Secretaría General

Datos Relevantes de la Sesión

1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Diciembre 13-14, 2002.

3. COMUNICACIÓN DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA

5. MINUTAS

4. INICIATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

    Con proyecto de decreto por el que se modifica el inciso b), del artículo 85 del Código Penal Federal, con el objeto de otorgar la libertad preparatoria a los reos sentenciados por delitos contra la salud, en su modalidad de transportación.

     (Otorgar la libertad preparatoria a los reos sentenciados por delitos contra la salud, en su modalidad de transportación).

Diputado

Francisco Salvador López Brito

(PAN)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Penal/
Delitos Contra la Salud

     Otorgar la libertad preparatoria a los reos sentenciados por delitos contra la salud, en su modalidad de transportación.

2

     Con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 23 de la Ley de la Propiedad Industrial.

     (Establecer como obligación de los titulares de patentes de medicamentos destinados al tratamiento de enfermedades graves, otorgar la licencia al laboratorio farmacéutico que la solicite, una vez transcurridos los 10 primeros años de la vigencia de dicha patente).

Grupo Parlamentario del PVEM

     a) Se turnó a la Comisión de Ciencia Tecnología, con opinión de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Propiedad Industrial/

Patentes

     Establecer como obligación de los titulares de patentes de medicamentos destinados al tratamiento de enfermedades graves, otorgar la licencia de utilidad pública al laboratorio farmacéutico que la solicite, para que fabrique el producto patentado, una vez transcurridos los 10 primeros años de la vigencia de dicha patente y mediante el pago de la regalía correspondiente. Se señala así que:

     "Artículo 23.- ...

     Transcurridos los 10 primeros años de la vigencia de una patente sobre medicamentos e insumos para la salud destinados al tratamiento de enfermedades graves a juicio del Consejo de Salubridad General, el titular de la patente otorgará al laboratorio farmacéutico que la solicite la licencia de utilidad pública para que fabrique el producto patentado, mediante el pago de la regalía que establezca el Consejo de Salubridad General. Los laboratorios solicitantes deberán cumplir con los requisitos que establezca la Secretaría de Salud."

3

     Con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIX -K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

     (Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de pesca y acuacultura).

Diputada

Rosa Delia Cota Montaño

(PT)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Constitucional/

Facultades del Congreso

     Facultar al Congreso de la Unión "para expedir leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los estados y de los municipios, en materia de pesca y acuacultura".

4

     Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

     (Reducir de 500 a 300 el número de integrantes de la Cámara de Diputados, electos en su totalidad por el principio de representación proporcional, eliminando la figura de diputados de mayoría relativa).

Diputado

José Antonio Calderón Cardoso

(PAS)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Constitucional/

Conformación Cámara de Diputados

     Reducir de 500 a 300 el número de integrantes de la Cámara de Diputados, electos en su totalidad por el principio de representación proporcional, eliminando la figura de diputados electos por el principio de mayoría relativa, para quedar como sigue:

     "Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de representación proporcional mediante el sistema de listas regionales, votadas en circunscripciones plurinominales."

     "Artículo 53. Para la elección de los 300 diputados según el principio de representación proporcional y el sistema de listas regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La Ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones."

5

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 75 y 79 de la Ley Agraria.

     (Imponer el requisito previo de aprobación, por parte de la Procuraduría Agraria, para que los ejidos puedan transmitir el dominio de tierras de uso común, o para que aporten sus derechos de usufructo, a sociedades mercantiles o civiles).

Diputado

Augusto Gómez Villanueva

(PRI)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Reforma Agraria.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Agraria/

Ejidal

     Imponer el requisito previo de aprobación, por parte de la Procuraduría Agraria, para que el núcleo de población ejidal pueda transmitir el dominio de tierras de uso común, a sociedades mercantiles o civiles en las que participen el ejido o los ejidatarios, o para que aporten sus derechos de usufructo a la formación de sociedades tanto mercantiles como civiles.

6

     Con proyecto de decreto que reforma la Ley de Coordinación Fiscal.

     (Crear el Fondo de Aportaciones de Infraestructura Educativa y el Fondo de Aportaciones para la Asistencia Social).

