Secretaría General

Datos Relevantes de la Sesión

1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Diciembre 13-14, 2002.

4. INICIATIVAS

6. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

5. MINUTAS

No.

Minuta

Turno o Trámite

1

     Con proyecto de decreto que reforma el artículo 133, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo. (Prohibir a los patrones solicitar a las mujeres la presentación de certificado médico de no embarazo, como condición indispensable para la contratación).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Addy Cecilia Joaquín Coldwell (PRI), el 6 de diciembre de 2001.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, "por unanimidad", el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Laboral/Equidad y Género.

     Propuesta:

     Prohibir a los patrones exigir o solicitar a las mujeres la presentación de certificado médico de no embarazo, como condición indispensable para la contratación.

     Se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social.

     Nota: Conforme a Comunicación de la Mesa Directiva, publicada en Gaceta Parlamentaria del 21 de junio de 2004, se amplia el trámite y se turna a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Equidad y Género.

2

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Educación. (Legislar en materia de educación indígena).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativas presentada en la Cámara de Senadores:

     a) Por el Sen. Ismael Hernández Deras (PRI), el día 15 de noviembre del 2001.

     b) Por la Sen. Luisa María Calderón Hinojosa (PAN), el 17 de julio del 2002.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 98 votos en pro y 0 en contra, el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Educativa/Indígena.

     Propuesta:

     Legislar en materia de educación indígena, a fin de:

     1. Garantizar a los indígenas el derecho a recibir educación bilingüe e intercultural en sus pueblos y comunidades.

     2. Establecer un sistema de becas para los estudiantes indígenas de todos los niveles.

     3. Operar sistemas de educación a distancia para la difusión de la educación, investigación, cultura y costumbres indígenas del país.

     4. Estipular que la elaboración de los libros de texto gratuitos deberán ser en español y lenguas indígenas.

Se turnó a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos.

3

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Pesca. (Fomentar del desarrollo sustentable de las comunidades indígenas en el ramo pesquero).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. José Carlos Cota Osuna (PRI), el 27 de noviembre de 2001.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 79 votos en pro y 0 en contra, el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Pesca/Indígena.

     Propuesta:

     Fomentar del desarrollo sustentable de las comunidades indígenas en el ramo pesquero:

     1. Señala la obligación de la Sagarpa, de prestar servicios de asesoría y capacitación a las comunidades indígenas cuando éstas se dediquen a la actividad pesquera.

     2. Estipula la obligación de la autoridad de recabar la opinión de los representantes de las comunidades indígenas cuando una concesión o permiso para la pesca comercial pueda causar daño o deteriorar su hábitat.

     3. Prevé como una causal de revocación de las concesiones o permisos, la afectación del hábitat de las comunidades indígenas con motivo de alguna actividad pesquera.

     4. Establece el derecho de preferencia de las comunidades indígenas para las concesiones y permisos.

     5. Faculta a la Sagarpa para que promueva programas tendientes a reconocer los usos y costumbres pesqueros de estas comunidades.

Se turnó a la Comisión de Pesca.

4

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Turismo, en materia de derechos y cultura indígenas. (Fomentar acciones tendientes a evitar toda forma de discriminación a las comunidades indígenas en el sector turismo).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Víctor Manuel Méndez Lanz (PRI), el 29 de noviembre de 2001.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 88 votos en pro y 0 en contra, el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Turismo/Indígena.

     Propuesta:

     Fomentar acciones tendientes a evitar toda forma de discriminación a las comunidades indígenas en el sector turismo:

     1. Protege el patrimonio arqueológico, arquitectónico, etnográfico y natural de las comunidades indígenas.

     2. Contempla que las comunidades indígenas sean invitadas a las sesiones tanto de la Comisión Ejecutiva de Turismo como en los Consejos Consultivos Turísticos de las entidades y los municipios, con el objetivo de establecer un mecanismo de comunicación.

