PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO.

Datos Relevantes de la Sesión N° 5, Septiembre 20, 2005.

7. INICIATIVAS

No

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

     Con proyecto de decreto que reforma el artículo 308 del Código Civil Federal.

Diputada

 

María

Martha  Celestina

Eva

Laguette Lardizábal

(PRI)

      Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Civil

     Incluir en el concepto de los alimentos la obligación de cubrir los gastos de atención médica, la hospitalización e, incluso, los gastos de embarazo y parto, ya que actualmente sólo se prevé la asistencia en casos de enfermedad.

Los alimentos comprenden:

     I. La comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y, en su caso, los gastos de embarazo y parto;

     II. Respecto de los menores, además, los gastos para su educación preescolar, primaria y secundaria, y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales;

     III. Con relación a las personas con capacidades diferentes o declarados en estado de interdicción, lo necesario para lograr, en lo posible, su habilitación o rehabilitación y su desarrollo; y

     IV. Por lo que hace a los adultos mayores, se procurará que los alimentos se les proporcionen integrándolos a la familia.

2

     Con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona el artículo 11 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados.

 

Diputado

Ángel Pasta Muñuzuri

(PAN)

      Se turnó a la Comisión de Seguridad Pública.

Readaptación social

     Establecer en el marco legal penitenciario que todo interno tendrá derecho a recibír educación.

     Señalar que todo interno tendrá derecho a recibir educación por parte de Estado. Esta será, no solo de carácter académico, sino también humano, cívico, social, higiénico, artístico, físico y ético.

3

     Con proyecto de decreto que reforma los párrafos séptimo y octavo del artículo 99, reforma los párrafos segundo, quinto, octavo, noveno y décimo y adiciona un párrafo décimo primero al artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y reforma la fracción VII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Diputada

Eliana García Laguna

(PRD)

      Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de Justicia y Derechos Humanos y de Gobernación.

Administración Pública

     Delimitar la participación de la Suprema Corte en el ámbito de competencias del Consejo de la Judicatura.

     Delimitar la participación de la Suprema Corte en el ámbito de competencias del Consejo de la Judicatura, excluyendo al presidente de la Suprema Corte de la presidencia del Consejo y garantizando a su vez que quienes conforman este órgano sean en su mayoría miembros de la ciudadanía pero nombrados por el poder que representa la voluntad popular, es decir por el legislativo. Para lo anterior y para evitar que el Ejecutivo tenga injerencia en la labor del Consejo, también se excluye la posibilidad de que el Ejecutivo pueda nombrar un Consejero.

4

     Con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 33 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Diputado

Jorge Antonio Kahwagi Macari

(PVEM)

 

Nota: Sin intervención en tribuna.

      Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Impuesto

     Implementar dentro de las reglas de reserva para fondo de pensiones o jubilaciones de personal, las distribuidoras de acciones de sociedad de inversión.

     Implementar dentro de las reglas de reservas para fondo de pensiones o jubilaciones de personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social y de primas de antigüedad, las distribuidoras de acciones de sociedades de inversión que ayudarán a que la administración de los recursos de los fondos de pensiones, se lleven a cabo de manera más eficiente.

5

     Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

José Mario Wong Pérez

(PRI)

     Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Constitucional

     Establecer el trabajo penitenciario con carácter de obligatorio.

     Aprovechar la existencia de mano de obra permanente, para reducir los excesivos gastos de manutención de la población penitenciaria, para enseñar un oficio o actividad productiva a los internos para que una vez excarcelados, se dediquen a actividades lícitas.

6

     Con proyecto de decreto que adiciona una fracción sexta al artículo 65 de la Ley General de Educación y reforma el artículo 15 de la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales para garantizar el derecho de los padres de familia a participar en las ceremonias cívicas de sus hijas e hijos.

Diputados

María

Guadalupe Suárez Ponce

y

Guillermo

Enrrique Marcos Tamborrel Suárez

(PAN)

      Se turnó a la Comisión de Gobernación de Educación Pública y Servicios Educativos.