Diputada

Alba Leonila Méndez Herrera

(PAN)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Coordinación Fiscal/

Fondos de Aportaciones Educativas y de Asistencia Social

     Crear a partir del Fondo de Aportaciones Múltiples que reciben los estados de la Federación y el Distrito Federal, dos Fondos independientes:

     1. El Fondo de Aportaciones de Infraestructura Educativa, destinado exclusivamente a la construcción, equipamiento y rehabilitación de infraestructura física de los niveles de educación básica y superior en su modalidad universitaria, determinado anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con un monto de referencia de 0.4428%.

     2. El Fondo de Aportaciones para la Asistencia Social, destinado exclusivamente al otorgamiento de programas de asistencia alimentaría y social, determinado anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con un monto de referencia de 0.3712%.

7

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo primero y las fracciones I, VI párrafo primero y segundo, y IX párrafo primero, del artículo 3; el párrafo segundo del artículo 6; el párrafo segundo del artículo 7; el párrafo primero del artículo 9; el párrafo primero del artículo 10; la fracción III del artículo 15; los párrafos primero y tercero del artículo 20; se adiciona el artículo 3º con un párrafo segundo a la fracción I; un párrafo quinto al artículo 9, de la Ley de Pesca.

(Incorporar a los gobiernos estatales en la administración de los recursos pesqueros distribuidos en su jurisdicción territorial).

Diputada

Rosa Delia Cota Montaño

(PT)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Pesca.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Pesca/

Federalismo

     Incorporar a los gobiernos estatales en la administración de los recursos pesqueros distribuidos en su jurisdicción territorial:

     1. Establece la participación de los centros de investigación y universidades en la actualización de la Carta Nacional Pesquera.

     2. Considera la opinión técnica de los gobiernos estatales en el otorgamiento de concesiones y permisos para especies de distribución local.

     3. Otorga un trato diferente a los grupos de especies incluidos en tratados y convenios internacionales de los cuales México es signatario.

     4. Agrega la obligación de publicar las autorizaciones de concesiones y permisos en el Diario Oficial de la Federación y en las gacetas oficiales de los gobiernos estatales.

    5. Señala la obligación, por parte de la Federación, de incorporar en el Registro Nacional Pesquero la información disponible en las instancias correspondientes de los gobiernos estatales.

8

     Con proyecto de decreto por la que se adiciona un cuarto y quinto párrafos al artículo 93 y se reforma y adiciona el artículo 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

     (Facultar a la Cámara de Diputados para remover a los Secretarios de Despacho; y sustituir el término de Juicio Político por el de "Responsabilidad Jurídica").

Diputada

Beatriz Patricia Lorenzo Juárez

(PAS)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Constitucional/

Secretarios de Despacho

     Facultar a la Cámara de Diputados para remover a los Secretarios de Despacho; y sustituir el término de Juicio Político por el de "Responsabilidad Jurídica", a efecto de

     1. Hacer responsables, tanto jurídica como políticamente de los errores que cometan en el desempeño de sus funciones; a los Secretarios de Despacho.

     2. Otorgar a la Cámara de Diputados la facultad para remover de su cargo a un encargado de despacho por votación de mayoría calificada, "por haber perdido la confianza del Poder Legislativo".

     3. Prohibir al Presidente de la República el uso de su derecho de veto en caso de que el Poder Legislativo decida destituir del cargo al Encargado de Despacho.

     4. Sustituir el término Juicio Político por el de "Responsabilidad Jurídica", en el artículo 110 constitucional.

9

     Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 292 del Título Sexto "Trabajos Especiales", Capítulo X "Deportistas Profesionales", de la Ley Federal del Trabajo.

(Otorgar el derecho de asociación sindical a los deportistas profesionales).

Diputado Mario Sandoval SIlvera

(PAN)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Juventud y Deporte..

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Laboral/

Sindicatos de Deportistas

     Reformar el artículo 292 de la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de otorgar el derecho de asociación sindical a los deportistas profesionales, para quedar como sigue:

     "Artículo 292. Las disposiciones de este Capítulo se aplican a los deportistas profesionales, tales como jugadores de futbol, baseball, frontón, box, luchadores y otros semejantes, quienes tendrán los mismos derechos de conformidad a lo establecido en el Título Séptimo, Relaciones Colectivas de Trabajo; Capítulo II, Sindicatos, Federaciones y Confederaciones, de esta Ley."

