No. de Reg: 062/1PO1/03 |
1 | Proyecto de Decreto: |
Proyecto de Decreto de Ley General que Regula la Contratación de Deuda Pública y de la que Contratan las Instituciones Privadas. |
2 | Nombre de quien presenta: |
Dip. Pedro Vázquez González. |
3 | Grupo Parlamentario o Partido Político: | Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: |
11 de Noviembre de 2003. |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: |
12 de Noviembre de 2003. |
6 | Turno a Comisión: |
Comisión de Hacienda y Crédito Público. |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: | Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
Síntesis:
La iniciativa tiene por objeto la actualización de la legislación en materia de deuda pública y el fortalecimiento del poder legislativo, proponiendo: acotar la discrecionalidad del Ejecutivo Federal para contratar deuda pública contingente con fines de regulación monetaria; que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ejerza funciones de autorización, inspección y supervisión de la deuda externa, incluyendo las amortizaciones e intereses de esa deuda, que contratan o de aquella que realizan en moneda extranjera en el mercado interno las instituciones privadas (previstas en la Ley General de Sociedades Mercantiles, Ley de Instituciones de Crédito y Ley General de Sociedades Cooperativas, etc), con el propósito de conocer la capacidad económica y financiera de ellas y de que garanticen el pago del servicio de la deuda que contratan; que la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico cuente con una Comisión Consultiva en la que los grupos parlamentarios del Congreso de la Unión estén representados a efecto de vigilar que los recursos derivados del endeudamiento público tengan un destino productivo y que sean utilizados para los fines para los cuales son contratados; deroga la disposición que permite a las empresas paraestatales endeudarse para financiar proyectos de inversión diferidos en el gasto público; y por último que la deuda externa que el Banco de México contrata con el Fondo Monetario Internacional y gobiernos centrales, sea registrada como deuda del sector público, por ser dicha deuda una obligación que tiene el país con el exterior. |