No. de Reg: 773/1PO3/02 |
1 | Proyecto de Decreto: |
Con proyecto de decreto que reforma el artículo 258 de la Ley General de Salud, en lo referente a la Farmacopea Nacional de los Estados Unidos Mexicanos. (Especificar los sujetos que deben contar con una licencia sanitaria o Farmacopea Nacional en los Estados Unidos Mexicanos”). |
2 | Nombre de quien presenta: | Dip. Neftalí Salvador Escobedo Zoletto. |
3 | Grupo Parlamentario o Partido Político: | Partido Acción Nacional. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: | Noviembre 12 de 2002. |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: | Noviembre 13 de 2002. |
6 | Turno a Comisión: | Salud. |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: | Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
Sinopsis:
La iniciativa propone establecer con claridad los sujetos a los que va dirigida la obligación de contar con la licencia sanitaria o "Farmacopea Nacional en los Estados Unidos Mexicanos" y sus Suplementos Oficiales, se señala que: Todos los que participen en el proceso de obtención, elaboración, fabricación, preparación, mezclado, conservación, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro de medicamentos que contengan estupefacientes, psicotrópicos, vacunas, toxóides, sueros y antitoxinas de origen animal y hemoderivados, deberán solicitar licencia sanitaria. |