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Que reforma la fracción III del artículo 110 de la
Ley Federal del Trabajo, y 41 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional
de la Vivienda para los Trabajadores.
Publicación en GP:
Anexo I.
09 de diciembre de 2015. |
Congreso del Estado de Nuevo León |
Comisión de Gobernación para dictamen. |
Establecer que los descuentos en los salarios de los
trabajadores para el pago de abonos para cubrir préstamos provenientes
del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores no podrán
exceder del 30 por ciento del salario. Otorgar automáticamente prorrogas
en los pagos de amortización. Solicitar al Instituto la realización de
un estudio socio económico a fin de que se ajuste el factor de pago a
sus posibilidades económicas, vencido el plazo para las prórrogas por
desempleo, si el trabajador continúa sin empleo formal. |