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No. de Reg: 349/2PO1A/04 |
| 1 | Proyecto de Decreto: |
Iniciativa que adiciona dos párrafos al numeral 7 del artículo 58 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. |
| 2 | Nombre de quien presenta: |
Dip. Roberto Antonio Marrufo Torres. |
| 3 | Grupo Parlamentario : |
Partido Revolucionario Institucional. |
| 4 | Fecha de presentación ante el Pleno: |
20 de abril de 2004. |
| 5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: |
20 de abril de 2004. |
| 6 | Turno a Comisión: |
Comisiones Unidas de Gobernación y de Participación Ciudadana. |
| 7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: |
Pendiente. |
| 8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: |
Pendiente. |
| 9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: |
Pendiente. |
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Síntesis: Determinar que para la integración del Consejo de Salubridad General participe un Secretario y trece vocales titulares, dos de los cuales sean los Presidentes de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía, los cuales tendrán derecho a voz y exentos de funciones ejecutivas, un Diputado y un Senador miembros de las Comisiones de Salud de las Cámaras del Congreso General y señalar que salvo los miembros del Congreso, el Presidente de la República tendrá la facultad para designar y remover a quien deba ocupar tales cargos. Esta iniciativa propone que en materia de elecciones extraordinarias, sólo podrán coaligarse aquellos partidos que en la elección ordinaria, hayan sido registradas y aprobadas las coaliciones; que el listado nominal que habrá de utilizarse en estas elecciones, deberá ser el mismo que se utilizó en la elección ordinaria; y, que los ciudadanos que hayan actualizado su credencial o se registraron en fecha posterior ala elección ordinaria, no podrán participar en la extraordinaria. |