1 |
Que reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley
de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de septiembre de 2016. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada por el Dip. Genaro Carreño Muro
(PAN) el 07 de noviembre de 2013. (LXII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 08 de abril de
2014. (LXII Legislatura)
Dictamen a discusión el 23 de abril de 2014. Proyecto de
decreto aprobado por 410 votos a favor. Pasa a la Cámara de Senadores
para los efectos del aparatado A, del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 24 de abril
de 2014. (LXII Legislatura)
Dictamen a Discusión el 08 de septiembre de 2016.
Proyecto de Decreto aprobado por 96 votos. Pasa a la Cámara de Diputados
para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 13 de
septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Garantizar mayor seguridad en las vías de comunicación a
través de mejores condiciones físicas de la red y sistemas inteligentes
de transporte, incluir el compromiso de los estados y municipios de
conservar el nivel del estado físico de los tramos que son objeto de
convenios de cooperación en su construcción. |
Comisión de
Transportes,
para dictamen. |
2 |
Que reforman y adicionan los artículos 35, 39 y 50 de la
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Publicación en GP:
Anexo I.
13 de septiembre de 2016. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por las Dips. María del Rosario de
Fátima Pariente Gavito (PVEM) y por la Dip. Judit Magdalena Guerrero
López (PVEM), el 18 de diciembre de 2012. (LXII Legislatura)
Declaratoria de Publicidad emitida el 05 de marzo de
2013. (LXII Legislatura)
Dictamen a discusión el 19 de marzo de 2013. Proyecto de
decreto aprobado por 438 votos a favor y 2 abstenciones. Pasa a la
Cámara de Senadores para los efectos del aparatado A, del artículo 72 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII
Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 20 de marzo
de 2014. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Garantizar las condiciones de seguridad físico mecánicas
y de baja emisión de contaminantes establecidos por la norma, en vez de
la edad vehicular; en el eliminar el criterio de la antigüedad para
determinar la circulación de las unidades; y puntualizar que las
instituciones que integran la banca de desarrollo deberán continuar las
acciones de fortalecimiento y fomento al programa de renovación
vehicular del autotransporte. |