     3. Estipula la obligación de la Secretaría de Turismo, de dar participación a las comunidades indígenas en la planeación sectorial.

     4. Prevé que la atención oficial considere programas de turismo social, en y hacia las comunidades indígenas.

     5. Establece como obligación de la Secretaría de Turismo, apoyar la capacitación de los indígenas en su carácter de prestadores de servicios turísticos, promover proyectos culturales indígenas y dar el apoyo de traductores de sus lenguas con cargo al erario público.

Se turnó a la comisiones de Turismo y de Asuntos Indígenas.

5

     Con proyecto de decreto que reforma la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. (Promover las garantías y derechos de la mujer indígena).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. Aracely Escalante Jasso (PRI), el 6 de septiembre de 2001.

    2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 90 votos en pro y 0 en contra, el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Equidad y Género/Indígena.

     Propuesta:

     Promover las garantías y derechos de la mujer indígena:

     1. Establece como objeto general del Instituto, promover el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres, "en particular de la mujer indígena".

     2. Incluye en la Ley la definición de "mujer indígena".

     3. Incorpora en la Junta de Gobierno del Instituto y en el Consejo Social, a mujeres mexicanas que provengan de comunidades indígenas.

     4. Faculta al Consejo Consultivo para "impulsar la creación y desarrollo de organizaciones de mujeres indígenas, sobre todo de aquéllas encaminadas a apoyarlas en el acceso igualitario a las oportunidades".

Se turnó a la Comisión de Equidad y Género.

6

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud. (Garantizar derechos en materia de salud, a las comunidades indígenas).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Miguel Ángel Navarro Quintero (PRI), el 15 de noviembre de 2001.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 86 votos en pro y 0 en contra, el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Salud/Indígena.

     Propuesta:

     Garantizar derechos en materia de salud, a las comunidades indígenas:

     1. Incluye como materia de salubridad general, a la medicina tradicional indígena y al programa de nutrición materno infantil para la población indígena.

     2. Garantiza los servicios de salud a las madres indígenas durante la gestación y posterior al parto, así como a los infantes, velando por su alimentación.

     3. Protege la propiedad intelectual de la medicina tradicional indígena.

     4. Incluye a las autoridades indígenas como parte de los sectores participantes en el Sistema Nacional de Salud.

     5. Reconoce a las autoridades indígenas personalidad para participar en la celebración de convenios y contratos en materia de salud con las autoridades sanitarias.

     6. Asegura que la asesoría, orientación e información que se brinde en materia de salud y planificación familiar sea realizada tanto en español como en la lengua indígena de que se trate.

Se turnó a la Comisión de Salud.

7

     Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera. (Modificaciones de la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).

     Proceso Legislativo:

     1. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados, por 432 votos en pro, 0 en contra y 4 abstenciones, el 5 de diciembre de 2002.

     2. Dictamen aprobado con modificaciones (desechado en parte) en el Senado de la República, por 100 votos en pro y 0 en contra, el 13 de diciembre de 2002.

     3. Se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

     Materia: Aduanera.

     Modificaciones de la Cámara de Senadores:

     Las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos del Senado de la República, aceptan en lo general la minuta de la Cámara de Diputados, no obstante "estiman prudente implementar mecanismos eficaces que impulsen la economía nacional, así como de poner en práctica estímulos orientados al comercio exterior".

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Observación:

La Minuta fue dictaminada posteriormente en el transcurso de la presente Sesión. (Ver apartado de "Dictámenes a Discusión").

8

      Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. (Modificaciones de la Cámara de Senadores para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos).

     Proceso Legislativo:

    1. Dictamen aprobado en la Cámara de Diputados, por 381 votos en pro, 0 en contra y 1 abstención, el 25 de abril de 2002.

