No. de Reg: 765/1PO3/02 |
1 | Proyecto de Decreto: |
Con proyecto de decreto que reforma los artículos 25, en su primer párrafo; el 46; y se adicionan las fracciones VIII y IX, al 25; el 45-A; 45-B; y 45-C, a la Ley de Coordinación Fiscal. (Garantizar la transferencia permanente de recursos por parte de la Federación a las entidades federativas y municipios). |
2 | Nombre de quien presenta: | Dip. Enrique Martínez Orta Flores. |
3 | Grupo Parlamentario o Partido Político: | Partido Revolucionario Institucional. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: | Noviembre 7 de 2002. |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: | Noviembre 8 de 2002. |
6 | Turno a Comisión: | Hacienda y Crédito Público. |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: | Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
Sinopsis: La propuesta tiene como objetivos principales los siguiente: La creación del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, el cual anualmente se establecerá en el Presupuesto de Egresos de la Federación con monto mínimo de 2.0% de la recaudación participable, y nunca podrá ser menor al autorizado el periodo anterior, será ejercido libremente por las entidades federativas, en los ramos de atención a la población; educación y salud; atendiendo al Producto Interno Bruto ; y atendiendo a la eficiencia de la recaudación. La creación del Fondo Compensatorio de los fondos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, con el fin de unificar la asignación per cápita a las Entidades Federativas. Las dependencias federales no podrán intervenir en la distribución, ni proponer la aplicación de las aportaciones federales a las entidades federativas y municipios. |