Ceremonia Civica

     Garantizar el derecho de los padres de familia a participar en las ceremonias cívicas de sus hijas e hijos.

Establecer el derecho a los padres de familia u tutores el privilegio de participar en honores a la Bandera e Himno Nacionales de manera constante y periódica.

7

     Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 194-H Bis a la Ley Federal de Derechos.

Diputado

Adrián Chávez Ruiz

(PRD)

 

Nota: Sin intervención en tribuna.

      Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Derechos

     Reformar a la Ley Federal de Derechos a objeto de revisar las cuotas que pagan los pescadores ribereños del sector social.

 

     Revisar las cuotas que pagan los pescadores ribereños del sector social en cuanto a derechos por concepto de recepción y emisión de dictamen de Manifestación de Impacto Ambiental. Para garantizar que esto no se convierta un filtro que impida al sector social acceder a programas productivos.

     En el caso de que los solicitantes de los servicios sean cooperativas pesqueras, ejidos o grupos comunitarios se pagarán las siguientes cuotas:

     I. Por la recepción, evaluación y, en su caso, el otorgamiento de la resolución del informe preventivo $1,000.00

     II. Por la recepción y evaluación de la manifestación de impacto ambiental:

a). En su modalidad particular $2,500.00

b). En su modalidad regional $3,000.00

     III. Por el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental en su modalidad particular, de acuerdo con los criterios ambientales de la Tabla A y la clasificación de la Tabla B:

a) $2,500.00

b) $5,000.00

c) $11,500.00

 

     IV. Por el otorgamiento de la resolución de la manifestación del impacto ambiental en su modalidad regional de acuerdo con los criterios ambientales de la Tabla A y la clasificación de la tabla B:

a) $3,000.00

b) $6,000.00

c) $15,000.00

8

     Con proyecto de decreto que reforma el artículo 41 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Alejandro Agundis Arias

(PVEM)

      Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Parlamentaria

     Precisar las reglas por que el pleno del Congreso, a propuesta de la Mesa Directiva, puede acordar la creación de una Comisión de Investigación sobre cualquier asunto de interés público,

 

     Las comisiones de investigación elaborarán un plan de trabajo y podrán requerir la presencia, por conducto de la Presidencia de la Mesa Directiva, de cualquier persona para ser oída.

      Señalar que las conclusiones de estas Comisiones no tendrán ninguna implicación jurídica, ni afectará a las resoluciones judiciales y deberán plasmarse en un dictamen que será discutido en el  Pleno de la Cámara.

9

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo cuarto de la fracción III del artículo 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Francisco Javier Bravo Carbajal

(PRI)

      Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales

Constitucional

     Señalar que, las legislaturas de las entidades federativas, establecerán los procedimientos para la comprobación de los requisitos de elegibilidad y elección de Magistrados y Jueces.

 

     Otorgar a las legislaturas locales, las herramientas necesarias para que ellos, a su vez, puedan garantizar a la sociedad que los integrantes de los tribunales locales electos, cumplan objetivamente con los requisitos de elegibilidad señalados en la Constitución y puedan responder a las exigencias sociales de una excelente impartición de justicia.

10

     Con proyecto de decreto que reforma los artículos 34 y 35, y se adicionan los artículos 34 Bis, 34Ter y 34 Quarter de la Ley Federal Para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

Diputado

Marko Antonio Cortés Mendoza

(PAN)

     Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Sector Público

     Reformar la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, con el propósito de darle mayor claridad y celeridad a los procesos de donaciones.

 

     Señalar que la donación de los bienes deberá  hacerse de manera imparcial y se darán preferentemente a las personas físicas o instituciones que se ubiquen en las zonas geográficas más cercanas a los lugares en donde se encuentren dichos bienes, a efecto de agilizar su entrega y con ello seguir criterios de oportunidad y costos.

