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No. de Reg: 353/2PO1A/04 |
| 1 | Proyecto de Decreto: |
Con Proyecto de decreto que adiciona en el Libro Segundo el Título Vigésimo Séptimo, "De los Delitos Deportivos", del Código Penal Federal. |
| 2 | Nombre de quien presenta: |
Diputada. Rosalina Mazari Espín. |
| 3 | Grupo Parlamentario : | Grupo Parlamentario del P.R.I. |
| 4 | Fecha de presentación ante el Pleno: |
22 de abril de 2004. |
| 5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: |
22 de abril de 2004. |
| 6 | Turno a Comisión: |
Comisión de Justicia y Derechos Humanos. |
| 7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: | Pendiente. |
| 8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
| 9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
| Síntesis: La iniciativa propone establece que cuando de forma espontánea o de común acuerdo, se realicen actos de violencia en instalaciones deportivas o se procure con ésta impedir el inicio, secuencia o premiación de eventos de deporte, se castigue con prisión de 1 a 6 años y 30 a 150 días multa, con independencia del delito cometido, y señalando que para el caso de reincidencia, se prohíba asistir a eventos deportivos de la misma naturaleza, por un periodo de 1 a 9 años, que quien cometa delitos en contra de deportistas en el acto de ejercer su disciplina o con motivo de ella, directivos, técnicos, médicos o entrenadores, se aplique penalidad de 2 a 8 años de prisión y 50 a 300 días multa, con independencia de lo que correspondiente por el delito cometido; Impone de 2 a 6 años de prisión, de 100 a 500 días multa y suspensión de un mes a 2 años para ejercer la actividad de deporte en eventos, a los que contrario a la técnica deportiva ejecuten actos de violencia entre compañeros deportistas en el momento de realizar su disciplina o por comprobarse la existencia de dopaje, señalando que para el caso de reincidencia la suspensión pueda ser de dos meses a tres años y aplica de dos a diez años de prisión y de 200 a 700 días multa, a quienes organicen eventos de deporte contrario a las leyes o bien no otorguen seguridad adecuada. |