No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 34, fracción XIV, de la
Ley del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo I
04 de noviembre de 2015. |
Sen.
Ninfa Salinas Sada
(PVEM) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer un porcentaje máximo de 100% de activos fijos
en equipo, instalación o adaptación de infraestructura o sistemas que
tengan como finalidad la captación y aprovechamiento de agua pluvial. |
2 |
Que adicionan y reforman diversas disposiciones de
la Ley Aduanera.
Publicación en GP:
Anexo I
04 de noviembre de 2015. |
Senadores de diversos
Grupos Parlamentarios |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Adicionar como infracción, la introducción a territorio
nacional de determinadas lanchas, yates y veleros turísticos sin el
permiso correspondiente. Sancionar con multa de $10,000.00 a $15,500.00
la infracción mencionada. |
3 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales
de los Trabajadores del Estado.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Lucía Virginia Meza Guzmán
(PRD)* |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de
Seguridad Social, para dictamen. |
Otorgar autonomía presupuestaria y financiera a Pensionissste. |
4 |
Que reforma el artículo 381 Bis y adiciona un
artículo 381 Ter al Código Penal Federal.
Publicación en GP:
Anexo II
13 de octubre de 2015. |
Dip.
Juan Antonio Ixtláhuac Orihuela
(PRI)
A nombre propio y del Dip. Francisco Javier Santillán
Oceguera (PRI) |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Tipificar como delito el “abigaeto” entendido como la
venta, compra, comercialización, permuta o transporte animales producto
de robo. Considerar diversas modalidades para el abigaeto, así como sus
respectivas sanciones. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Miguel Ángel Yunes Linares
(PAN) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen y a la
Comisión de Seguridad Pública para opinión. |
Crear el Instituto Nacional de Seguridad Pública, como un
organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios,
así como de autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus
atribuciones. Facultar a dicho Instituto para reglamentar, supervisar y
evaluar el ejercicio de competencias y facultades en materia de
seguridad pública y administración penitenciaria de los distintos
órganos de los tres órdenes de gobierno; regular y gestionar el Servicio
Nacional de Carrera Policial; gestionar, administrar y regular las bases
de datos de información en la materia; reglamentar los mecanismos de
recopilación, intercambio y acceso a las mismas; proponer políticas
públicas en el ámbito de sus competencias, atendiendo a mecanismos de
participación ciudadana; y, emitir observaciones y recomendaciones para
la corrección o mejora de capacidades y procesos de las evaluaciones y
auditorías. Establecer la estructura del Instituto. Facultar al Congreso
para expedir leyes que establezcan las bases de funcionamiento,
organización y coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública y
el sistema nacional de carrera policial. |
6 |
Que reforma y adiciona los artículos 72 y 73 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Agustín Francisco de Asís Basave Benítez
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Incluir en el proceso legislativo, al Poder Judicial de
la Federación, para que antes de que la Cámara revisora apruebe un
proyecto de ley, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su
opinión respecto a la constitucionalidad de éste. Facultar al Congreso
para expedir leyes que regulen las materias de derechos humanos, leyes
orgánicas de los poderes de la unión, organismos autónomos
constitucionales, sistema nacional anticorrupción, medios de control
constitucional, entre otros. |
7 |
Que reforma los artículos 10 y 101 de la Ley
Agraria.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Claudia Villanueva Huerta
(PVEM) |
Comisión de Reforma Agraria, para dictamen. |
Precisar que los ejidos operan de acuerdo con su
reglamento interno, sin más limitaciones en sus actividades que las que
dispone la ley observando siempre respeto de los derechos humanos que
reconoce la Constitución. |
8 |
Que reforma el artículo 17 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Roberto Guzmán Jacobo
(MORENA) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Facultar al Consejo de Salubridad General para promover
la instalación de una Unidad de Hemodiálisis en todos los centros de
salud del sector público. |
9 |
Que reforma el artículo 7º de la Ley General de
Educación.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Gustavo Adolfo Cárdenas Gutiérrez
(MC) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Adicionar como fin de la educación que imparta el Estado,