     Establecer que el SAE deberá llevar un estricto control y registro de los bienes donados, para lo cual deberá integrar un expediente en el que conste la solicitud, los documentos en los que se especifique el destino de los bienes y con los que se acredite el cumplimiento de los requisitos correspondientes, así como el contrato respectivo.

     Los bienes que se podrán donar son los siguientes:

     I. Los que sean transferidos para su donación;

     II. Los perecederos, de fácil descomposición o que por su propia naturaleza no sean susceptibles de conservarse sin que se extingan en un período de corto tiempo, según quede constancia en su dictamen de perennidad y calidad de aptitud para consumo humano, el cual será emitido por un perito nombrado por la autoridad competente;

     III. Aquellos respecto de los que se realicen los procedimientos de venta, sin que haya sido posible venderlos y, en su caso, se cuente con la autorización previa de la entidad transferente;

    IV. Los incosteables;

     V. Aquellos que, derivado de caso fortuito o fuerza mayor, sea imposible proceder a su venta; y

11

     Con proyecto de decreto que reforma el artículo 259 Bis del Capítulo I titulado del "Hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación"; del Título Décimo Quinto, del Código Penal Federal.

Diputada

 Omar Ortega Álvarez

(PRD)

      Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

Penal

     Prolongar la sanción para el hostigamiento sexual de 40 días multa a sanción de dos a 4 años de prisión y de 50 a 200 días de multa.

 

     Al que con fines lascivos, asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquier otra, se le impondrá sanción de dos a cuatro años de prisión, y de 50 a 200 días de multa.

12

     Con proyecto de decreto que  reforma y adiciona el párrafo primero del artículo 23 de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Diputada

Roberto Antonio Marrufo Torres

(PRI)

      Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

 Penal

     Homologar los días inhábiles entre dos ordenamientos legales, uno primario de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y uno secundario la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación artículo 163.

     Establecer que la falta de coordinación en los días inhábiles que encontramos en los artículos en referencia de la Ley de Amparo y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, crean confusión entre jueces, magistrados homologar los días inhábiles entre dos ordenamientos legales, uno primario de la Ley de Amparo Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y uno secundario la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación artículo 163.

     Señalar que son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo, todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre.

     Establecer que se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre.

13

     Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 77 Bis 1 y 77 Bis 9 de la Ley General de Salud.

Diputado

José Antonio Cabello Gil

(PAN)

      Se turnó a la Comisión de Salud.

Crédito

     Incorporar los servicios de salud mental en el Seguro Popular.

     Establecer el manejo y tratamiento de los trastornos mentales en el ámbito de la atención primaria, vía Seguro Popular, como un paso fundamental que permita facilitar y agilizar el acceso a los servicios para el mayor número de personas. Con ello se proporciona una mejor asistencia, y se reduce el despilfarro de tratamientos inadecuados e inespecíficos.

14

     Con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo V Bis, denominado Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos", a la Ley General de Desarrollo Social.

Diputado

Jorge de Jesús Castillo Cabrera

(PRI)

      Se turnó a las Comisiones Unidas  de Desarrollo Social y de Energía.

Desarrollo Social

     Adicionar un Capítulo V Bis, denominado Comisión Consultiva de Protección y de Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos, a la Ley General de Desarrollo Social.

     1. Crear un organismo denominado Comisión Consultiva de Protección y Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos que tendrá como función fundamental opinar en la determinación de las políticas, lineamientos y resoluciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en materia de tarifas, precios y estímulos con relación a los productos energéticos, así como asesorar y gestionar a favor de los ejidos, comunidades, grupos y organizaciones sociales en sus problemas y conflictos relacionados con los servicios de Energía Eléctrica y consumo de los Productos derivados de los Hidrocarburos.

     2. Otorgar a los grupos y organizaciones sociales de usuarios y consumidores populares, no industriales ni comerciantes, en los centros urbanos; los productores del campo, personas físicas, ejidatarios y de comunidades rurales, y la pequeña y mediana industrias, la participación, beneficios y gestiones de la Comisión Consultiva de Protección y Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos.

