Secretaría General

Datos Relevantes de la Sesión

1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Octubre 31, 2002.

4. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

6. ACUERDO DE LA MESA DIRECTIVA

5. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

No.

Origen

Dictamen

Turno o Trámite

Intervenciones

Estadística

1 Comisión de Marina

     Con proyecto de Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México. (Establecer lineamientos de respeto y disciplina que rijan las relaciones jerárquicas del personal naval de la Armada de México).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal, el 6 de noviembre de 2001.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República el 19 de septiembre de 2002, por 73 votos en pro y 3 en contra.

     3. Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 24 de septiembre de 2002.

     Materia: Militar/Armada.

     Propuesta:

     Expedir la Ley de Disciplina para el Personal de la Armada de México, con el propósito de:

     1. Establecer lineamientos básicos de respeto y consideraciones mutuas que rijan la interrelación del personal naval de la Armada de México.

     2. Fijar mecanismos mediante los cuales se le estimule y reconozca su esfuerzo y dedicación.

     3. Determinar los supuestos agravantes o atenuantes de las infracciones contra la disciplina naval militar, así como los criterios para la imposición y graduación de los correctivos disciplinarios; a la vez de establecer los parámetros para calificar las citadas faltas.

     4. Señalar lineamientos generales en materia de deberes del marino militar, comprendiendo deberes generales y deberes de acuerdo a la jerarquía y al cargo o comisión.

     5. Incorporar medidas preventivas para el sostenimiento de la disciplina; disminuir el plazo de los arrestos, así como sustituir la figura de “Depósito”, por la de “A Disposición en Espera de Órdenes”.

     6. Prever que los Organismos Disciplinarios impongan sanciones, a la vez de establecer la posibilidad de apelar sus resoluciones.

    a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

     b) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general y en lo particular.

     c) Aprobado en lo general y en lo  particular, en votación nominal, por 379 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención.

     d) Se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

Para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión:

Dip. Julio César Lizárraga López
(PAN)

Para fijar la posición de su Grupo Parlamentario:

Dip. Julieta Prieto  Fuhrken
(PVEM)

Dip. Rufino Rodríguez Cabrera
(PRD)

Dip. César Patricio Reyes Roel
(PAN)

Dip. Eréndira Olimpia Cova Brindis
(PRI)

PRI 1
PAN 2
PRD 1
PVEM 1

 

 

 

 

 

Subtotal: 5

2

Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos y de Hacienda y Crédito Público

     Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público y se adiciona el Código Federal de Procedimientos Penales. (Formular el marco legal que regule la venta de los bienes del Sector Público que no se encuentren sujetos a la prestación de servicios públicos).

 

Proceso Legislativo:

1. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores y turnadas como Minutas a la Cámara de Diputados:

a) Con proyecto de decreto que expide la Ley del Proceso Administrativo Simplificado de Enajenación, y se derogan diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales, de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, y del Código Fiscal de la Federación, presentada por el Sen. Alejandro Gutiérrez Gutiérrez (PRI), el 2 de octubre de 2001. (Dictamen aprobado el 23 de abril de 2002, por 80 votos en pro y 0 en contra, y Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 25 de abril de 2002).

b) Con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados; se adiciona el Código Fiscal de la Federación; se reforma el Código Penal Federal; y se reforma el Código Federal de Procedimientos Penales, presentada por la Sen. Yolanda Eugenia González Hernández (PRI), el 4 de octubre de 2001. (Dictamen aprobado el 10 de diciembre de 2001, por 88 votos en pro y 0 en contra, y Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 13 de diciembre de 2001).

c) Con proyecto de decreto que adiciona la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, presentada por la Sen. Yolanda Eugenia González Hernández (PRI), el 14 de diciembre de 2000. (Dictamen aprobado el 5 de abril de 2001, por 77 votos en pro y 0 en contra, y Minuta presentada en la Cámara de Diputados el 17 de abril de 2001).

2. Iniciativas presentadas en la Cámara de Diputados:

a) Con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, presentada por el Dip. José María Eugenio Núñez Murillo (PAN), el 11 de abril de 2002.

b) Con proyecto de decreto que reforma los artículos 48, 49, 50 y 51 y adiciona el artículo 50 bis de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, presentada por el Congreso del Estado de Jalisco, el 8 de mayo de 2002.

     Propuesta:

     Formular el marco legal necesario que regule los procesos de administración y  enajenación de los bienes de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que sean susceptibles de enajenarse, ya sea por disposición legal, por resolución de un procedimiento administrativo o por mandato de autoridad judicial competente, de conformidad con las siguientes bases:

     1. Se propone la abrogación de la Ley Federal para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados.

     2. Se establece el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, encargado de los procesos de administración, devolución, enajenación (donación y venta) y destrucción de los bienes del Sector Público.