fomentar el conocimiento y el respeto de las instituciones nacionales
así como inculcar los principios de honestidad y honradez. |
10 |
Que reforma los artículos 474 de
la Ley Federal del Trabajo, 42 de la Ley del Seguro Social y 56 de la
Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Carmen Victoria Campa Almaral
(NA) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de
Seguridad Social, para dictamen. |
Incluir en la definición de accidente de trabajo, los
accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de
su domicilio al centro escolar de sus hijos, del centro escolar de sus
hijos al lugar de trabajo y viceversa. |
11 |
Que adiciona un artículo 10-Bis a la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Norma Edith Martínez Guzmán (PES) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Establecer que los
profesionales,
técnicos, auxiliares y
prestadores de servicio social que formen parte del Sistema Nacional de
Salud, podrán hacer valer la objeción de conciencia y excusarse de
participar en todos aquellos programas, actividades, prácticas,
tratamientos, métodos o investigaciones que contravengan su libertad de
conciencia, con base en sus valores o principios éticos. Asentar que la
Secretaría de Salud emitirá las disposiciones y lineamientos para
manifestar la objeción de conciencia, y tendrá la obligación de contar
en todos los casos con personal no objetor que reciba y atienda al
paciente cuando se haga efectiva esta facultad, sin que estas
disposiciones puedan limitar el ejercicio de este derecho o generar
discriminación en el empleo hacia quien lo haga valer. |
12 |
Que reforma el artículo 4º de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Gloria Himelda Félix Niebla
(PRI) |
Comisión de Puntos Constitucionales, parea dictamen. |
Establecer que toda persona tiene derecho a la seguridad
social, que cubrirá asistencia médica y prestaciones en caso de
enfermedad y desempleo, accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales, maternidad, invalidez, vejez y muerte. |
13 |
Que reforma y adicionan diversas disposiciones de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Lorena del Carmen Alfaro García
(PAN) |
Comisión de Gobernación, para dictamen, y a la Comisión
de Transparencia y Anticorrupción para opinión. |
Incluir en la Ley a la Secretaría de la Función Pública,
eliminando las facultades conferidas en la materia a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, facultando a la primera de éstas para:
organizar el sistema de control y evaluación gubernamental; coordinar
políticas de desarrollo de indicadores por dependencia y entidad que
estimulen su desempeño; vigilar el cumplimiento de las normas de
control; vigilar en conjunto con la Auditoría Superior de la Federación
el cumplimiento de las normas fiscalización; realizar investigaciones y
auditorias en las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal; vigilar a éstas en materia de contabilidad, contratación y
remuneraciones de personal, adquisiciones, arrendamientos y ejecución de
obra pública. |
14 |
Que reforma el artículo 28 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Arturo Santana Alfaro
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que el Banco Central fijará como tasa de
interés máxima el 35 por cierto para cualquier tipo de crédito otorgado
por las diversas instituciones de crédito reguladas por el sistema
financiero y entes no regulados. |
15 |
Que adiciona un artículo 70 Bis a la Ley General
de Salud.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
José Refugio Sandoval Rodríguez
(PVEM) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Facultar a los estados y el Distrito Federal, para
legislar en los ámbitos de su competencia, a efecto de garantizar el
suministro de preservativos en los centros de salud, así como las
acciones necesarias para facilitar, ya sea la venta o entrega de dichos
métodos anticonceptivos en lugares visibles al interior de las
instalaciones de hoteles y moteles, establecimientos que vendan bebidas
alcohólicas e instituciones de educación secundaria, media y superior,
siendo indispensable en éstas últimas, la aplicación de un programa
informativo en materia de salud sexual que permita a los estudiantes
tomar decisiones responsables respecto de su vida sexual, para disminuir
el riesgo reproductivo, prevenir las enfermedades y demás enfermedades
de transmisión sexual, así como para prevenir los embarazos en
adolescentes. |
16 |
Que reforma y adiciona el artículo 9° de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Roberto Alejandro Cañedo Jiménez (MORENA) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Prohibir el uso de las fuerzas armadas, cuerpos
