No. de Reg: 765/1PO3/02

1 Proyecto de Decreto:

     Con proyecto de decreto que reforma los artículos 25, en su primer párrafo; el 46; y se adicionan las fracciones VIII y IX, al 25; el 45-A; 45-B; y 45-C, a la Ley de Coordinación Fiscal. (Garantizar la transferencia permanente de recursos por parte de la Federación a las entidades federativas y municipios).

2 Nombre de quien presenta: Dip. Enrique Martínez Orta Flores.
3 Grupo Parlamentario o Partido Político: Partido Revolucionario Institucional.
4 Fecha de presentación ante el Pleno: Noviembre 7 de 2002.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Noviembre 8 de 2002.
6 Turno a Comisión: Hacienda y Crédito Público.
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados:

Pendiente.

8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Pendiente.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Pendiente.

     Sinopsis:

     La propuesta  tiene como objetivos principales  los siguiente:

      La creación del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, el cual anualmente se establecerá en el Presupuesto de Egresos de la Federación con monto mínimo de 2.0% de la recaudación participable, y nunca podrá ser menor al autorizado el periodo anterior, será ejercido libremente por las entidades federativas, en los ramos de atención a la población; educación y salud; atendiendo al Producto Interno Bruto ; y atendiendo  a la eficiencia de la recaudación.

     La creación del Fondo Compensatorio de los fondos establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal, con el fin de unificar la asignación per cápita a las Entidades Federativas.

     Las dependencias  federales no podrán intervenir en la distribución, ni proponer la aplicación de las aportaciones federales a las entidades federativas y municipios.

Cuadro Comparativo