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Comisión Permanente: LVIII Legislatura Julio 03, 2002 |
7. OFICIO DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA DE LA CAMARA DE SENADORES
8. MEMORIALES DE PARTICULARES
No. | Origen | Contenido | Turno o Trámite |
1 | Representantes de la organización "Mexicanos en Estados Unidos" |
Con relación a las reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, sobre los derechos políticos de los mexicanos en el extranjero. 1. Remite al Sen. Jeffrey Max Jones Jones, Presidente de la Comisión de Asuntos Fronterizos de la Cámara de Senadores, la "Propuesta II" que, en nombre de las organizaciones que agrupa MUSA (Mexicanos en Estados Unidos), se comprometieron a presentar en las sesiones del Panel Permanente de Acción Plural "El Voto de los Mexicanos en el Extranjero" del miércoles y jueves pasados. La propuesta presenta detalladamente las reformas que deberían hacerse al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para atender a la demanda de nuestros representados, de que los mexicanos ejerzan su voto activo en las elecciones del año 2003. 2. Reconociendo el gran interés que tienen los legisladores de todos los partidos políticos representados en el H. Congreso de la Unión sobre el tema de los derechos políticos plenos de los mexicanos en el extranjero y preocupados por que se agotan los tiempos para realizar modificaciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales como lo especifica el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentan una proposición por la que apoyan las iniciativas de los diversos legisladores que integran la Comisión Permanente para que ésta Soberanía convoque a un Periodo Extraordinario que resuelva la agenda electoral pendiente en el H. Congreso de la Unión, por lo que se refiere a los derechos políticos plenos de los mexicanos en el extranjero. |
Se turnó a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores. |
2 | CC. Ricardo Franco Guzmán y Adrián Franco Zevada | Por el que solicitan el permiso a que se refiere el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para prestar servicios como asesores jurídicos (abogados de confianza), en la Embajada de Turquía en México | Se turnó a la Primera Comisión de la Comisión Permanente |
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