No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
del Impuesto Sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Sen.
Benjamín Robles Montoya
(PRD) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Actualizar diversos elementos y términos aplicables al
Régimen de Incorporación Fiscal, precisar que podrán optar por pagar el
ISR bajo dicho régimen los contribuyentes que en las actividades
profesional o empresarial que correspondan no hubieran excedido de los 6
millones de pesos; reestructurar los límites y el porcentaje de
aplicación al excedente referidos en la tabla que establece las tarifas
bimestrales que deberán observar los contribuyentes que tributen bajo el
Régimen de Incorporación Fiscal; puntualizar elementos relativos a las
obligaciones de los contribuyentes sujetos al régimen en comento;
detallar los requisitos mínimos que deberán contener los comprobantes
fiscales digitales; permitir que tributen bajo el Régimen de
Incorporación Fiscal las personas físicas que perciban ingresos por
cuales quiera de los ramos de seguro que componen el esquema integral de
seguridad social, y eliminar disposiciones que obligan a contribuyentes
a tributar bajo los términos que regulan a las personas físicas con
actividades empresariales profesionales, en caso de no contar con los
requisitos para sujetarse al Régimen de Incorporación Fiscal. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Cesar Alejandro Domínguez Domínguez
(PRI) |
Comisión de Salud, para dictamen |
Facultar a las entidades federativas para ejercer las
funciones de verificación, autorización, inspección, vigilancia y
registro de todos aquellos centros públicos, privados y sociales
especializados en el tratamiento, atención y rehabilitación de las
adicciones que se encuentren dentro de su territorio. Autorizar a las
dependencias y entidades de la administración pública en materia de
salubridad general para crear, supervisar, verificar, certificar y
evaluar los centros especializados en adicciones. |
3 |
Que reforma los artículos 41 y 54 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II.
29 de septiembre de 2015. |
Diputado
Federico Döring Casar
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen |
Establecer que el partido político que en un mismo
proceso electoral acumule sanciones económicas por un monto superior al
de su financiamiento público, perderá el derecho a que le sean asignados
diputados por el principio de representación proporcional. Sancionar con
pérdida del registro, al partido reincidente en conductas ilícitas. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
27 de octubre de 2015. |
Diputado
Eric Juárez Blanquet
(PRD) |
Establecer como derecho y obligación del ciudadano
revocar el mandato de los servidores públicos electos. Considerar al
presidente como servidor público y revocar su mandato cuando sea
sentenciado por violaciones graves a la Constitución y leyes federales,
manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales y delitos
de corrupción. Facultar al Congreso para legislar sobre revocación de
mandato. Responsabilizar por delitos de corrupción y delitos graves de
orden común a gobernadores, diputados locales, magistrados de tribunales
superiores de justicia locales, miembros de consejos de las judicaturas
locales, integrantes de ayuntamientos y miembros de organismos
autónomos. Revocar el mandato a gobernadores, al jefe del Gobierno del
Distrito Federal, senadores y diputados federales y locales acusados por
violaciones graves a la Constitución, a las particulares de los estados,
o por delitos de corrupción y graves de orden común. Establecer la
obligación de los servidores públicos de presentar su declaración de
impuestos y de intereses particulares. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de Energía para el Campo y de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal.
Publicación en GP:
Anexo III.
27 de octubre de 2015. |
Diputado
Alex Le Baron González
(PVEM) |
Comisiones Unidas de Energía, y de Gobernación, para
dictamen |
Facultar a la SAGARPA en coordinación con la Secretaría
de Energía, para establecer los precios y tarifas de estímulo de los
energéticos agropecuarios, considerando las condiciones económicas y
sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional. Prever
que la solicitud de cuota energética deberá hacerse por cada sitio
productivo y será determinada y entregada por la SAGARPA a la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público a más tardar el 30 de junio de cada año,
para que ésta a su vez la incluya en el presupuesto que el ejecutivo
entrega al legislativo. |
6 |
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2015. |
Diputada
Blandina Ramos Ramírez
(MORENA) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen |
Modificar el nombre de la Comisión de Pesca de la Cámara
de Diputados, para quedar como “Pesca y Acuacultura”. |
7 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley de Aeropuertos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2015. |
Diputado
Salvador Zamora Zamora
(MC)
A nombre propio y del Diputado José Clemente Castañeda
Hoeflich y
(MC) |
Comisión de Transportes, para dictamen |
Incluir en el título de concesión o permiso las
actividades comerciales y de servicios accesorias, así como los derechos
y obligaciones relativos al pago de contribuciones federales, estatales
y municipales. Revocar las concesiones por no realizar el pago de las
contribuciones por el uso, explotación, y aprovechamiento del inmueble
donde se encuentre la concesión, y por las actividades comerciales o de
servicios complementarias a la concesión. Registrar las sociedades
mercantiles mexicanas que proporcionen servicios aeroportuarios y
complementarios ante la autoridad municipal correspondiente para la
obtener las licencias. Sujetar los servicios comerciales en los
aeródromos civiles a las reglas de operación y autorización de giros
comerciales y de prestación de servicios en el municipio o delegación
donde se ubique el inmueble. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de
Vivienda.
