| 
                                    
                                    
                                    Que concede permiso a los ciudadanos César 
                                    Olivares Acosta, José Francisco González 
                                    Galindo, María de Lourdes Aranda Bezaury, 
                                    Jorge Armando Barriguete Meléndez, Claudia 
                                    Olvera González y Julia Genoveva Villegas 
                                    Villarreal, para aceptar y usar las medallas 
                                    y las condecoraciones que en distintos 
                                    grados les otorgan diversos gobiernos 
                                    extranjeros. 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Proceso Legislativo: 
                                    
                                    
                                    Minutas recibidas el 
                                    24 de marzo de 2011. (LXI Legislatura) 
                                    
                                    
                                      
                                    
                                    
                                    Decreto: 
                                    
                                    
                                    ARTÍCULO PRIMERO.- 
                                    Se concede permiso para que el ciudadano 
                                    César Olivares Acosta pueda aceptar y usar 
                                    la Medalla Especial y Cinta Especial, que le 
                                    otorga la Junta Interamericana de Defensa de 
                                    la Organización de Estados Americanos. 
                                    
                                    
                                    ARTÍCULO SEGUNDO.- 
                                    Se concede permiso para que el ciudadano 
                                    José Francisco González Galindo pueda 
                                    aceptar y usar la medalla Batalla Naval del 
                                    Lago de Maracaibo, en Clase Única, que le 
                                    otorga el gobierno de la República 
                                    Bolivariana de Venezuela. 
                                    
                                    
                                    ARTÍCULO TERCERO.- 
                                    Se concede permiso para que la ciudadana 
                                    María de Lourdes Aranda Bezaury pueda 
                                    aceptar y usar la Condecoración de la Real y 
                                    Distinguida Orden de Carlos III, en grado de 
                                    Cruz, que le otorga el gobierno del Reino de 
                                    España. 
                                    
                                    
                                    ARTÍCULO CUARTO.- 
                                    Se concede permiso para que el ciudadano 
                                    Jorge Armando Barriguete Meléndez pueda 
                                    aceptar y usar la Condecoración de la Orden 
                                    de la Legión de Honor, en grado de Oficial, 
                                    que le otorga el gobierno de la República 
                                    Francesa. 
                                    
                                    
                                    ARTÍCULO QUINTO.- 
                                    Se concede permiso para que la ciudadana 
                                    Claudia Olvera González pueda aceptar y usar 
                                    la Condecoración de la Orden de las Palmas 
                                    Académicas, en grado de Caballero, que le 
                                    otorga el gobierno de la República Francesa. 
                                    
                                    
                                    ARTÍCULO SEXTO.- 
                                    Se concede permiso para que la ciudadana 
                                    Julia Genoveva Villegas Villarreal pueda 
                                    aceptar y usar la Condecoración de la Orden 
                                    de las Palmas Académicas, en grado de 
                                    Oficial, que le otorga el gobierno de la 
                                    República Francesa. |