     3. Se estipula que la administración del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes estará a cargo de la Junta de Gobierno y del Director General.

     4. Se integra la Junta de Gobierno por: el Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá; dos Subsecretarios de la misma dependencia; el Tesorero de la Federación y el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

     5. Se contempla que el porcentaje de los recursos obtenidos por los procedimientos de venta, así como la totalidad de los recursos que generen los bienes que administre el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, se destinarán a un Fondo, el cual contará con dos subcuentas generales, una correspondiente a los frutos y otra a las ventas.

     6. Se faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, para interpretar esta Ley.

     a) En votación económica se le dispensó la segunda lectura.

     b) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general.

     c) Aprobado en lo general y en lo  particular de los artículos no reservados, en votación nominal, por 380 votos en pro, 0 en contra y 2 abstenciones.

     d) Los diputados Tomás Torres Mercado (PRD) y Diego Cobo Terrazas (PVEM), presentaron artículos reservados a nombre de su respectivo Grupo Parlamentario y posteriormente, a solicitud de las Comisiones Unidas, las retiraron.

     e) En votación económica se consideraron suficientemente discutidos los artículos reservados.

     f) En votación nominal, por 370 votos en pro, 5 en contra y 13 abstenciones se  aprobaron los artículos reservados en los términos del dictamen presentado por las Comisiones Unidas.

     g) Aprobado en lo general y en lo particular, se turnó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

   Observación:

   Artículos Reservados.

   1. Por el Grupo Parlamentario del PRD:

   La denominación de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; artículos 5º, penúltimo y último párrafo; 19 párrafo segundo, última parte; 22, tercer párrafo; 24 y 80 de la propia Ley y el artículo 182-Q del Código Federal de Procedimientos Penales.

   2. Por el Grupo Parlamentario del PVEM.

   El artículo 13 de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

Para fundamentar el dictamen a nombre de las Comisiones Unidas:

Dip. José Elías Romero Apis
(PRI)

Para presentar artículos reservados a nombre de su Grupo Parlamentario:

Dip. Tomás Torres       Mercado
(PRD)

Dip. Diego Cobo  Terrazas
(PVEM)

Para hablar a nombre de las Comisiones Unidas:

Dip. Fernando Pérez   Noriega  (PAN)

PRI 1
PAN 1
PRD 1
PVEM 1

 

Subtotal: 4

3 Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso constitucional al C. Adrián Franco Zevada, para prestar servicios en la Embajada de Bulgaria, en México.

     Proceso Legislativo:

     Solicitud de particular presentada el 17 de octubre de 2002.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivo Único:

     Se concede permiso al C. Lic. Adrián Franco Zevada para prestar servicios como Asesor Jurídico (Abogado de Confianza), en la Embajada de Bulgaria en México.

     a) En votación económica se les dispensó la segunda lectura a éste y el siguiente dictamen a discusión.

     b) Se reservó para su votación nominal en conjunto.

4 Comisión de Gobernación y Seguridad Pública

     Con proyecto de decreto que concede permiso constitucional a los CC. Verónica Elizabeth Avilés Lobato, Alexander Alberto Michael Braune Magallón, Jorge Hefferan Romero, Carlos Hernández Muñoz, Arturo Carreón Cura y Mario Alberto Martínez Rojas, para prestar servicios en la Embajada de los Países Bajos, en México.

     Proceso Legislativo:

     Solicitudes de particulares presentadas el 22 de octubre de 2002.

     Materia: Permiso Constitucional a Ciudadanos.

     Resolutivos:

     1. Se concede permiso a la Lic. Verónica Elizabeth Aviles Lobato, para prestar servicios como Asesora del Departamento Económico en la Embajada de los Países Bajos en México.

     2. Se concede permiso al Lic. Alexander Alberto Michael Braune Magallón, para prestar servicios como Asesor Principal y Jefe Adjunto del Departamento Económico en la Embajada de los Países Bajos en México.

     3. Se concede permiso al Lic. Jorge Hefferan Romero, para prestar servicios como Asesor del Departamento Económico en la Embajada de los Países Bajos en México.

     4. Se concede permiso al Lic. Carlos Hernández Muñoz, para prestar servicios como Asesor del Departamento Económico en la Embajada de los Países Bajos en México.

     5. Se concede permiso al Lic. Arturo Carreón Cura, para prestar servicios como Chofer del Embajador en la Embajada de los Países Bajos en México.

     6. Se concede permiso al Lic. Mario Alberto Martínez Rojas, para prestar servicios como Chofer del Departamento Agrícola en la Embajada de los Países Bajos en México.

     a) Se reservó para su votación nominal en conjunto

     b) Aprobados, éste y el anterior dictamen a discusión, en votación nominal por 377 votos en pro, 0 en contra y 3 abstenciones.

     c) Se turnaron a la Cámara de Senadores para sus efectos constitucionales.

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