Publicación en GP:
Anexo III.
15 de octubre de 2015. |
Diputada
Soralla Bañuelos de la Torre
(NA) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen |
Precisar que toda persona tiene derecho a disfrutar de
vivienda digna y decorosa y en materia de vivienda dar atención
preferente a las personas con los más bajos ingresos para el
otorgamiento de subsidios. |
9 |
Que reforma los artículos 3° de
la Ley General de Salud y 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Hugo Daniel Gaeta Esparza
(PRI) |
Comisiones Unidas de Salud, de Derechos de la Niñez |
Adicionar como materia de salubridad general, la
prevención, información, orientación, investigación, atención, control y
vigilancia en materia de embarazo temprano. |
10 |
Que reforma el artículo 139 de la Ley de la
Industria Eléctrica.
Publicación en GP:
Anexo III.
15 de octubre de 2015. |
Diputada
Nadia Haydee Vega Olivas
(PAN) |
Comisión de Energía, para dictamen |
Establecer que la Comisión Reguladora de Energía debe
contemplar dentro de las metodologías para determinar el cálculo de las
tarifas establecido en el párrafo anterior, las variables de radiación
solar, viento, humedad atmosférica y temperatura efectiva a fin de
establecer menores tarifas de la energía eléctrica en temporadas con
condiciones climáticas adversas que incrementen el consumo, en
localidades sin cobertura total de energía y en localidades productoras
de energía. Señalar que el Ejecutivo federal puede determinar, mediante
Acuerdo, un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas
finales a que se refiere el párrafo anterior con el propósito de
establecer menores tarifas para grupos determinados de usuarios de
suministro básico y en cuyo caso el cobro final hará transparente la
tarifa final. |
11 |
Que reforma el artículo 177 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo IV.
27 de octubre de 2015. |
Diputado
J. Guadalupe Hernández Alcalá
(PRD) |
Comisión de Salud, para dictamen |
Garantizar atención gratuita y prioritaria mediante los
avances científicos existentes e implantes cocleares a los niños menores
de tres años con discapacidad auditiva. |
12 |
Que reforma el artículo 73 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
27 de octubre de 2015. |
Diputada
Alma Lucía Arzaluz Alonso
(PVEM) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen |
Complementar la facultad del Congreso para expedir leyes
que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los gobiernos
de los estados y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas
competencias, en materia de protección al ambiente y de preservación y
restauración del equilibrio ecológico, adicionándole la materia de
bienestar animal. |
13 |
Que expide la Ley de Fomento para la Frontera
Norte.
Publicación en GP:
Anexo III.
27 de octubre de 2015. |
Diputado
Roberto Alejandro Cañedo Jiménez
(MORENA) |
Comisión de Asuntos Frontera Norte, para dictamen y a la
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de
establecer las bases para los regímenes fronterizos económico, social,
cultural y la cooperación internacional, que propicien el desarrollo
sustentable, social y cultural de los habitantes de la región fronteriza
norte. Crear la Comisión Intersecretarial de Asuntos Fronterizos, como
órgano intersecretarial presidido por el titular de la Secretaría de
Gobernación. Establecer la política integral de desarrollo fronterizo. |
14 |
Que reforma el artículo 38 de la Ley de
Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo III.
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Carlos Lomelí Bolaños
(MC) |
Comisión de
Hacienda y Crédito Público,
para dictamen, y a la Comisión de Federalismo,
para opinión |
Corregir el nombre del Instituto Nacional de Estadística
y Geografía. Establecer que para el cálculo del número de habitantes de
las Entidades Federativas, los Municipios y las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal a que se refiere este artículo, al
número reportado en la información estadística más reciente emitida por
el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se aplicará, con fines
de actualización, el valor de la tasa de crecimiento media anual de la
población que proporciona este Instituto. Señalar que el número que
resulte de la aplicación del factor de actualización señalado servirá
como base para la actualización del año siguiente, procedimiento que se
repetirá hasta que el Instituto emita nueva información estadística
sobre el número de habitantes, el cual servirá como base para las
actualizaciones posteriores. Asentar que si la información estadística
más reciente se emite con anterioridad a la distribución anual de los
recursos del Fondo señalado, en dicho año no se aplicará el factor de
actualización al número de población reportado. |
15 |
Que reforma los artículos 5o. y 15 de la Ley de
Desarrollo Rural Sustentable.
