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Que expide la Ley General de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; reforma y adiciona el
artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y reforma
el artículo 3o. de la Ley de Planeación.
Publicación en GP:
Anexo II.
30 de septiembre de 2016. |
Proceso Legislativo:
Iniciativa suscrita por los senadores Francisco Búrquez
Valenzuela (PAN), Fernando Herrera Ávila (PAN), Emilio Gamboa Patrón
(PRI), Miguel Barbosa Huerta (PRD), Víctor Hermosillo y Celada (PAN),
Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), Zoé Robledo Aburto (PRD), Armando
Ríos Piter (PRD), Juan Carlos Romero Hicks (PAN), Ernesto Ruffo Appel
(PAN), Héctor Larios Córdova (PAN), Jesús Casillas Romero (PRI), Enrique
Burgos García (PRI), Daniel Amador Gaxiola (PRI), Carlos Romero
Deschamps (PRI), Roberto Albores Gleason (PRI), Miguel Romo Medina
(PRI), Ismael Hernández Deras (PRI), Jorge Luis Lavalle Maury (PAN),
Ernesto Cordero Arroyo (PAN), Daniel Ávila Ruiz (PAN) y Héctor David
Flores Ávalos (PAN); y las senadoras Angélica Araujo Lara (PRI), Lorena
Marín Moreno (PRI), Cristina Díaz Salazar, Marcela Torres Peimbert
(PAN), Carmen Dorantes Martínez (PRI), Yolanda de la Torre Valdez (PRI),
Lisbeth Hernández Lecona (PRI), Ma. del Rocío Pineda Gochi (PRI),
Margarita Flores Sánchez (PRI), Ivonne Álvarez García (PRI), Graciela
Ortiz González (PRI), el 13 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite
presentado el 29 de septiembre de 2016.
Proyecto de decreto aprobado por 83 votos a favor y 1 abstención. Pasa a
la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII
Legislatura)
Propuesta:
Crear la Ley General de Asentamientos Humanos,
Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo objeto es fijar
normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para
ordenar el uso del territorio y los asentamientos humanos en el país,
con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de
las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos,
protegerlos y garantizarlos plenamente; y establecer la concurrencia de
los tres órdenes de gobierno en la planeación, ordenación y regulación
de los asentamientos humanos en el territorio nacional, mismas que
deberán conducirse bajo los principios de política pública: derecho a la
ciudad, equidad e inclusión, derecho a la propiedad urbana, coherencia y
racionalidad, participación democrática y transparencia, productividad y
eficiencia, protección y progresividad del espacio público, resiliencia,
seguridad urbana y riesgos, sustentabilidad ambiental y accesibilidad
universal y movilidad. Establecer dentro de las finalidades de las NOMs
establecer los lineamientos, criterios, especificaciones técnicas y
procedimientos que deberán observar los tres órdenes de gobierno para
garantizar las medidas adecuadas para el ordenamiento territorial y el
desarrollo urbano y metropolitano en los términos de la Ley.
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Turnada a la
Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial
para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para
opinión
el 30 de septiembre de 2016. |