Secretaría General

Datos Relevantes de la Sesión

1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Noviembre 14, 2002.

6. OFICIOS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

7. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

     Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 12 y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

     (Otorgar al Congreso de la Unión, la facultad para aprobar en la Ley de Ingresos de la Federación, las tarifas del servicio público de energía eléctrica).

Diputado

Marco Antonio Dávila Montesinos
(PRI)

Se turnó a la Comisión de Energía.

Energéticos/
Tarifas de Energía Eléctrica

     Otorgar a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) la facultad para proponer y al Congreso de la Unión para aprobar, en la Ley de Ingresos de la Federación, las tarifas del servicio público de energía eléctrica, de conformidad con las siguientes modificaciones:

     1. Se señala como facultad de la Junta de Gobierno de la Comisión Federal de Electricidad: "aprobar y presentar oportunamente a la Cámara de Diputados la propuesta anual para la aplicación de las tarifas".

     2. Se faculta al Congreso de la Unión para "fijar anualmente en la Ley de Ingresos de la Federación las tarifas aplicables a la prestación del servicio público de energía eléctrica".

     3. Se establece que "la Comisión Federal de Electricidad deberá presentar a la Cámara de Diputados su propuesta anual para el establecimiento de tarifas a más tardar el 15 de noviembre de cada año".

     4. Se estipula que "con el objeto de asignar las tarifas correctas con el subsidio respectivo, la Comisión Federal de Electricidad y la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, deberán tomar en cuenta las variaciones y diferencia de temperaturas que reconocen la Conagua y la CILA registradas por sus aparatos de medición en sus lugares de ubicación, con las temperaturas que se registran en las colonias y áreas rurales donde residen los ciudadanos."

2

     Con proyecto de decreto por el que se adiciona y reforma la Ley General de Salud.

     (Simplificar los procedimientos de donación y de transplantes de órganos).

Diputado Fernando Pérez Noriega

(PAN)

     a) Se turnó a la Comisión de Salud.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de losDebates y en la Gaceta Parlamentaria.

Salud/
Donación de Órganos

     Simplificar los procedimientos de donación y de transplantes de órganos, con el objeto de:

     1. Regular la aceptación tácita para que prevalezca la voluntad del donante, y así eliminar el requisito de obtener el consentimiento de un tercero.

     2. Precisar que el documento público en el que deberá constar en su caso, la negativa a donar, será la Cédula de Identidad Ciudadana prevista en la Ley General de Población.

     3. Contemplar que al verificase la pérdida de la vida del donante se hará operativo el consentimiento tácito.

     4. Eliminar el requisito de parentesco para practicar la donación entre sujetos vivos.

3

     Con proyecto de decreto de reformas y adiciones a la Ley General de Protección Civil.

     (Diseñar mecanismos para la protección civil de los grupos vulnerables).

Diputada

Raquel Cortés López
(PRD)

     a) Se turnó a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Protección Civil/
Grupos Vulnerables

     Legislar en materia de protección civil a grupos vulnerables, con el propósito de:

     1. Actualizar en la Ley los términos relativos a grupos vulnerables, sustituyendo personas minusválidas por personas con discapacidad; personas de la tercera edad por adultos mayores y menores de edad por niñas y niños.

     2. Asegurar que los programas federales, estatales y municipales, consideren a los grupos vulnerables como prioritarios en los diseños de protección civil, en caso de desastre.

     3. Obligar a las unidades estatales y municipales y del Distrito Federal, a aplicar medidas de seguridad tendientes a identificar a la población con alto grado de vulnerabilidad.

4

     Iniciativa por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Nacionales.

(Actualizar los procedimientos de ascensos y recompensas del Ejército y la Fuerza Aérea mexicanos).

Diputado

Alfredo Ochoa Toledo

(PRI)

Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional.

Militar/
Ascensos y
Recompensas

     Actualizar el marco jurídico que regula los procedimientos de ascensos y recompensas del Ejército y la Fuerza Aérea nacionales:

     1. Establece para personal militar en diversas comisiones, que se les compute por una sola vez su estancia en dichas comisiones como tiempo de servicio en unidades del activo en cuarteles, para efectos de la promoción general.

     2. Contempla que en la formación profesional del militar, entre grado y grado, ejerza el mando de su arma o servicio en cuarteles por el término que señale la Ley.

     3. Otorga a la Comisión de Evaluación para la Promoción Superior, la facultad de aportar los elementos de juicio que permitan al Mando Supremo otorgar los ascensos a los grados de Coronel, General Brigadier o de Grupo, de Brigada o de Ala y de División.

     4. Precisa los tiempos mínimos de servicios para efectos de promoción, en las jerarquías de Teniente Coronel a General de Brigada o de Ala.

     5. Establece la facultad del Secretario de la Defensa Nacional para designar a los Generales que integren la Comisión de Evaluación para la Promoción Superior como organismo dictaminador en la materia.