10

     Con proyecto de decreto que adiciona el inciso a) del artículo 31 del Código Fiscal de la Federación.

     (Eliminar la obligación de las personas físicas y morales, a presentar sus declaraciones provisionales de impuestos mediante el uso de Tarjeta Tributaria e Internet, dando a esta práctica el carácter de optativa).

     Observación:

     La Iniciativa fue desahogada en el transcurso de la presente Sesión, en el dictamen a discusión relativo al Código Fiscal de la Federación.

Diputado
Tomás Torres Mercado
(PRD)

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Fiscal/

Tarjeta Tributaria

     Eliminar la obligación de las personas físicas y morales, a presentar sus declaraciones provisionales de impuestos mediante el uso de Tarjeta Tributaria e Internet, dando a esta práctica el carácter de optativa, se estipula en tal sentido que:

     1. "Será optativa la presentación de las declaraciones provisionales y anuales en medios electrónicos o en las formas que para el efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público."

     2. "En caso de que el contribuyente opte por presentar las formas en el sistema bancario, para efectos de validez del documento, éste deberá contener, además del sello de la institución bancaria, el registro de la máquina receptora y una certificación adicional proporcionada por funcionario bancario autorizado."

     3. "En caso de que el documento carezca de cualquiera de estos registros, se considerará no válido para efectos fiscales."

11

     Con proyecto de decreto que reforma al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; reforma al artículo 2 del Código Federal de Procedimientos Penales; y el artículo 4 de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y adiciones y modificaciones a diversos artículos de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

     (Establecer la competencia concurrente entre la Federación y las entidades federativas en la investigación, persecución y actuación por los delitos contra la salud –narcotráfico-).

Diputada Hortensia Aragón Castillo

(PRD)

A nombre de la Comisión Especial para el Seguimiento de las Investigaciones de los Homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua.

 

 

 

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales, de Gobernación y Seguridad Pública y a la Especial para el Seguimiento de las Investigaciones de los Homicidios de Mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Constitucional-Penal/

Competencia Concurrente

     Establecer las bases para la competencia concurrente de la Federación y las entidades federativas en la investigación, persecución y actuación de los procesos penales por los delitos contra la salud (narcotráfico), previstos en los artículos 194 y 195 del Código Penal Federal:

     1. Reforma el artículo 102 constitucional para quedar como sigue:

     "Artículo 102.- A...

     ...

     La Ley establecerá los casos delictivos específicos en los que las facultades de investigación, persecución y actuación en los procesos penales serán ejercidas de forma coadyuvante o concurrente por las autoridades judiciales de los diversos ámbitos de competencia."

     ...".

     2. Estipula en la legislación secundaria que: "la investigación de los casos de delitos contra la salud (...) serán competencia concurrente del Ministerio Público Federal y del Ministerio Público local, por lo que dichas investigaciones deberán realizarse en absoluta coordinación."

12

     Con proyecto de decreto que reforma el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.

     (Reagrupar los fondos de aportaciones federales, en tres fondos: específicos: Educación, Salud y Superación de la Pobreza).

     Senadora Leticia Burgos Ochoa

(PRD)

Iniciativa presentada en el Senado de la República el 12 de diciembre de 2002.

Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

     Nota: Conforme a la Comunicación de la Mesa Directiva publicada en la Gaceta Parlamentaria del 19 de abril de 2004 se modifica el turno a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Desarrollo Social.

Coordinación Fiscal/

Fondos de Aportaciones Federales

     Legislar en materia de fondos de aportaciones federales, a efecto de:

     1. Reagrupar los fondos que se refieren al desarrollo social, para la participación de los estados, municipios y el Distrito Federal en la Recaudación Federal Participable, en 3 fondos: específicos:

     a) Educación,

     b) Salud y,

     c) Superación de la Pobreza.

     2. Reasignar los recursos destinados a abatir las carencias de cada entidad federativa, municipio y, en su caso, el Distrito Federal, de conformidad con la reestructuración de los fondos de desarrollo social.

3. COMUNICACIÓN DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA

5. MINUTAS

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