     3. Considerar objeto de regulación de los productos energéticos a la energía eléctrica, el gas, la gasolina, el diesel y el combustóleo.

     4. Señalar las atribuciones, obligaciones y organización de la Comisión Consultiva de Protección y Gestión de los Usuarios de Energía Eléctrica y Consumidores de Productos derivados de los Hidrocarburos.

15

     Con proyecto de decreto que reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y adiciona un artículo 57 Bis al Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Jorge Triana Tena

(PAN)

      Se turnó a las  Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Proceso Legislativo

     Definir el concepto de “Trámite Legislativo Preferente”

      1. Establecer que por cada periodo ordinario de sesiones del Congreso, el Presidente de la República podrá presentar hasta una iniciativa en carácter de preferente, que tendrá hasta siete días naturales para ser votada en el pleno por las dos terceras partes de la votación para ser rechazada o modificada; en caso de agotarse los siete días naturales se dará por aprobada y se remitirá a la cámara revisora la que seguirá el mismo procedimiento de votación.

     2. Especificar que no podrán tener el carácter de preferente las iniciativas que el Presidente presente en materia presupuestal, sistema electoral y de partidos, ni modificaciones constitucionales.

     3. Describir de forma más específica los tiempos y el procedimiento que seguiría el Congreso para la votación de iniciativas presentadas con el carácter de preferentes.

16

     Con Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Federico Barbosa Gutiérrez

(PRI)

      Se turnó a la Comisión de Reglamentos  y Prácticas Parlamentarias.

Plan de Desarrollo

     Crear la Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo y brindarle facultades de evaluación y seguimiento al Plan Nacional de Desarrollo, de manera puntual y expresa.

     1. Crear la Comisión para el Seguimiento y Evaluación del Plan Nacional de Desarrollo para que la Cámara de Diputados cuente con una Comisión Ordinaria que dé seguimiento y evalúe, periódicamente, el Plan Nacional de Desarrollo.

     2. Facultar a la Comisión para la Evaluación y Seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo para: Dictaminar, Realizar estudios, Emitir opiniones, Emitir resoluciones y Presentar informes.

17

     Con proyecto de decreto que reforma diversos artículos, Título y numeración del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Diputado

Fidel René Meza Cabrera

(PRI)

      Se turnó a la Comisión de Gobernación.

Electoral

     Cambiar la frase credencial para votar con fotografía.

 

     Se cambia la frase "credencial para votar con fotografía" por la de  “Credencial con fotografía para votar”.

18

     Con proyecto de decreto que reforma el artículo 32 de la Ley General de Educación, adicionándole un último párrafo.

Diputada

María Concepción Fajardo Muñoz

(PRI)

      Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

Educación

     Combatir la discriminación y fomentar una cultura con perspectiva de género.

 

    Establecer que  las autoridades educativas, deban promover acciones necesarias para que permitan alcanzar la equidad de género que garantice un desarrollo integral, se combata la discriminación y fomente una cultura con perspectiva de género.

19

     Con proyecto de decreto que reforma los artículos 40 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y 13 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Diputado

Gonzalo Moreno Arévalo

(PRI)

      Se turnó a la Comisiones Unidas de Gobernación y de Justicias y Derechos Humanos.

Electoral

     Preservar el interés general en el cumplimiento de la normatividad electoral tratándose de asuntos que no afecten los derechos o intereses determinados y personales de candidatos o ciudadanos en forma definida e individual.

     Establecer que tratándose de asuntos en los cuales se impliquen intereses generales como la fiscalización a los partidos políticos o el incumplimiento de las obligaciones legales en el ámbito de las campañas políticas, cualquier partido político, agrupación política, o candidato podrá proseguir los juicios y recursos legales, teniéndoles por acreditado el interés legal y jurídico, aun cuando no fueren parte en primera instancia.