     6. Instituye dentro de las recompensas militares por hechos meritorios, la Condecoración de Retiro, la Condecoración de la Legión de Honor y la Condecoración en la Campaña de Lucha contra el Narcotráfico.

5

     Con proyecto de decreto de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

     (Modificar la fecha de presentación de la Cuenta Pública, para que sea remitida al Congreso de la Unión dentro de los 10 últimos días del mes de abril).

Diputado

Jorge Carlos Berlín Montero

(PRI)

     a) Se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Seguridad Pública.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Constitucional/

Cuenta Pública

     Modificar la fecha de presentación de la Cuenta Pública de "los 10 últimos días del mes de junio" a los 10 últimos días del mes de abril", para asentar que:

     "La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión dentro de los 10 últimos días del mes de abril".

6

     Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 185, 187, 189 y 190 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de propaganda electoral.

     (Incorporar medidas ecológicas en el uso de la propaganda electoral).

Diputada

Gina Andrea Cruz Blackledge

(PAN)

     a) Se turnó a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Electoral/

Propaganda Ecológica

     Incorporar medidas ecológicas y de protección al ambiente en el uso de la propaganda electoral, a fin de:

     1. Hacer obligatorio que la propaganda impresa sea fabricada con materiales reciclables y de rehuso, que no contengan sustancias tóxicas ni materiales que representen un daño directo a la salud.

     2. Asegurar que la propaganda realizada en la vía pública cumpla con las disposiciones administrativas expedidas en materia de prevención de la contaminación, no solo por ruido sino también de suelo y visual.

     3. Prohibir colgar, fijar o pintar algún tipo de propaganda en elementos de equipamiento urbano, carretero o ferroviario o en accidentes geográficos.

     4. Garantizar que los consejos distritales tengan la obligación de vigilar que los partidos políticos cumplan con las disposiciones establecidas en materia de propaganda impresa.

     5. Reducir el tiempo de duración de las campañas federales para que las mismas inicien a partir de los 15 días siguientes al de la Sesión de registro de candidatos y no al día siguiente de la misma.

7

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 41 bis de la Ley General de Salud.

     (Crear los Comités Hospitalarios de Bioética en los hospitales del sector público, privado y asisitencia).

Diputado

Francisco Salvador López Brito

(PAN)

     a) Se turnó a la Comisión de Salud.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Salud/

Comités de Bioética

    Señalar la obligación de que "en todos los centros hospitalarios, institutos nacionales públicos, privados o asistenciales del Sistema Nacional de Salud, deberá existir un Comité Hospitalario de Bioética, encargados del "análisis y opinión obligatoria" en los temas de:

     Técnicas de reproducción asistida, experimentación en humanos, prolongación artificial de la vida, genética, transplantes de órganos, donación de órganos, salud mental, derechos de los paciente, objeción de conciencia de los trabajadores de salud, objeción de conciencia de los usuarios, sigilo profesional, equidad y racionalidad en el uso de los recursos disponibles, eugenesia y voluntad anticipada.

8

     Con proyecto de decreto que reforma los artículos 113 y 123 del Código Federal de Procedimientos Penales.

     (Permitir que en los delitos que se persiguen de oficio baste el parte informativo de la policía para iniciar la averiguación previa).

Diputado

Tomás Torres Mercado

(PRD)

Con adhesión de los Diputados Víctor Roberto Infante González (PRI) y María del Rosario Tapia MEdina(PRD).

     a) Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Penal/

Averiguación Previa

     Permitir que en los delitos que se persiguen de oficio baste el parte informativo de la policía para iniciar la averiguación previa, de conformidad con la siguiente modificación:

     "Artículo 113.- ... Tratándose de delitos que deban perseguirse de oficio, bastará para el inicio de la averiguación, el oficio, comunicación o parte informativo que rinda el agente de cualquier cuerpo de policía, en donde se haga del conocimiento de la autoridad investigadora hechos que pudieran ser delictivos, sin que deban reunirse los requisitos a que aluden los artículos 118, 119 y 120 de este ordenamiento. Al oficio, comunicación o parte informativo, se acompañarán los elementos de que disponga y que sean conducentes para la investigación."

9

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 208 del Código Fiscal de la Federación.

     (Simplificar los requisitos domiciliarios que debe contener la demanda en un juicio de nulidad ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa).

Diputada

Mónica Leticia Serrano Peña

(PAN)

     a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Justicia Fiscal/

Requisitos Domiciliarios en Demandas

     Simplificar los requisitos domiciliarios que debe contener la demanda en un juicio de nulidad, en materia fiscal ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, para:

     1. Eliminar de estos requisitos el que la demanda deba indicar el nombre del demandante y su domicilio para oir y recibir notificaciones en la sede de la Sala Regional competente.

     2. Establecer como único requisito:

     "El nombre del demandante y su domicilio para recibir notificaciones. En el supuesto de que no se señale domicilio para recibir notificaciones del demandante o se desconozca el domicilio del tercero, las notificaciones relativas se efectuarán por lista autorizada que se fijará en sitio visible de la Sala Regional que corresponda."

6. OFICIOS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

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