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                                  1 | 
                                  
                                  
                                  
                                  Que expide la Ley 
                                  de Migración y se reforman, derogan y 
                                  adicionan diversas disposiciones de la 
                                  Ley General de Población, del 
                                  Código Penal Federal, del Código 
                                  Federal de Procedimientos Penales, 
                                  de la Ley Federal contra la Delincuencia 
                                  Organizada, de la Ley de la 
                                  Policía Federal, de la Ley de 
                                  Asociaciones Religiosas y Culto Público, 
                                  de la Ley de Inversión Extranjera, 
                                  y de la Ley General de Turismo. 
                                  
                                  
                                  Publicación en GP: 
                                  
                                  
                                  Anexo I. 
                                  
                                  
                                  3 de marzo 
                                  de 2011. | 
                                  
                                  
                                  Proceso Legislativo: 
                                  
                                  
                                  Iniciativa suscrita por los Sens. Humberto 
                                  Andrade Quezada, Rubén Camarillo Ortega, 
                                  Rafael Díaz Ochoa y Martha Sosa Govea (PAN), 
                                  Jesús Garibay García, Rosalinda López 
                                  Hernández y Rubén Velázquez López (PRD) 
                                  Francisco Herrera León, Carlos Jiménez Macías 
                                  y Antelmo Alvarado García (PRI), el 9 de 
                                  diciembre de 2010. (LXI Legislatura) 
                                  
                                  
                                  Dictamen de Primera Lectura presentado el 17 
                                  de febrero de 2011. (LXI Legislatura) 
                                  
                                  
                                  Dictamen a Discusión presentado el 24 de 
                                  febrero de 2011. Proyecto de decreto aprobado 
                                  por 86 votos. Se turnó a la Cámara de 
                                  Diputados para los efectos del Apartado A)
                                  del artículo 72 de la Constitución 
                                  Política de los Estados Unidos Mexicanos.
                                   
                                  
                                  
                                    
                                  
                                  
                                  Propuesta: 
                                  
                                  
                                  Regular lo relativo al ingreso y salida de 
                                  mexicanos y extranjeros al territorio de los 
                                  Estados Unidos Mexicanos y el tránsito y la 
                                  estancia de los extranjeros en el mismo, en un 
                                  marco de respeto, protección y salvaguarda de 
                                  los derechos humanos, de contribución al 
                                  desarrollo nacional, así como de preservación 
                                  de la soberanía y de la seguridad nacionales. 
                                  Define al Instituto Nacional de Migración como 
                                  el órgano administrativo desconcentrado de la 
                                  Secretaría de Gobernación, que tiene por 
                                  objeto la ejecución, control y supervisión de 
                                  los actos realizados por las autoridades 
                                  migratorias en territorio nacional, así como 
                                  la instrumentación de políticas en la materia, 
                                  con base en los lineamientos que expida la 
                                  misma Secretaría. Establece la certificación 
                                  de los servidores públicos del Instituto, la 
                                  cual deberá realizar el Centro de Evaluación y 
                                  Control de Confianza, con el que se obligará a 
                                  sus colaboradores a cursar y aprobar programas 
                                  de formación, capacitación y 
                                  profesionalización para su ingreso y 
                                  permanencia, debiendo actuar invariablemente 
                                  bajo los principios de legalidad, objetividad, 
                                  eficiencia, profesionalismo, honradez y 
                                  respeto a los derechos humanos de los 
                                  migrantes. Tipifica el delito de tráfico de 
                                  indocumentados y se incluye como agravante el 
                                  inducir, procurar, facilitar u obligar a 
                                  niñas, niños y adolescentes o a quien no tenga 
                                  capacidad para comprender el significado del 
                                  hecho, bajo la disposición de que el delito 
                                  habrá de perseguirse de oficio.  Incorpora 
                                  como conducta delictiva el hecho de que 
                                  cualquier servidor público auxilie, encubra o 
                                  induzca a cualquier persona a violar las 
                                  disposiciones contenidas en la Ley, con el 
                                  objeto de obtener directa o indirectamente un 
                                  lucro en dinero o en especie. | 
                                  
                                  
                                  Comisiones Unidas de Población, Fronteras y 
                                  Asuntos Migratorios y de Justicia, 
                                  para dictamen y a las Comisiones de 
                                  Gobernación; y de Presupuesto y Cuenta 
                                  Pública, para opinión |