INICIATIVAS PRESENTADAS DURANTE LA LIX LEGISLATURA

No. de Reg: 353/2PO1A/04

1 Proyecto de Decreto:

Con Proyecto de decreto que adiciona en el Libro Segundo el Título Vigésimo Séptimo, "De los Delitos Deportivos", del Código Penal Federal.

2 Nombre de quien presenta:

Diputada. Rosalina Mazari Espín.

3 Grupo Parlamentario : Grupo Parlamentario del P.R.I.
4 Fecha de presentación ante el Pleno:

22 de abril de 2004.

5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria:

22 de abril de 2004.

6 Turno a Comisión:

Comisión de Justicia y Derechos Humanos.

7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: Pendiente.
8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Pendiente.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Pendiente.
 
     Síntesis:

     La iniciativa propone establece que cuando de forma espontánea o de común acuerdo, se realicen actos de violencia en instalaciones deportivas o se procure con ésta impedir el inicio, secuencia o premiación de eventos de deporte, se castigue con prisión de 1 a 6 años y 30 a 150 días multa, con independencia del delito cometido, y señalando que para el caso de reincidencia, se prohíba asistir a eventos deportivos de la misma naturaleza, por un periodo de 1 a 9 años, que quien cometa delitos en contra de deportistas en el acto de ejercer su disciplina o con motivo de ella, directivos, técnicos, médicos o entrenadores, se aplique penalidad de 2 a 8 años de prisión y 50 a 300 días multa, con independencia de lo que correspondiente por el delito cometido; Impone de 2 a 6 años de prisión, de 100 a 500 días multa y suspensión de un mes a 2 años para ejercer la actividad de deporte en eventos, a los que contrario a la técnica deportiva ejecuten actos de violencia entre compañeros deportistas en el momento de realizar su disciplina o por comprobarse la existencia de dopaje, señalando que para el caso de reincidencia la suspensión pueda ser de dos meses a tres años y aplica de dos a diez años de prisión y de 200 a 700 días multa, a quienes organicen eventos de deporte contrario a las leyes o bien no otorguen seguridad adecuada.

CUADRO COMPARATIVO