Acuerdo
de la Junta de Coordinación Política, por el que se definen las reglas
para la discusión y votación del proyecto de Presupuesto de Egresos de
la Federación 2018
Acuerdo:
PRIMERO.
El objeto de las presentes reglas es establecer el formato mediante el
que se discutirá y votará el Dictamen con Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, por el Pleno de
la Cámara de Diputados.
SEGUNDO.
Una vez que la Mesa Directiva reciba el dictamen por parte de la
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, lo publicará en la Gaceta
Parlamentaria, en formato electrónico e impreso, así como en las
pantallas de las curules del salón de sesiones, a efecto de que sea
conocido por todos los diputados.
Lo
anterior tendrá los efectos de una declaratoria de publicidad de
dictamen, conforme al artículo 87 del Reglamento de la Cámara de
Diputados, por lo que podrá ser incorporado al orden del día de la
sesión en que se presente, recibiendo dispensa de trámites para
someterse de inmediato a discusión. Si hubiere voto particular, se
estará a lo dispuesto por los artículos 90 y 91 del citado Reglamento.
TERCERO.
La discusión en lo general se realizará conforme a lo siguiente:
1. El
Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, o uno de sus
integrantes, podrá exponer los fundamentos del dictamen, hasta por diez
minutos.
2. Podrá
hacer uso de ia palabra para fijar su posición, hasta por cinco minutos,
un orador por cada grupo parlamentarlo, en orden creciente.
3. Para
hablar en contra o a favor del dictamen, se abrirá una ronda de
intervenciones de hasta seis oradores en cada sentido, quienes harán uso
de la voz hasta por cinco minutos cada uno. Al finalizar la ronda,
después de leer la lista de oradores aún inscritos en ambos sentidos, el
Presidente preguntará si el asunto se encuentra suficientemente
discutido. SI la respuesta fuere negativa, se abrirá una nueva ronda de
hasta tres oradores en cada sentido, conforme al artículo 104 del
Reglamento de la Cámara de Diputados. Al término de la discusión se
llevará a cabo la votación del dictamen en lo general.
4. Las
propuestas de modificación deberán presentarse por escrito ante la Mesa
Directiva, indicando con claridad si se reservan artículos, anexos o
ambos, del dictamen a discusión. En este caso, los diputados deberán
precisar el párrafo, la fracción o el inciso de los artículos
reservados; el rubro, el ramo, el programa, o el concepto de los anexos
que reservan; así como los artículos que se pretendieran adicionar al
proyecto de decreto, conforme a lo siguiente:
4.1.
Cada reserva deberá presentarse en escrito por separado, pudiendo
referirse a diversos artículos o anexos cuando mantengan unidad
temática.
4.2.
Todas las propuestas de modificación o de adición a artículos o anexos
contenidos en el proyecto de decreto, deberán entregarse a la Mesa
Directiva en hoja membretada y con firma autógrafa del proponente. En
ningún caso se admitirán reservas manuscritas o en fotocopia de la
Gaceta Parlamentaria.
4.3.
Para su procesamiento y registro, las propuestas de modificación
presentadas deberán señalar y resaltar en letra negrita:
a) El
número de artículo y/o el nombre y número del anexo que se pretende
modificar.
b) El
ramo o el rubro, así como el programa a que hagan referencia.
c)
Preferentemente, el número de página(s) del dictamen donde se encuentre
ubicado el artículo, anexo, ramo o rubro, así como las cantidades a
modificar.
d) Para
mayor claridad se deberá incluir un cuadro comparativo del texto vigente
y el texto propuesto.
4.4. En
el supuesto de que la reserva Implique la creación o el Incremento de
erogación, el diputado proponente deberá señalar la correspondiente
fuente de financiamiento, identificando el programa específico al cual
deberá reducirse la asignación prevista en el dictamen, de conformidad
con establecido por el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
En todo
momento, personal del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas
brindará apoyo técnico a los diputados en la elaboración y redacción de
sus propuestas de modificación.
