SEGUNDO RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO  

Datos Relevantes de la Sesión N° 2, Mayo 11, 2005.

 

8. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 5 en sus fracciones I y IV, artículo 13 fracción IX, artículo 15 fracción XII, artículo 31 fracción VIII, artículo 32 fracción I, V y IX, artículo 42 fracción IX, artículo 56 fracción VII, artículo 71 fracción V, artículo 87 en su texto, artículo 89 en su texto, artículo 114 en su texto, artículo 125 párrafo segundo y artículo 128, se adicionan dos fracciones a partir de la fracción XVII, recorriéndose las siguientes en forma subsecuente al artículo 15, un inciso j) al texto del artículo 21 un inciso j), recorriéndose en su orden natural los incisos subsecuentes a la fracción IX del artículo 22, todas estas de la Ley del Desarrollo Sustentable.

Congreso del Estado de Jalisco

 

 

 

Se turnó a la Comisión de Agricultura y Ganadería de la Cámara de Diputados.

 

Regular en materia económica y organizativa la implementación de cultivos orgánicos, alimentación, salud, autoconsumo, así como la promoción adecuada de productos de consumo local e internacional.

1. Propiciar el autoconsumo regional, así como la promoción del abasto, e implementar acciones que permitan desarrollar el ecoturismo rural.

2. Promover la coordinación de acciones consideradas en los programas de desarrollo rural sustentable, con las de los sectores industrial, comercial, turístico y de servicios con el objeto de diversificar e incrementar el empleo en el campo.

2

Con proyecto de decreto que reforma los párrafos quinto y sexto de la fracción II del artículo 198 de la Ley Federal de Derechos.

Congreso del Estado de Quintana Roo

 

 

 

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.

Federali8smo

Determinar que para el caso del pago de derechos por la realización de actividades recreativas o turísticas, deban canalizarse para el mantenimiento y conservación de las áreas naturales.

Señalar que los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos por la realización de actividades recreativas o turísticas, se destinen en un 50% para la conservación del área natural protegida que los genere; un 25 % para los fideicomisos mixtos de promoción de áreas protegidas y el 25 % restante se destine a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para la conservación y aprovechamiento de las áreas naturales protegidas en desarrollo.

3

Con proyecto de decreto que reforma el inciso b) del numeral 1, del artículo 12 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Diputado

Jesús Emilio Martínez Álvarez

(PC)

A nombre propio y de el Grupo Parlamentario de Convergencia

Nota: Sin intervención en tribuna

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.

Electoral

Precisar que para el caso del procedimiento de impugnación en materia electoral, puedan ser parte en el procedimiento las autoridades responsables o partidos políticos que hubieren realizado el acto o emitido la resolución que se impugna.

Señalar como partes en el procedimiento de los medios de impugnación a la autoridad responsable o el partido político en los casos previstos por la ley, que haya realizado el acto o emitido la resolución que se impugna.

4

Con proyecto de decreto que adiciona un numeral al artículo 21; se adiciona un inciso al numeral 2 del artículo 205; se adiciona un inciso d) al artículo 227 y se recorre el actual ; se reforma la fracción II del inciso e) del artículo 229; se reforma el inciso c) del numeral 1 del artículo 230 y se adiciona un inciso d) al artículo 232 y se recorre el actual, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; la fracción I del artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de impugnación en materia Electoral.

Diputado

Rafael García Tinajero Pérez

(PRD)

A nombre de la Dip. Eliana García Laguna

(PRD)

Se turnó a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados.

Electoral

Reconocer el voto en blanco en la legislación electoral, y señalar que en caso de que el voto en blanco constituya mayoría en una elección, se tenga que repetir la elección, precisando que si el resultado fuese el mismo en una elección extraordinaria, el espacio en el Congreso quedaría vacante, salvando la representación de la sociedad con los legisladores de representación proporcional.

1. Determinar que cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en más del 20 por ciento del total de las casillas instaladas en el distrito correspondiente, para el caso de la elección de diputados federales, en más del 20 por ciento del total de las casillas instaladas en la Entidad Federativa para el caso de senadores de la República y en más del 20 por ciento de las casillas instaladas en el territorio nacional para el caso de Presidente de la República, la votación deba repetirse en una elección extraordinaria.

2. Establecer que la elección extraordinaria deba convocarse para su celebración en un plazo no mayor a 90 días naturales al momento en que se declaró la nulidad de la elección.

