheco
Rodríguez (PRI) el 03 de julio de 2014. (LXII Legislatura).
Iniciativa suscrita por el Dip. José Everardo Nava Gómez
(PRI) el 07 de julio de 2014 (LXII Legislatura).
Iniciativa suscrita por los diputados Manlio Fabio
Beltrones Rivera, Héctor Gutiérrez de la Garza y Claudia Delgadillo
González (PRI) el 23 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura).
Declaratoria de Publicidad emitida el 06 de noviembre de
2014. (LXII Legislatura).
Propuesta:
Prohibir el trabajo de menores de 15 años, establecer que
no podrá utilizarse el trabajo de mayores de 15 años y menores de 18 que
no hayan concluido su educación básica.
Prohibir el trabajo de menores de 18 años dentro del
círculo familiar en cualquier tipo de actividad que resulte peligrosa
para su salud, su seguridad, su moralidad, o que afecte el ejercicio de
sus derechos. Cuando los menores de 18 años realicen actividades
productivas de autoconsumo bajo la dirección de integrantes de su
círculo familiar o tutores, éstos tendrán la obligación de respetar u
proteger los derechos humanos de los menores. Incluir como labores
peligrosas o insalubres las que impliquen jornadas nocturnas
industriales o el trabajo después de las veintidós horas y el trabajo en
minas; los mayores de 18 años y menores de 16 podrán realizar éstas
labores siempre que se encuentren a salvo su salud, su seguridad y su
moralidad siempre y cuando medie autorización de la Junta de
Conciliación y Arbitraje o de Inspección en el trabajo.
Intervenciones:
Por la Comisión: Dip. Claudia Delgadillo González*
Para Fijar Postura de su Grupo Parlamentario:
Dip. José Angelino Caamal Mena (NA)
Dip. Héctor Hugo Roblero Gordillo (PT)
Dip. Juan Luis Martínez Martínez (MC)
Dip. Carla Alicia Padilla Ramos (PVEM)
Dip. Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD)
Dip. Karina Labastida Sotelo (PAN)
Para hablar en contra:
Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)
Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara ( PT)
Para hablar en pro:
Dip. María del Socorro Ceseñas Chapa (PRD)
Dip. Gloria Bautista Cuevas (PRD)
Para presentar reserva:
Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT) al
artículo 22, 23 y 995 Bis.
*Propuso modificación a nombre de la Comisión. |
a)
En
votación económica se aceptó la modificación propuesta por la
Comisión.
b)
Aprobados
en lo general y en lo particular los artículos no impugnados del
proyecto de decreto modificado, por 386 votos a favor, 1 en contra y 7
abstenciones.
c)
En
votación económica se desechó la propuesta del Dip. Ladrón de
Guevara.
d)
Aprobados
los artículos 22, 23 y 995 Bis, en los términos del dictamen, por 366
votos a favor y 19 en contra.
e)
Pasa a la
Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales. |