No. de Reg: 573/2RA1A/04 |
1 | Proyecto de Decreto: |
Proyecto de Decreto que de reforma al artículo 122 y adición de un tercer párrafo al artículo 571 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. |
2 | Nombre de quien presenta: |
Dip. Jorge Uscanga Escobar. |
3 | Grupo Parlamentario : |
Grupo Parlamentario del PRI. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: |
11 de Agosto de 2004. |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: |
16 de Agosto de 2004. |
6 | Turno a Comisión: |
Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Seguridad Pública. |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: |
Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: |
Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: |
Pendiente. |
Síntesis:
La iniciativa propone incluir como autoridades expresamente autorizadas para recibir información de las empresas de vías generales de comunicaciones y medios de transporte, así como a las oficinas de correos y telégrafos, a la Secretaría de Transportes y al Ministerio Público. Tratándose de la petición del Ministerio Público, deberá desahogarse en un plazo de 24 horas cuando se investigue el delito de delincuencia organizada, de secuestro o con persona detenida. Los concesionarios o permisionarios que no atiendan los requerimientos de información que les formulen las autoridades competentes serán sancionados con multa de quinientos a mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal. |