Remite Decreto número 626 mediante
el cual se designa el Honorable Ayuntamiento
Instituyente del Municipio de Iliatenco,
Guerrero, aprobado el 4 de noviembre del año
en curso.
Resolutivos:
1.
Se designa el Honorable Ayuntamiento
Instituyente del Municipio de Iliatenco,
Guerrero, integrado de la siguiente forma:
Presidente propietario
Erasmo Cano Olivera |
Presidente suplente
Isidoro Mosso Cantú |
Síndico procurador propietario
Juan González Rojas |
Síndico procurador suplente
Santa Cruz Carranza López |
Regidor propietario
Otón Francisco Barrera |
Regidor suplente
Salomón de Jesús Oropeza |
Regidor propietario
Nemorio Eduardo Melesio |
Regidor suplente
Efraín Cantú Deaquino |
Regidora propietaria
Dagoberto Jiménez Castro |
Regidor suplente
Irma Jiménez Rasgado |
Regidor propietario
Cirilo Nicolás Cantú |
Regidora suplente
José Javier Santos Pérez |
Regidor propietario
Victorio García Cantú |
Regidor suplente
Delfino Cruz Altamirano |
Regidor propietario
Felicitas Terán Galeana |
Regidor suplente
Leonisa Deaquino Ramírez |
2.
El Honorable Ayuntamiento
Instituyente del Municipio de Iliatenco,
Guerrero, fungirá del periodo comprendido
del 6 de noviembre de 2005 al 31 de
diciembre de 2008.
3.
Tómeseles la protesta de ley
a los integrantes del H. Ayuntamiento
Instituyente del Municipio de Iliatenco,
Guerrero, y déseles posesión del cargo.
4.
Comuníquese el presente
decreto al titular del Poder Ejecutivo del
Estado para los efectos legales procedentes
y su publicación en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado.
5.
Comuníquese el presente
decreto al Poder Ejecutivo Federal y a las
Cámaras de Diputados y Senadores del
Congreso de la Unión para su conocimiento y
efectos legales conducentes.
6.
Hágase del conocimiento el
presente Decreto de los Organismos
Electorales Federales y Estatales.
7.
Comuníquese el presente
Decreto al Honorable Ayuntamiento de los
Municipios de Malinaltepec y San Luis
Acatlán, Guerrero, para los efectos de la
entrega y recepción y dése parte a la
Contraloría General del Estado y a la
Auditoría General del Estado para su
intervención dentro de su competencia. |