policiacos o de seguridad pública como instrumento de disolución y
represión social. |
17 |
Que reforma el artículo 137 Bis 9 de la Ley
Aduanera.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Cynthia Gissel García Soberanes (MC) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer que la importación de autos usados podrá
llevarse a cabo directamente por el importador, sin necesidad de agente
o apoderado aduanal. Prohibir que la Secretaría de Economía o la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público establezcan disposiciones de
carácter general, regulaciones y restricciones arancelarias o no
arancelarias que puedan ser contrarias o impliquen mayores requisitos
que los establecidos en el Tratado de Libre Comercio con América del
Norte. |
18 |
Que reforma y adicionan diversas disposiciones de
la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
María Eugenia Ocampo Bedolla (NA) |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para
dictamen. |
Establecer que los Organismos garantes por medio del
gobierno abierto deberán proporcionar información trasparente, eficaz y
eficiente que genere mayor participación de los ciudadanos a través de
las nuevas tecnologías de innovación gubernamental. Señalar que el
gobierno abierto es la apertura de información de los sujetos obligados
a través de un sistema de transparencia, participación ciudadana y
colaboración que refuerza la democracia, asegura la confianza pública y
promueve la eficacia y la eficiencia gubernamental mediante las nuevas
tecnologías de innovación gubernamental. Asentar que la apertura
gubernamental promoverá mayor disponibilidad de datos de los organismos
garantes hacia los ciudadanos, por medio de nuevas tecnologías que
faciliten la participación de la sociedad en la rendición de cuentas.
Estatuir que los Organismos garantes, en el ámbito de sus atribuciones
coadyuvarán eficaz y eficientemente, con los sujetos obligados y
representantes de la sociedad civil en la co-creación de políticas y
mecanismos de apertura gubernamental. |
19 |
Que reforma los artículos 25 y 46, y adiciona el
47 Bis de la Ley de Coordinación Fiscal.
Publicación en GP:
Anexo II.
29 de septiembre de 2015. |
Dip.
Fernando Uriarte Zazueta
(PRI) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Crear el Fondo de aportaciones para el fortalecimiento de
la frontera de Ciudad Juárez y destinar las aportaciones federales con
cargo al Fondo, a la recuperación de los costos que Ciudad Juárez y sus
demarcación fronteriza erogan, en la atención de las necesidades urbanas
y de servicios públicos de la población flotante y migrante que
diariamente transita o que se ha establecido en sus territorios,
proveniente de otras entidades de la república, como son infraestructura
en espacios públicos de esparcimiento y recreación, transporte público,
guarderías, educación, salud, deporte, alumbrado público, pavimentación,
mantenimiento de carpeta asfáltica y el resto de servicios relativos que
requiere la población fronteriza. |
20 |
Que reforma el artículo 32-A del Código Fiscal de
la Federación.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Emma Margarita Alemán Olvera (PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Precisar que las personas físicas con actividades
empresariales y las personas morales, podrán optar por dictaminar sus
estados financieros por contador público autorizado. Asimismo, los
residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país,
podrán optar por hacerlo de conformidad con las reglas generales que al
efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
21 |
Que reforma el artículo 25 de la Ley General de
Salud.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Maricela Contreras Julián
(PRD) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Garantizar los servicios de salud a domicilio a la
población con grado de vulnerabilidad, a través de programas que la
federación y las entidades federativas implementen. |
22 |
Que reforma los artículos 33 de
la Ley General de Educación y 201 de la Ley del Seguro Social.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Javier Octavio Herrera Borunda (PVEM) |
Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios
Educativos, y de Seguridad Social, para dictamen. |
Establecer que las autoridades educativas otorgarán
apoyos económicos a madres de familia y jóvenes embarazadas entre los 12
y 19 años 11 meses de edad en condiciones de vulnerabilidad que
permanecen en los servicios educativos de nivel básico y medio superior
que presta el estado y hacerlas beneficiarias del seguro de guarderías. |
23 |
Que reforma el artículo 102 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
|
Dip.