3. Estipular que en la elección extraordinaria los partidos políticos puedan optar por inscribir a los mismos candidatos que se presentaron en la elección que se anuló por mayoría de votos en blanco.

5

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 fracción VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Jesús Emilio Martínez Álvarez

(PC)

A nombre propio y de el Grupo Parlamentario de Convergencia

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Constitucional

Otorgar explícitamente la facultad de revisión al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos de la deuda pública, directa o indirecta.

Señalar como facultad del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos la de dar bases sobre las cuales el Ejecutivo Federal pueda celebrar empréstitos sobre el crédito de la Nación, para aprobar esos mismos empréstitos y para reconocer, revisar, analizar su origen, términos, condiciones y cumplimiento de la normatividad y para mandar pagar la deuda nacional.

6

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 del Código Civil Federal.

Diputado

Jesús Emilio Martínez Álvarez

(PC)

A nombre del Dip. Jaime Miguel Moreno Garavilla (PC)

Nota: Sin intervención en tribuna

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.

Civil

Precisar en la normatividad que el Estado deba tutelar el bien jurídico de la vida, con independencia de las capacidades de goce y de ejercicio, así como los derechos y obligaciones que señale la normatividad.

Determinar que la capacidad jurídica de las personas físicas se adquiere por el nacimiento y se pierde por la muerte; señalando que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley, con independencia de las consecuencias jurídicas que el alumbramiento traiga consigo.

7

Con proyecto de decreto que reforma la fracción VII del artículo 73; se reforma el segundo párrafo a la fracción IV del artículo 74; se adiciona un cuarto párrafo a la fracción IV del artículo 74 y se recorren los siguientes párrafos; se reforma el párrafo octavo de la fracción IV del artículo 74 constitucional y se reforma la fracción II del artículo 79, todos ellos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Ángel Augusto Buendía Tirado

(PRI)

Nota: Sin intervención en tribuna

 

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

Constitucional / revisión Cuenta Pública

Precisar nuevas formas para la presentación y tramite de la Ley de Ingresos, Presupuesto de Egresos de la Federación y Cuenta Públca.

1. Determinar que el Ejecutivo Federal deba hacer llegar a la Cámara de Diputados la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 8 del mes de septiembre, y en donde esta deba aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación a más tardar el día 30 del mes de noviembre.

2. Señalar que previo a la presentación al Pleno de la Cámara de Diputados del Dictamen con Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, la Presidencia de la Cámara deba remitir al Ejecutivo Federal, a más tardar el día 8 del mes de noviembre, un proyecto de dictamen que contenga sólo las modificaciones que la comisión competente de la Cámara hubiere acordado realizar al proyecto, señalando que al respecto, el Ejecutivo Federal, dentro de los diez días siguientes, pueda formular las consideraciones y objeciones fundadas que estime pertinente, mismas que en Anexo al Dictamen deban someterse al Pleno, aún cuando hubieren sido incorporadas a él, y que para su rechazo se requiera el voto de las dos terceras partes de los Diputados presentes.

3. Establecer que la Cuenta Pública del año anterior deba ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a más tardar el día 10 del mes de abril.

4. Estipular que en el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública deba incluir las observaciones y acciones promovidas por la Entidad de Fiscalización Superior de la Federación que no hubieran sido solventadas y desahogadas una vez transcurrido el plazo de 45 días hábiles de que fueran comunicadas a los entes auditados.

8

Con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al inciso c), de la fracción IV del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

David Hernández Pérez

(PRI)

A nombre de la Dip. María Cristina Díaz Salazar

(PRI)

Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación de la Cámara de Diputados.

Judicial

Establecer las condiciones administrativas y económicas, a efecto de que los tribunales electorales en las Entidades Federativas, tengan un desarrollo integral en su actividad.

Determinar que los tribunales o salas electorales se constituyan como órganos permanentes, cuyo presupuesto anual no deba ser inferior al del ejercicio anterior durante el que se haya verificado un proceso electoral ordinario, señalando que los nombramientos de los magistrados que los integren, y las condiciones del ejercicio de su desempeño, deban estar sujetos a los requisitos y condiciones establecidos en la normatividad.

