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Comisión de Justicia.
Publicación en GP:
Anexo III.
03 de diciembre de 2015. |
Que expide la Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en
contra de la Industria Petrolera; y reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, del Código
Penal Federal, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, de
la Ley Federal de Extinción de Dominio, del Código Fiscal de la
Federación y del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Proceso Legislativo:
Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el
Senador Omar Fayad Meneses (PRI) el 11 de noviembre de 2014. (LXII
Legislatura)
Dictamen de Primera Lectura del 10 de marzo de 2015. (LXII
Legislatura)
Dictamen a Discusión del 12 de marzo de 2015. Proyecto de
decreto aprobado por 82 votos en pro y 7 en contra. Pasa a la Cámara de
Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII
Legislatura)
Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 05 de
noviembre de 2015. (LXIII Legislatura)
Propuesta:
Crear un ordenamiento jurídico que tiene por objeto
establecer delitos y sanciones aplicables en materia de hidrocarburos,
petrolíferos o petroquímicos y demás activos –bienes asociados a la
producción, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos.
Seguir de oficio todos los casos observados en la ley; determinar que la
acreditación de los delitos relacionados con el sector de hidrocarburos,
se presumirá propiedad federal salvo prueba en contrario; sancionar con
prisión y multas económicas a quien: sustraiga sin la autorización
correspondiente, hidrocarburos y sus derivados, de ductos, vehículos,
equipos o instalaciones de la industria; y, compre, reciba, negocie,
resguarde, transporte, descargue o deposite cualquier forma
hidrocarburos ilícitos; y, catalogar como miembros de la delincuencia
organizada a quienes realicen las actividades señaladas. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |
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Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Publicación en GP:
Anexo V.
03 de diciembre de 2015. |
Que expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas
y los Municipios, y se Reforman, Adicionan y Derogan diversas
disposiciones de las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda
Pública y General de Contabilidad Gubernamental.
Proceso Legislativo:
Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 19 de
agosto de 2015. (LXII Legislatura)
Propuesta:
Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de
establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria que
regirán a las entidades federativas y los municipios, así como a sus
respectivos entes públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas
públicas. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD)
(Se sometió a discusión de inmediato) |