Alfredo Basurto Román
(MORENA) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que todo servidor público al que se le dirija
una recomendación de los organismos de protección de los derechos
humanos, deberá comparecer para darle respuesta. Facultar a la Cámara de
Diputados para citar a la autoridad responsable por la negativa de ésta
para atender las recomendaciones de dichos organismos. |
24 |
Que reforma los artículos 57 y 584 del Código de
Justicia Militar.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC) |
Comisión de Defensa Nacional, para dictamen. |
Eliminar del supuesto de delito contra la disciplina
militar, los del orden común o federal que fueren cometidos por
militares en los momentos de estar en servicio o con motivo de actos del
mismo. Precisar que en todos los casos, cuando concurran militares y
civiles como sujetos activos, o se violen derechos humanos, deberán ser
juzgados por tribunales del Poder Judicial no por la justicia militar.
Suprimir el arraigo al testigo por el tiempo que fuere estrictamente
necesario para que rinda su declaración. |
25 |
Que reforma los artículos 7° y 47 de la Ley
General de Educación.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Manuel Alexander Zetina Aguiluz
(NA) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos,
para dictamen. |
Establecer en
los fines de la educación el
contribuir al
desarrollo integral del individuo, para que ejerza plena y
responsablemente sus valores, capacidades y habilidades humanas;
el
favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así
como las capacidades de observación, análisis, síntesis, deducción,
inducción,
discernimiento y reflexión críticos; el promover el valor de la justicia
y de la igualdad de los individuos ante ésta, propiciar la cultura de la
legalidad, de la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus
manifestaciones, así como el conocimiento de los Derechos Humanos, sus
Garantías y el respeto a los mismos; el fomentar actitudes solidarias y
positivas hacia el trabajo, el ahorro, la educación financiera y el
bienestar general; el promover y fomentar la lectura, la comprensión
lectora y el libro, así como favorecer el desarrollo de habilidades para
buscar información, hablar con precisión y escribir con eficacia
comunicativa; el difundir los derechos de niños, niñas y adolescentes y
las formas de protección con que cuentan para ejercitarlos y el fomentar
el uso adecuado, responsable y eficiente de las Tecnologías de la
Información y la Comunicación como herramientas de interacción,
información, comunicación y conocimiento, así como propiciar el rechazo
a contenidos inapropiados, violentos e interacciones que generen
adicción o aislamiento. |
26 |
Que reforma los artículos 3° y 135 de la Ley
General de Salud.
Publicación en GP:
Anexo IV.
15 de octubre de 2015. |
Dip.
Ana María Boone Godoy
(PRI) |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Considerar como materia de salubridad general, el control
y la erradicación de enfermedades transmisibles. |
27 |
Que reforma el artículo 8º del Reglamento de la
Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Brenda Velázquez Valdez
(PAN) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen. |
Considerar como obligaciones de los diputados y
diputadas, durante el primer y último semestre de cada legislatura y
bajo protesta de decir verdad, presentar y hacer pública la declaración
fiscal, patrimonial y de intereses, las cuales deberán ser difundidas
para conocimiento público por medio de los servicios de información en
internet de la Cámara de Diputados. |
28 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Omar Ortega Álvarez
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Eliminar la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados,
para declarar si ha o no lugar a proceder penalmente contra los
servidores públicos que hubieren incurrido en delito. Otorgar “inmunidad
Constitucional” a los servidores públicos. Considerar los supuestos de
retiro de inmunidad para el Presidente de la República. |
29 |
Que reforma el artículo 102 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Dip.