9

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Senador

Marco Antonio Adame Castillo

(PAN)

a) Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos Primera, de la de la Cámara de Senadores.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Constitucional

Consagrar en el texto constitucional los fines esenciales de la familia, a saber: la responsabilidad de formación de personas, educación de valores y participación en el desarrollo integral de la sociedad, así como su protección por la sociedad y el Estado.

 Determinar en el texto constitucional, que la familia es la institución natural que constituye una comunidad humana de vida, fundamento de la sociedad, integrada por los progenitores o uno de ellos y sus hijos, incluyendo los adoptados; o por parientes consanguíneos o afines, con la responsabilidad de formar personas, educar en valores y participar en el desarrollo integral de la sociedad.

10

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 7 y adiciona un último párrafo al artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Diputado

Jorge Leonel Sandoval Figueroa

(PRI)

Nota: Sin intervención en tribuna

 

 

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.

Judicial

Determinar que todas las resoluciones y votaciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deban ser firmadas por cada Ministro de afirmativa, negativa o abstención, en donde las resoluciones que carezcan de las firmas de la totalidad de los ministros serán nulas.

Señalar que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia en todas las resoluciones y acuerdos que deban adoptarse en sesión del pleno deberán firmarse los votos de afirmativa, negativa o abstención, señalando que las resoluciones que carezcan de las firmas de la totalidad de los ministros serán consideradas nulas.

11

Con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIII, y se reforma el penúltimo párrafo del artículo 215 del Código Penal Federal.

Diputado

Carlos Flores Rico

(PRI)

Nota: Sin intervención en tribuna

Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.

Penal / Responsabilidad de los Servidores Públicos

Sancionar a los servidores públicos que desacaten un auto de suspensión, provisional o definitivo, debidamente notificado por la autoridad competente o no la hagan cesar.

Precisar la comisión del delito de abuso de autoridad de los servidores públicos, cuando habiendo sido señalados como autoridad responsable, no obedezcan un auto de suspensión, provisional o definitivo, debidamente notificado por la autoridad competente o no la hagan cesar, también inmediatamente, si esto estuviere en sus atribuciones; o bien, si después de concedido un amparo, insistiere en la repetición del acto reclamado o tratare de eludir el cumplimiento de la sentencia de la autoridad federal; imponiéndosele de uno a ocho años de prisión, de cincuenta hasta trescientos días multa y destitución e inhabilitación de uno a ocho años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

12

Con proyecto de decreto para que se inscriba con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro "Primitivo y Nacional Colegio de San Nicolás de Hidalgo".

Diputado

Rafael García Tinajero Pérez

(PRD)

 

a) Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Letras de Oro

Determinar la inscripción con letras de oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro, el nombre de "Primitivo y Nacional Colegio de San Nicolás de Hidalgo".

Inscribir con Letras de Oro en el Muro de Honor del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de "Primitivo y Nacional Colegio de San Nicolás de Hidalgo".

13

Con proyecto de decreto que reforma la fracción I, apartado A, del artículo 20, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Carlos Flores Rico

(PRI)

Nota: Sin intervención en tribuna

 

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.

 

Explicitar en el texto constitucional la garantía del principio de presunción de inocencia a fin de dar cumplimiento a los instrumentos internacionales signados por México.

Establecer que en tanto que no se dicte sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada que declare responsable a alguien del delito que se le imputa, éste gozará de los beneficios de la presunción de inocencia.

14

Con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo y el inciso b) del numeral 2 del artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Rafael García Tinajero Pérez

(PRD)

 

 

a) Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Parlamentario

Adicionar la palabra régimen a la denominación de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, así como dotarle de facultades expresas de dictamen para definir todo lo relativo a las distinciones que se otorguen en nombre de la Cámara de Diputados.

Establecer que la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias deba dictaminar las propuestas que le presenten en la materia y en lo referente a la distinciones que se otorguen en nombre de la Cámara de Diputados, así como de resolver las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de legisladores constituidos en virtud de este ordenamiento.

15

Con proyecto de decreto que reforma la fracción II del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Senadora

Silvia Hernández Enríquez

(PRI)

 

a) Se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores.

b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates.

Constitucional

Facultar al Senado de la República para ratificar el nombramiento que el Ejecutivo Federal haga del Secretario de Relaciones Exteriores.

Señalar como facultad del Senado de la República, el ratificar el nombramiento que el Ejecutivo Federal haga del Secretario de Relaciones Exteriores.