     2. Minuta presentada en el Senado de la República el 29 de abril de 2002.

     3. Iniciativas presentadas en la Cámara de Senadores:

     a) Por el Sen. Óscar Cantón Zetina (PRI), el 11 de abril de 2002.

     b) Por el Sen. Jorge Nordhausen González (PAN), el 1º de octubre de 2002.

     4. Dictamen aprobado con modificaciones (desechado en parte) en el Senado de la República, por 101 votos en pro y 0 en contra, el 13 de diciembre de 2002.

     5. Se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

     Materia: Ambiental/Gestión de Residuos.

     Modificaciones de la Cámara de Senadores:

     1. Ajusta disposiciones relativas a las facultades concurrentes de los tres órdenes de gobierno, para llevar a cabo la gestión integral de residuos.

     2. Precisa el principio de autoridad formal de la Ley.

     3. Corrige definiciones comprendidas en el Título de Disposiciones Generales.

     4. Reasigna características específicas a cada uno de los tres tipos de residuos: sólidos urbanos, de manejo especial y peligrosos.

     5. Reestructura el título referente a los instrumentos de política de prevención y gestión integral de los residuos.

     6. Incorpora reglas que garanticen el ejercicio del sistema de información sobre gestión integral de residuos.

     7. Sistematiza los preceptos relativos a la gestión de residuos peligrosos.

     8. Impone reglas para que la incineración de residuos se sujete al a las normas oficiales mexicanas.

     9. Unifica en un título la prevención de la contaminación de sitios con residuos peligrosos y su remediación; y considera como causa de utilidad pública los casos de riesgo inminente a la salud y al ambiente derivados de la contaminación de estos sitios.

     10. Acota la importación y exportación de residuos peligrosos.

     11. Incorpora infracciones específicas; precisa el recurso de revisión y la denuncia popular; y contempla la correspondencia con la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Se turnó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

9

      Con proyecto de decreto por el que se adiciona el articulo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología. (Garantizar el 1% del PIB a la investigación científica y desarrollo tecnológico).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Rodimiro Amaya Téllez (PRD), a nombre de los grupos parlamentarios del PRI, PAN, PRD y PVEM, el 5 de diciembre de 2002.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 97 votos en pro y 0 en contra, el 13 de diciembre de 2002.

     Materia: Ciencia y Tecnología/Presupuestaria.

     Propuesta:

     Adicionar el artículo 9 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, en materia de transferencia del 1% del Producto Interno Bruto a la investigación científica y desarrollo tecnológico, para quedar como sigue:

     "Artículo 9 Bis.- El Ejecutivo Federal y el Gobierno de cada entidad federativa, con sujeción a las disposiciones de ingresos y gasto público correspondientes que resulten aplicables, concurrirán al financiamiento de la investigación científica y desarrollo tecnológico. El monto anual que el Estado -Federación, entidades federativas y municipios- destinen a las actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, deberá ser tal que el gasto nacional en este rubro no podrá ser menor al 1% del Producto Interno Bruto del país mediante los apoyos, mecanismos e instrumentos previstos en la presente Ley."

Se turnó a la Comisión de Ciencia y Tecnología, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

10

     Con proyecto de Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica. (Expedir la Ley Reglamentaria del artículo 93 constitucional, en materia de facultades del Senado de la República para requerir información a funcionarios del Gobierno Federal sobre celebración y aprobación de tratados en materia económica).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María del Carmen Ramírez García (PRD), el 26 de abril del 2001.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 97 votos en pro y 0 en contra, el 13 de diciembre de 2002.

     Materia: Tratados Internacionales.

