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No. de Reg: 396/2PO1A/04 |
| 1 | Proyecto de Decreto: |
Proyecto de decreto que adiciona un numeral al artículo 48, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; que reforma los artículos 28 y 109 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. |
| 2 | Nombre de quien presenta: |
Dip. Carlos Zeferino Torreblanca Galindo. |
| 3 | Grupo Parlamentario : |
Partido de la Revolucionario Democrática. |
| 4 | Fecha de presentación ante el Pleno: |
27 de abril de 2004. |
| 5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: |
27 de abril de 2004. |
| 6 | Turno a Comisión: |
Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. |
| 7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: |
Pendiente. |
| 8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: |
Pendiente. |
| 9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: |
Pendiente. |
| Síntesis:
Determinar que para la integración del Consejo de Salubridad General participe un Secretario y trece vocales titulares, dos de los cuales sean los Presidentes de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía, los cuales tendrán derecho a voz y exentos de funciones ejecutivas, un Diputado y un Senador miembros de las Comisiones de Salud de las Cámaras del Congreso General y señalar que salvo los miembros del Congreso, el Presidente de la República tendrá la facultad para designar y remover a quien deba ocupar tales cargos. Esta iniciativa propone que la Secretaría General presente mensualmente a la Junta de Coordinación el informe de los estados financieros de la H. Cámara de Diputados, a efecto de que sea aprobado por el Pleno de la misma; que las sesiones ordinarias, se celebren de lunes a viernes, a partir de las diez de la mañana con una duración de hasta seis horas; las discusiones podrán ser suspendidas por haberse cumplido el tiempo previsto para la duración de las sesiones; y que, las cámaras podrán suscribir acuerdos parlamentarios para la regulación interna de los trabajos legislativos, cuya vigencia será de un año. |