No.
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Iniciativa
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Origen
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Turno o Trámite
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Materia
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Propuesta
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1
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Con proyecto de decreto
que reforma los artículos 39 y 43, y
adiciona el artículo 54 Bis a la
Ley Federal Sobre
Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos
e Históricos.
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Congreso del Estado de
Jalisco |
Se turnó a la
Comisión de Educación Pública
y Servicios Educativos de la Cámara de
Diputados.
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Patrimonio Cultural
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Establecer
la protección, legislación y actualización
de las leyes
concernientes
a la protección del
patrimonio cultural, sea este arqueológico,
artístico e histórico.
1. Que las
autoridades correspondientes establecerán en
la zona de monumentos, los perímetros
necesarios para la investigación y
protección de dicha área, los cuales se
implantarán como de restricción,
clasificándose en internos y externos.
2. El perímetro
de restricción clasificado como interno, se
establecerá con el criterio de abarcar la
totalidad de monumentos arqueológicos
inmuebles que se encuentren en esa zona.
3. Se
establecerán perímetros internos extras de
existir monumentos arqueológicos inmuebles
que se encuentren alejados de un complejo
principal.
4. A quienes
violen los perímetros de estricción, sean
internos o externos, con construcciones de
cualquier índole, se le impondrá prisión de
diez a quince años, y multa de hasta el
total del valor comercial del daño causado. |
2
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Con proyecto de decreto
que expide la
Ley Orgánica de la Universidad Autónoma
Agraria Antonio Narro.
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Diputado
Fernando Ulises Adame De León
(PRI)
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Se turnó a la
Comisión de Agricultura y
Ganadería de la Cámara de Diputados.
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Educación
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Crear la Ley Orgánica de la
Universidad Autónoma Agraria,
que le permita a la
institución actualizarse y acceder a mejores
formas de gobierno y organización, para
asegurar que sea una institución de calidad
y excelencia académica.
con mayor trascendencia al
bienestar y desarrollo armónico de la
sociedad; en este caso, principalmente la
del medio rural.
El proyecto de Ley Orgánica que se presenta
incluye modificaciones relevantes que son
las siguientes:
1.
La transformación de la Universidad en un
organismo público descentralizado de la
Administración Publica Federal, con la
finalidad de acceder a mejores oportunidades
de crecimiento, consolidación y desarrollo;
así como, de continuar recibiendo el
presupuesto Federal.
2.
La inclusión de un Consejo
Directivo como órgano de autoridad, que
tenga como funciones principales participar
en la definición de políticas generales de
planes y programas institucionales, y en su
seguimiento y evaluación; promover la
participación y vinculación de la
Universidad con la sociedad; y colaborar en
la gestión de los recursos para el
cumplimiento de los fines de la Universidad
y promover la transparencia de su uso.
3.
Que el Consejo Directivo
participe también, en la selección de
aspirantes a Rector y Titulares de las
Unidades Regionales, evaluando sus méritos y
trayectoria, con el propósito de escoger a
los mejores candidatos para proponerlos ante
el H. Consejo Universitario para su elección
por la Comunidad Universitaria. |
3
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Con proyecto de decreto
que adiciona los artículos 246 Bis, 254
Quáter, 381 Ter y 389 Ter al Código
Penal Federal, con el objeto de
tipificar los delitos de falsificación
informática, robo informático, fraude
informático y oferta informática engañosa.
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Diputada
Cristina Portillo Ayala
(PRD)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
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Penal/ Federal
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Tipificar como delitos
específicos y autónomos la falsificación
informática, el robo informático, el fraude
informático y la oferta informática
engañosa.
Sancionar al que, a
través de cualquier medio, cree, modifique o
elimine un documento que se encuentre
incorporado a un sistema que utilice
tecnologías de información; o cree,
modifique o elimine datos del mismo; o
incorpore a dicho sistema un documento
inexistente.
Señalar que incurrirá en las penas
señaladas en el artículo 253 del Código
Penal Federal,( prisión de tres a diez años
y con doscientos a mil días multa.) al que
ofrezca, comercialice o provea de bienes o
servicios mediante el uso de tecnologías de
información y haga alegaciones falsas o
atribuya características inciertas a
cualquier elemento de dicha oferta de modo
que pueda resultar algún perjuicio para los
consumidores. |
4
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Con proyecto de decreto
que adiciona un segundo párrafo al artículo
32 de la Ley de
Fiscalización Superior de la Federación
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Diputada
Diana Rosalía Bernal Ladrón
de Guevara
(PRD)
A nombre del diputado
Guillermo Huizar Carranza
(PRD) |
Se turnó a la
Comisión de Hacienda y
Crédito Público de la Cámara de Diputados. |
Fiscalización
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Establecer la obligación a la
Auditoría Superior de presentar informes
semestrales con el objetivo preciso de
mantener periódicamente informada a la
Cámara de Diputados por conducto de las
Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y
de Vigilancia de la Auditoría Superior de la
Federación, del estado que guardan las
observaciones hechas a los entes
fiscalizados.
Establecer que la
Auditoría Superior de la Federación deberá
informar detalladamente a la Cámara de
Diputados por conducto de las Comisiones de
Presupuesto y Cuenta Pública y de Vigilancia
de la Auditoría Superior de la Federación,
del estado que guarda la solventación de
observaciones hechas a los entes
fiscalizados. Para tal efecto, el informe a
que se refiere este párrafo será semestral y
deberá ser presentado a más tardar los días
31 de los meses de julio y enero de cada
año. |
5
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Con proyecto de decreto
que reforma el artículo 133 del
Código Federal de
Procedimientos Penales. |
Diputado
Jorge Leonel Sandoval
Figueroa
(PRI)
Nota:
Sin intervención en tribuna. |
Se turnó a la
Comisión de Justicia y
Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. |
Penal
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Sujetar al Ministerio Público
y al Procurador General de la República a
condiciones jurídicas más estrictas en el
desempeño de sus atribuciones a efecto de
mitigar la falta de seriedad para tratar los
asuntos propuestos para el no ejercicio de
la acción penal.
Señalar las siguientes
atribuciones para el Procurador General de
la República:
El Procurador General de
la República resolverá las causas del no
ejercicio de la acción penal propuestos por
el Ministerio Público.
Las resoluciones del
Procurador General de la República deberán
contener por lo menos:
I.- Un resumen de las
consideraciones revaloradas y la
fundamentación precisa de los elementos en
que basa su determinación.
II.- Las consecuencias
jurídicas de sus argumentaciones y de sus
resolutivos. |