     Propuesta:

     Expedir la Ley Reglamentaria del artículo 93 constitucional, en materia de facultades constitucionales del Senado de la República para requerir información a funcionarios del Gobierno Federal sobre celebración y aprobación de tratados relacionados con el comercio de mercancías, servicios, inversiones, transferencia de tecnología, propiedad intelectual, doble tributación y cooperación económica:

     1. Establece el procedimiento de información sobre tratados internacionales en materia económica:

     a) Al inicio de cada Periodo Ordinario de Sesiones, el Senado, a través de las Comisiones competentes, requerirá a las Secretarias de Estado y a cualquier organismo de la Administración Pública Federal encargado de la representación de México en las negociaciones, un Informe Inicio de Negociaciones de un Tratado.

     b) Con base en esta información, las Comisiones deberán requerir a las dependencias involucradas, con anticipación a la fecha para la firma del Tratado, un Informe Final de Negociaciones y sobre la forma en que se atendieron los objetivos de esta Ley.

     c) El Senado de la República emitirá un Punto de Acuerdo, relativo al contenido del Informe.

     d) Las dependencias respectivas deberán presentar Informes Periódicos a las Comisiones legislativas a las que haya sido turnado el Informe de Inicio de Negociaciones.

     e) Para la aprobación de algún Tratado ya firmado, éste deberá someterse al Senado, o en su caso la Comisión Permanente, y ser turnado a las Comisiones competentes, en la Sesión siguiente a la fecha en que el Ejecutivo Federal lo haya sometido a la consideración de la Cámara de Senadores.

     2. Estipula la facultad de opinión de los poderes de las entidades federativas y de las organizaciones empresariales, ciudadanas y sindicales, con relación al cumplimiento de la presente Ley.

Se turnó a las comisiones de Relaciones Exteriores y de Comercio y Fomento Industrial.

11

     Con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Ley Federal del Derecho de Autor. (Reforzar las medidas de protección a los derechos de autor).

     Proceso Legislativo:

    1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Guillermo Herbert Pérez (PAN), a nombre los grupos parlamentarios del PRI, PAN, PRD y PVEM, el 8 de noviembre de 2001.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 82 votos en pro, 17 en contra y 12 abstenciones, el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Derechos de Autor.

     Propuesta:

     Reforzar las medidas de protección a los derechos de autor:

     1. Garantiza que al autor le sean reconocidos sus derechos cuando una obra de su creación sea comunicada o transmitida por cualquier medio.

     2. Amplía a cien años la protección de las obras autorales.

     3. Contempla que en México pueda ejercerse el derecho de Copia Privada.

    4. Prevé que los sujetos que participen en la realización de la obra musical, tengan el derecho de percibir regalías.

     5. Estipula que los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, sean cedidos en los términos en que se contraten.

     6. Concede a los productores de fonogramas, la protección que otorga esta Ley.

     7. Aumenta la temporalidad de la protección a la industria de radiodifusión.

     8. Regula el libre uso del dominio público y los casos de excepción en que deba pagarse una cantidad por el uso de las obras.

     9. Estipula que la indemnización por violaciones a los derechos autorales, corresponda a la magnitud del daño causado.

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Cultura.

12

     Con proyecto de decreto con el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 19 de la Ley General de Salud. (Garantizar un mínimo de 5% del PIB al Sector Salud, sin que sea sujeto a recortes presupuestales).

     Proceso Legislativo:

     1. Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por el Sen. Elías Miguel Moreno Brizuela (PRD), a nombre los grupos parlamentarios del PRI, PAN y PRD, el 26 de noviembre de 2002.

     2. Dictamen aprobado en el Senado de la República, por 65 votos en pro, 42 en contra y 0 abstenciones, el 12 de diciembre de 2002.

     Materia: Salud/Presupuestaria.

     Propuesta:

     Adicionar un párrafo segundo al articulo 19 de la Ley General de Salud, en materia de 5% del PIB al Sector Salud, para quedar como sigue:

     "Articulo 19.-....

     El presupuesto anual que la Federación destine al gasto en salud partirá de un mínimo del 5% del Producto Interno Bruto y no podrá ser sujeto a recortes, salvo aprobación del Congreso de la Unión."

Se turnó a la Comisión de Salud.

4. INICIATIVAS

6. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

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