Lia Limón García (PVEM) |
Dotar de autonomía de gestión y presupuestaria,
personalidad jurídica y patrimonio propios a los organismos estatales de
derechos humanos de las entidades federativas. |
30 |
Que reforma el artículo 6° de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Norma Xóchitl Hernández Colín (MORENA) |
Establecer que la manifestación de las ideas no será
sometida a ninguna inquisición judicial o administrativa, sólo en los
casos que establezca la ley, ejercer el derecho de réplica en los
términos dispuestos por el ordenamiento jurídico y precisar que el
derecho a la información deberá promover la formación de la opinión
pública para el ejercicio de una democracia representativa. |
31 |
Que reforma los artículos 2º y 41 de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP:
Anexo II
04 de noviembre de 2015. |
Dip.
Claudia Sofía Corichi García (MC) |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Considerar en el proyecto de Presupuesto de Egresos, las
previsiones de gasto que correspondan a la atención del fenómeno
migratorio. |
32 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP:
Anexo III
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Ariadna Montiel Reyes
(Sin Partido)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Incluir el Régimen Intermedio de las personas físicas con
actividades empresariales y el Régimen de Pequeños Contribuyentes.
Establecer que las personas físicas que únicamente presten servicios
profesionales, los contribuyentes con actividades agrícolas, ganaderas,
pesqueras o silvícolas o de autotransporte terrestre de carga o de
pasajeros, cuyos ingresos no excedan de $10’000,000.00, y los
contribuyentes personas físicas que realicen exclusivamente actividades
empresariales, cuyos ingresos no excedan de $4’000,000.00, podrán llevar
la contabilidad en un solo libro de ingresos, egresos y de registro de
inversiones y deducciones. Eliminar los ingresos por intereses a los
pagos efectuados por las instituciones de seguros a los asegurados o
beneficiarios. |
33 |
Que abroga la Ley para la Depuración y Liquidación de
Cuentas de la Hacienda Pública Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Eloisa Chavarrias Barajas
(PAN)* |
Abroga la Ley para la Depuración y Liquidación de Cuentas
de la Hacienda Pública Federal. |
34 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Publicación en GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Dip.
Claudia Edith Anaya Mota
(PRI)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas
Parlamentarias, para dictamen. |
Considerar para efectos de opinión, el turno de
iniciativas o minutas preferentes a comisiones. Considerar a las
comisiones especiales, el turno de asuntos legislativos para opinión.
Extinguir la Comisión Especial que no emita opinión en más de tres
asuntos que le sean turnados. |
35 |
Que reforma los artículos 32 y 34 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal.
Publicación en GP:
Anexo IV
27 de octubre de 2015. |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Incluir en los asuntos que le corresponde despachar a la
Secretaría de Desarrollo Social el Fomentar la organización y
constitución de toda clase de sociedades cooperativas, cuyo objeto sea
la producción industrial, la distribución o el consumo. Eliminar de
entre los asuntos que corresponde despachar a la Secretaría de Economía
el Fomentar la organización y constitución de toda clase de sociedades
cooperativas, cuyo objeto sea la producción industrial, la distribución
o el consumo. |
36 |
Que reforma el artículo 2-A de la Ley del Impuesto
al Valor Agregado.
Publicación en GP:
Anexo III
29 de octubre de 2015. |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Calcular el IVA aplicando la tasa del 0% a la enajenación
de las ayudas a la movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de
apoyo, que usen las personas con discapacidad que por sus
características suplan o disminuyan su discapacidad. Precisar el
concepto de ayudas técnicas, como los dispositivos tecnológicos y
materiales que permiten habilitar, rehabilitar o compensar limitaciones
funcionales, motrices, sensoriales o intelectuales de las personas con
discapacidad y considerar como persona con discapacidad aquellas que
tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a
largo plazo. |