|
No. de Reg: 254/2PO1A/04 |
| 1 | Proyecto de Decreto: |
Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros. |
| 2 | Nombre de quien presenta: |
Dip.Margarita Saldaña Hernández. |
| 3 | Grupo Parlamentario : |
PAN. |
| 4 | Fecha de presentación ante el Pleno: |
Abril 01, 2004. |
| 5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: |
Abril 01, 2004. |
| 6 | Turno a Comisión: |
Comisión de Hacienda y Crédito Público . |
| 7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: |
Pendiente. |
| 8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: |
Pendiente. |
| 9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: |
Pendiente. |
| Síntesis:
Esta iniciativa propone incluir dentro del ámbito material de validez de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de los Servicios Financieros, a las sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión o las entidades de ahorro y crédito popular; otorgar mayores atribuciones a la CONDUCEF para coadyuvar con el ministerio público en la integración de la averiguación previa cuando el usuario se vea afectado por un fraude perpetrado mediante cajeros automáticos o expedición de cheques; ampliar la facultad de la citada Comisión para requerir a las instituciones financieras, no únicamente información, sino también documentación y aquellos elementos que estime necesarios, a efecto de que sus servicios sean más eficientes; prever la posibilidad de realizar la conciliación vía telefónica o por cualquier medio idóneo en aquellos casos que así lo permitan; que la propia Comisión cuantifique la obligación contractual y que el dictamen que emita adquiera la naturaleza de título ejecutivo no negociable a favor del usuario con el propósito de que le permita agilizar el procedimiento que habrá de entablar ante la autoridad jurisdiccional; en caso de que sea necesario sancionar a las instituciones financieras cuando reiteradamente han incurrido en violaciones a la ley; se adiciona la facultad de ordenar la clausura de sucursales, matriz u oficinas de la infractora especificándose la gravedad de los casos que ameriten esta sanción; y por lo que se refiere al recurso administrativo de revisión, se propone establecer su carácter optativo, a fin de reconocer la posibilidad de que el afectado pueda demandar el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Aministrativo. |