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2015. |
Diputado
Ángel García Yáñez
(NA) |
Comisión de Desarrollo Rural, para dictamen |
Establecer como objetivo del Estado fomentar la
investigación y el desarrollo tecnológico con un enfoque productivo de
desarrollo rural sustentable y fomentar la innovación científica y
tecnológica para el desarrollo rural sustentable en el Programa Especial
Concurrente. |
16 |
Que reforma el artículo 7° de la Ley General de
Educación
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Diputado
Pablo Elizondo García
(PRI) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen |
Cambiar el concepto “planeación familiar” por el de
“planificación familiar”. Incorporar dentro de los fines de la educación
que imparte el Estado y sus organismos descentralizados, el promover
programas escolares de educación sexual y reproductiva en educación
básica y media superior que incluyan la planificación familiar, sin
menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana,
con el propósito de fomentar la prevención de embarazos a temprana edad
y de enfermedades de transmisión sexual. |
17 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Ley de Sociedades de Solidaridad Social.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Diputada
Eloisa Chavarrias Barajas
(PAN) |
Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, para
dictamen. |
Establecer que las sociedades de solidaridad social se
constituyen sin fines de lucro, sustituir el concepto de “explotación
racional” por el de “explotación sustentable” de los recursos naturales,
disminuir de 15 a 10 el número de socios requerido para constituir una
sociedad de solidaridad social, actualizar el nombre de la Secretaría
interviniente sustituyendo “Secretaría de la Reforma Agraria” por
“Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano”, actualizar la
ley educativa sustituyendo la “Ley Nacional de Educación para Adultos”
por la Ley General de Educación. Establecer que en caso, de recibir
estímulos, franquicias o subsidios públicos las sociedades deben
sujetarse a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables en
la materia, así como informar sobre su uso y resultados derivados de los
mismos a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la
cual llevará para estos fines un registro de las sociedades constituidas
y de aquéllas que reciban estímulos, franquicias o subsidios públicos
para el fomento de sus actividades, garantizando así la transparencia y
rendición de cuentas sobre acciones y recursos públicos. |
18 |
Que reforma el artículo 41 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Diputado
Agustín Francisco de Asís Basave Benítez
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen |
Modificar la forma en que se determina el financiamiento
público de los partidos políticos que mantengan su registro después de
cada elección, para el sostenimiento de sus actividades ordinarias
permanentes. |
19 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
las Leyes Generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, y de
Partidos Políticos.
Publicación en GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Comisión de Gobernación, para dictamen |
Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales: Incluir los votos blancos en la votación nacional emitida.
Precisar el concepto de “voto blanco” como aquél expresado por un
elector en una boleta que depositó en la urna, marcando el cuadro que
contenga la leyenda Voto blanco. Determinar en el escrutinio y cómputo
el número de votos blancos y prohibir su promoción.
Ley General de Partidos Políticos: Multiplicar por el 65
por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización
vigente, la cantidad que resulte de restarle al número de ciudadanos
inscritos en el listado nominal, utilizado en la elección, el número
total de votos blancos emitidos durante la elección de diputados
inmediata anterior, para determinar anualmente el monto total por
distribuir entre los partidos políticos. Distribuir 30 por ciento en
forma igualitaria y el 70 por ciento restante de acuerdo con el
porcentaje de votos que hubieren obtenido del total de la votación
válida emitida inmediata anterior. |
20 |
Que reforma los artículos 192-D, 224 y 282 de la
Ley Federal de Derechos.
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2015. |
Diputado
Cesáreo Jorge Márquez Alvarado
(PVEM) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Establecer que no estarán obligados al pago del derecho
federal las actividades acuícolas definidas como acuacultura rural. |
21 |
Que reforma el artículo 234 de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2015. |
Diputada
Claudia Sofía Corichi García
(MC) |
Comisión de Gobernación, para dictamen |
Establecer que en las listas de representación
proporcional por cada tres segmentos, se incluirá una fórmula de
candidatos, propietario y suplente, que deberán ser migrantes,
connacionales radicados en el extranjero. |
22 |
Que reforma los artículos 38 y 45 de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III.
27 de octubre de 2015. |
Diputado
José Bernardo Quezadas Salas
(NA) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen |
Establecer como atribución de la Conferencia para la
Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, formular los
lineamientos que deberán seguir las comisiones para la elaboración y
entrega de los libros blancos y memorias documentales con las
actividades desarrolladas durante el periodo legislativo. Establecer
como tarea de las comisiones el elaborar y entregar a la Conferencia
para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos al final
de la legislatura los “libros blancos” y memorias documentales que
contengan las actividades desarrolladas durante el periodo legislativo,
mismos que deberán ser elaborados con forme a los lineamientos expedidos
por la referida Conferencia. |