No. de Reg: 406/2PO1A/04 |
1 | Proyecto de Decreto: |
Proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de cláusula de conciencia y secreto profesional de los periodistas. |
2 | Nombre de quien presenta: |
Dip. Cristina Portillo Ayala. |
3 | Grupo Parlamentario : |
PRD. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: |
27 de abril de 2004 |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: |
27 de abril de 2004 |
6 | Turno a Comisión: |
Comisión de Gobernación. |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: |
Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: |
Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: |
Pendiente. |
Síntesis:
Determinar que para la integración del Consejo de Salubridad General participe un Secretario y trece vocales titulares, dos de los cuales sean los Presidentes de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía, los cuales tendrán derecho a voz y exentos de funciones ejecutivas, un Diputado y un Senador miembros de las Comisiones de Salud de las Cámaras del Congreso General y señalar que salvo los miembros del Congreso, el Presidente de la República tendrá la facultad para designar y remover a quien deba ocupar tales cargos. Esta iniciativa propone, propone desarrollar el marco normativo relativo a la cláusula de conciencia y secreto profesional de los periodistas, a efecto de garantizar la libertad e independencia de criterio puesta al servicio del derecho fundamental a la información; es decir, ninguna autoridad puede impedir la producción, circulación y difusión en territorio mexicano de un medio de comunicación nacional o extranjero y será el Estado quien se encargará de garantizar a los medios el ejercicio pleno de las libertades informativas y a los ciudadanos el derecho a recibir información veraz e imparcial. |