4.5. La
recepción de las propuestas de modificación o de adición se hará desde
el inicio de la sesión y hasta que concluya el apartado de
posicionamientos de los grupos parlamentarios, durante la discusión en
lo general.
4.6. Una
vez que se haya verificado que las reservas reúnen los requisitos
señalados, serán rubricadas por los secretarios que defina la Mesa
Directiva, a fin de proseguir su trámite en los términos de las
presentes reglas.
4.7. La
Mesa Directiva sólo registrará, para su discusión, las reservas que
cumplan los requisitos descritos, debiendo rechazar aquellas que no los
satisfagan.
4.8.
Concluido el registro de las modificaciones que se pretendan realizar a
los artículos, anexos o a ambos, se procederá a la votación nominal del
proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el
Ejercicio Fiscal de 2018, en lo general, y de los artículos o anexos no
impugnados, en lo particular.
5. En
caso de que el dictamen sea aprobado, en lo general, por mayoría de los
votos de los diputados presentes, se procederá a la discusión en lo
particular de los artículos y anexos reservados:
CUARTO.
La discusión en lo particular se llevará a cabo conforme a las
siguientes características:
1. Harán
uso de la palabra, hasta por tres minutos cada uno, los diputados que
hubieren reservado artículos, anexos o ambos.
En caso
de que un diputado haya presentado diversas reservas, procurará
exponerlas en una sola intervención. Para tal efecto, la Mesa Directiva
determinará, en consulta con el diputado proponente, el número de
reservas a presentar en cada intervención.
La Mesa
Directiva establecerá el tiempo para la presentación de las reservas,
cuando éstas sean agrupadas.
2.
Concluida la intervención del legislador proponente, se consultará al
Pleno, en votación económica, si se admite a discusión.
3. Si la
respuesta fuere negativa, la propuesta se tendrá por desechada, y el
artículo o anexo en cuestión se reservará para su votación nominal en
conjunto, en los términos del dictamen, al final de la discusión en lo
particular.
4. Si la
respuesta fuere afirmativa, podrán hacer uso de la palabra un orador a
favor y otro en contra, hasta por tres minutos cada uno.
5.
Concluidas las intervenciones anteriores, la Secretaría consultará a la
Asamblea, en votación económica, si se acepta la modificación o la
adición propuesta. En caso de que la respuesta fuere negativa, se tendrá
por desechada; de resultar afirmativa, el artículo o anexo de referencia
se reservará, para su votación nominal en conjunto, al término de la
discusión en lo particular.
6. La
consulta al Pleno para determinar si se aceptan o se rechazan las
modificaciones o adiciones propuestas, se realizará mediante votación
económica. En caso de duda fundada respecto al resultado de la votación,
a juicio del Presidente, se podrá proceder a una votación nominal, a
través del sistema electrónico.
7.
Agotada la discusión en lo particular, el Presidente dará lectura a los
artículos reservados, mismos que se votarán en conjunto, señalando con
claridad aquéllos que quedaron en los términos del dictamen y aquéllos
que se votarán con la modificación o la adición aceptada.
8. De
conformidad con el artículo 108, numeral 2, del Reglamento de la Cámara
de Diputados, se podrá solicitar la votación por separado de un artículo
o anexo reservado.
QUINTO.
Si durante la discusión en lo general y en lo particular del dictamen se
presentara un asunto no previsto por el presente acuerdo, será resuelto
por la Mesa Directiva.
SEXTO.
En términos del artículo 221, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de
Diputados, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, a través de su
Junta Directiva, será responsable de hacer las correcciones al Decreto
del Presupuesto de Egresos de la Federación 2018 aprobado por la Cámara
y realizará sólo las adecuaciones de estilo, cálculo, ajustes de cifras
y cantidades que sean necesarias, las cuales deberán estar en plena
correspondencia con las modificaciones o adiciones aprobadas por el
Pleno. La Mesa Directiva vigilará que se cumpla, antes de remitirlo al
Ejecutivo federal.
NOTA:
Propuesta de modificación presentada por el Grupo Parlamentario de
MORENA. |